Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el anuncio por el que se cita a los interesados para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por la infraestructura de evacuación asociada a la instalación fotovoltaica CSF Arco I.
La actuación afecta a los términos municipales de Malpartida de Cáceres y Cáceres y se tramita dentro del expediente de autorización GE-M/03/22 y del expediente expropiatorio EXP-AT/01/26. La sociedad Gandasolar 16, S.L. figura como beneficiaria de la expropiación.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El anuncio corresponde a la fase de levantamiento de actas previas a la ocupación, prevista para los días 25 y 26 de noviembre de 2026, en los ayuntamientos de Malpartida de Cáceres y Cáceres, según la citación asignada a cada finca.
Esta fase se produce después de que la Dirección General de Industria, Energía y Minas declarase, mediante resolución de 3 de agosto de 2026, la utilidad pública de la instalación fotovoltaica y de su infraestructura de evacuación. Según el anuncio, dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación y permite aplicar el procedimiento de urgente ocupación previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Las actas previas sirven para dejar constancia de la situación de los bienes y derechos afectados antes de la ocupación. Por ello, la citación es un momento relevante para comprobar que la relación de bienes, las superficies y las afecciones reflejan correctamente la realidad de cada finca.
¿Dónde se localiza la actuación?
La infraestructura de evacuación se sitúa en los términos municipales de Malpartida de Cáceres y Cáceres. La relación publicada incluye afecciones vinculadas tanto a una línea aérea de evacuación como, en determinados casos, a una línea subterránea de evacuación.
Entre los bienes relacionados aparecen terrenos destinados a labor de secano, pastos y otras superficies rústicas. El anuncio identifica las parcelas mediante municipio, polígono, parcela y referencia catastral, además de detallar las superficies y longitudes afectadas según cada tipo de instalación.
¿Qué tipos de afección aparecen?
La relación de bienes y derechos contempla distintas afecciones, que no tienen por qué coincidir en todas las parcelas. Entre ellas se incluyen:
- Superficies ocupadas por apoyos de la línea aérea.
- Servidumbres de vuelo.
- Servidumbres de paso.
- Ocupaciones temporales.
- Servidumbres y ocupaciones asociadas a la canalización subterránea.
- Superficies vinculadas a arquetas u otros elementos de la infraestructura.
La existencia de una servidumbre o de una ocupación temporal puede tener consecuencias distintas de una ocupación permanente. Además de la superficie directamente afectada, conviene analizar si la infraestructura condiciona el uso agrícola, el acceso, la circulación por la finca o la continuidad de la explotación.
¿Qué deben hacer los titulares citados?
El anuncio indica que los interesados deben acudir personalmente o mediante una persona debidamente autorizada. También deben aportar la documentación acreditativa de su titularidad y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles.
Los titulares pueden acudir acompañados, por su cuenta, de un perito y de un notario si lo consideran oportuno. La convocatoria concreta de cada interesado figura en el anexo del anuncio y se comunica también mediante la correspondiente cédula de citación. El orden del levantamiento de actas se expone igualmente en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu finca aparece en la relación de bienes y derechos, conviene revisar antes de la comparecencia la correspondencia entre la documentación del expediente y la situación real sobre el terreno.
- La identificación catastral de la parcela y su correspondencia con la finca realmente afectada.
- La superficie atribuida a cada ocupación, servidumbre o elemento de la línea.
- La ubicación de los apoyos, arquetas, canalizaciones y demás instalaciones.
- Los accesos y caminos necesarios para la construcción, conservación o mantenimiento de la infraestructura.
- La posible afección a cultivos, pastos, plantaciones, instalaciones de riego u otros elementos existentes.
- Si la actuación puede dividir la finca, dificultar su explotación o reducir su funcionalidad.
- La existencia de daños, perjuicios u ocupaciones temporales que deban quedar reflejados en el expediente.
También es importante comprobar que los planos, la relación de bienes afectados y la realidad física de la finca son coherentes entre sí. La valoración de la afección no depende únicamente de los metros cuadrados ocupados, sino también de las limitaciones y consecuencias que la instalación pueda producir sobre el resto de la propiedad.
Consulta del anuncio oficial
El anuncio completo, incluida la relación oficial de bienes y derechos afectados y las citaciones correspondientes, puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado.
Si tu finca aparece en este expediente, puede ser útil revisar técnicamente la documentación, las superficies y las servidumbres previstas para identificar correctamente las afecciones y los perjuicios que deban analizarse.

