La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible en Toledo ha publicado la convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la modificación de las infraestructuras de evacuación de la instalación solar fotovoltaica denominada FV Barcience.
La actuación se localiza en los términos municipales de Bargas y Toledo (Toledo) y se tramita mediante un expediente de expropiación forzosa vinculado a una declaración de utilidad pública. El anuncio incluye una relación de bienes y derechos afectados y convoca a sus titulares para comparecer el 30 de noviembre de 2026, a las 10:00 horas, en el Ayuntamiento de Toledo.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El anuncio corresponde a la fase de levantamiento de actas previas a la ocupación. Estas actas sirven para dejar constancia de la situación de las fincas y de los bienes, derechos y perjuicios que puedan verse afectados antes de la ocupación prevista.
La resolución recuerda que la declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y que, en este caso, también implica la urgente ocupación conforme a la legislación de expropiación forzosa.
En la comparecencia también podrán levantarse, cuando proceda, actas de ocupación definitiva. Por ello, la asistencia y la revisión previa de la documentación pueden ser especialmente relevantes para comprobar que la realidad de la finca queda correctamente reflejada.
¿Qué actuación se está ejecutando?
El expediente se refiere a la modificación de las infraestructuras de evacuación de la instalación solar fotovoltaica FV Barcience. La actuación cuenta con autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública otorgadas mediante resoluciones de 9 de septiembre de 2024.
La relación oficial de bienes y derechos afectados incluye parcelas situadas en el ámbito del proyecto y distingue diferentes tipos de afección, entre ellos superficies de ocupación permanente y temporal, apoyos, vuelos, tramos subterráneos y otras superficies vinculadas a la ejecución de las infraestructuras.
¿Qué debe hacer el titular de una finca afectada?
Los propietarios y demás titulares de derechos pueden acudir personalmente o mediante una persona debidamente autorizada. El anuncio indica que deben aportar documentación identificativa y acreditativa de la titularidad o del derecho afectado, como escrituras, nota simple o certificado del Registro de la Propiedad y el último recibo del IBI.
También se solicita un número de cuenta bancaria para el eventual abono del justiprecio si se alcanza un acuerdo. Si la finca está arrendada, debe acudir igualmente el arrendatario. El afectado puede acudir acompañado de sus peritos y, si lo considera conveniente, de un notario, asumiendo en este último caso su coste.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
- Que la parcela y la titularidad que figuran en la relación de bienes y derechos se corresponden con la realidad.
- La superficie concreta afectada y si se trata de una ocupación permanente, temporal, subterránea, aérea o vinculada a apoyos y accesos.
- La correspondencia entre los datos del anuncio, los planos del proyecto y la situación física de la finca.
- La posible afección a cultivos, plantaciones, instalaciones de riego, caminos, accesos u otros elementos existentes.
- Si la ocupación puede dividir la finca, dificultar su explotación o generar una pérdida de funcionalidad que deba ser analizada.
- Los daños y perjuicios que puedan producirse durante las obras o como consecuencia de las limitaciones permanentes.
La valoración no debe limitarse necesariamente a la superficie ocupada. También conviene revisar las servidumbres, las limitaciones de uso, las ocupaciones temporales y las consecuencias que la infraestructura pueda producir sobre el conjunto de la explotación.
Consulta del anuncio oficial
La resolución puede consultarse en el anuncio publicado en el BOE, referencia BOE-B-2026-33652. En esa publicación figura el texto completo y el anexo con la relación oficial de bienes y derechos afectados.
Si tu finca aparece en el expediente, puede ser útil revisar antes de la comparecencia la documentación, los planos y las superficies afectadas para identificar correctamente las ocupaciones, servidumbres y posibles perjuicios derivados de la actuación.

