La Dirección General del Agua ha publicado la convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación y de las actas de ocupación definitiva de los bienes y derechos afectados por las obras del Proyecto de Adecuación del punto de conexión y acometida en media tensión a la EDAR de Beas-San Juan del Puerto-Trigueros (Huelva).
El anuncio afecta a bienes situados en el término municipal de San Juan del Puerto y se enmarca en un procedimiento expropiatorio tramitado por el sistema de urgente ocupación. La actuación tiene la clave DGA 05.321-0213/2112 y cuenta con la sociedad estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A. como beneficiaria del expediente.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El proyecto fue aprobado administrativamente el 7 de febrero de 2026. Posteriormente, el Consejo de Ministros declaró la urgencia de la ocupación el 31 de marzo de 2026. Por este motivo, el expediente se tramita conforme a las reglas específicas de la urgente ocupación previstas en la legislación de expropiación forzosa.
El anuncio publicado ahora no inicia la información pública del proyecto, sino que convoca a los titulares afectados para el levantamiento de las actas previas y de las actas de ocupación definitiva. La relación de bienes y derechos afectados ya había sido publicada en 2025 y se incorpora como referencia en el anuncio actual.
Fecha y lugar de las actas
El levantamiento de las actas tendrá lugar en el Ayuntamiento de San Juan del Puerto el día 17 de noviembre de 2026, entre las 09:00 y las 12:30 horas. La relación oficial asigna una hora concreta a cada finca convocada.
La convocatoria se refiere a fincas del término municipal de San Juan del Puerto, incluidas en el anexo del anuncio y relacionadas con las parcelas 120 a 127 del polígono 19. Para conocer la finca concreta, su titularidad, superficie y hora de comparecencia debe consultarse el anexo oficial.
¿Qué tipos de afección pueden existir?
El anexo diferencia entre varias clases de afección:
- Superficie de expropiación, cuando se produce la adquisición forzosa de una parte de la finca o de los derechos afectados.
- Superficie sujeta a servidumbre, vinculada a las limitaciones permanentes que puedan resultar necesarias para la infraestructura.
- Superficie de ocupación temporal, correspondiente a terrenos que pueden necesitarse durante la ejecución de las obras sin que necesariamente se produzca su adquisición definitiva.
La importancia de cada afección no depende únicamente de los metros cuadrados indicados. También puede ser relevante su ubicación dentro de la parcela, la posibilidad de mantener los accesos, la continuidad de la explotación agrícola, la existencia de cultivos o instalaciones y los perjuicios derivados de la ocupación temporal.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu finca aparece en la relación, conviene comparar la información del anexo con la realidad física y con la documentación de la propiedad. En particular, puede ser útil revisar:
- La correspondencia entre la parcela catastral, la finca registral y la identificación utilizada en el expediente.
- La superficie prevista para expropiación, servidumbre y ocupación temporal.
- La localización exacta de las afecciones sobre planos y sobre el terreno.
- La posible afectación de accesos, caminos, riego, cultivos, plantaciones o instalaciones agrícolas.
- Si la ocupación puede dividir la finca o reducir su funcionalidad productiva.
- La existencia de errores en la titularidad, superficie, clase de terreno o identificación de la parcela.
Hasta el momento del levantamiento de las actas previas, los interesados pueden formular alegaciones para corregir posibles errores en la relación de bienes afectados por la urgente ocupación. El anuncio indica que estas alegaciones pueden dirigirse a la Dirección General del Agua, a Aguas de las Cuencas de España, S.A., o presentarse por cualquiera de los medios previstos en la normativa administrativa.
Comparecencia y documentación
Los afectados pueden acudir personalmente o mediante representante con poder suficiente. El anuncio señala que deben aportar su documento de identidad y la documentación que acredite la titularidad. También pueden asistir acompañados de peritos y de un notario, cuyos gastos correrían a su cargo.
Una vez levantada el acta previa, se ofrecerá, antes del acta de ocupación definitiva, el importe correspondiente al depósito previo y, cuando proceda, los perjuicios derivados de la rápida ocupación. Si el afectado no comparece o rechaza esas cantidades, podrán consignarse en la Caja General de Depósitos, lo que permitirá la ocupación material de los bienes y derechos afectados.
Consulta del anuncio oficial
El anuncio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 257, de 16 de octubre de 2026, con referencia BOE-B-2026-33630. La relación completa de bienes y derechos, titulares, superficies y horarios debe consultarse directamente en la publicación oficial:
Consultar el anuncio oficial en el BOE
Si tu finca aparece en la relación, puede ser útil revisar la documentación del expediente y comprobar con precisión la superficie expropiada, las servidumbres, las ocupaciones temporales y los perjuicios que puedan afectar a la explotación o a la funcionalidad de la finca.

