Actas previas a la ocupación por la línea eléctrica Uncastillo-Luesia en Zaragoza

Expropiación línea eléctrica aérea

El Boletín Oficial de Aragón ha publicado la resolución que señala la fecha para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de adecuación de la línea aérea de media tensión Uncastillo-Luesia, en la provincia de Zaragoza.

La actuación corresponde a los expedientes DUP-Z-2023-0043 // ZA-AT-2023-157 y afecta territorialmente a los términos municipales de Luesia y Uncastillo. El anuncio se refiere a instalaciones de distribución de energía eléctrica y a la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso necesaria para su establecimiento.

¿En qué fase se encuentra el expediente?

El procedimiento se encuentra en la fase de actas previas a la ocupación, dentro del procedimiento de urgente ocupación previsto en la legislación de expropiación forzosa.

La utilidad pública de las instalaciones fue declarada mediante la Orden de 9 de marzo de 2026. Según explica la resolución, esa declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y permite aplicar el procedimiento de urgencia.

El acta previa sirve para describir el bien o derecho que puede resultar expropiado y para recoger las manifestaciones y datos que puedan ser útiles para determinar los derechos afectados, sus titulares, el valor de esos derechos y los perjuicios derivados de la rápida ocupación.

Fecha y lugar de las actas previas

Las convocatorias se han fijado para el 27 de enero de 2027, en el Ayuntamiento de Luesia. El anexo de la resolución recoge la hora correspondiente a cada finca y parcela incluida en la relación de bienes afectados.

El acto se celebrará inicialmente en el ayuntamiento, sin perjuicio de que posteriormente pueda producirse el traslado a la finca cuando sea necesario comprobar sobre el terreno alguno de los aspectos relevantes.

¿Qué puede significar para una finca afectada?

La afección no tiene por qué limitarse a la superficie que pueda ocuparse directamente. En este tipo de instalaciones también puede ser necesario analizar la servidumbre de paso, las limitaciones derivadas de la línea eléctrica y las consecuencias que la actuación produzca sobre el uso y la explotación de la finca.

La resolución contempla la participación de representantes de la Administración, del ayuntamiento, de la empresa beneficiaria y de un perito designado por esta, además de los propietarios y demás interesados convocados.

¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?

  • Que la parcela identificada en el anexo se corresponde realmente con tu finca y con su situación física y catastral.
  • Quién figura como titular y qué derechos pueden estar afectados, especialmente si existen copropietarios, arrendatarios u otros titulares de derechos.
  • La superficie que puede resultar ocupada y la diferencia entre una ocupación directa y la imposición de una servidumbre de paso.
  • La posible afección sobre accesos, caminos, cultivos, plantaciones, instalaciones de riego u otros elementos existentes en la finca, cuando proceda.
  • Si la instalación puede dividir la finca, dificultar su explotación o generar una pérdida de funcionalidad que deba quedar reflejada en el expediente.
  • La correspondencia entre los planos del proyecto, la relación de bienes y derechos afectados y la realidad del terreno.

La fase de actas previas es especialmente importante para dejar constancia de la situación real de la finca y de los perjuicios que puedan resultar relevantes antes de que se produzca la ocupación.

Consulta del anuncio oficial

La resolución completa, incluido el anexo con las fincas, horarios y convocatorias, puede consultarse en el Boletín Oficial de Aragón.

Si tu finca aparece en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar la documentación del expediente y comprobar con detalle la superficie, la servidumbre de paso y las consecuencias que la línea eléctrica pueda producir sobre el uso y la explotación de la finca.