La Delegación del Gobierno en Madrid ha publicado un anuncio para convocar el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, cuando proceda, la formalización de las actas de ocupación dentro del procedimiento de expropiación forzosa del proyecto Quilla Solar, de 51,04 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente es el Pfot-172 y afecta al proyecto previsto en los términos municipales de Nuevo Baztán, Valverde de Alcalá, Arganda del Rey, Campo Real, Loeches y Pozuelo del Rey, en la Comunidad de Madrid. La relación individualizada de bienes y derechos afectados se incorpora como anexo al anuncio oficial.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El anuncio corresponde a una fase avanzada del procedimiento expropiatorio: la convocatoria para levantar las actas previas a la ocupación y, si procede, las actas de ocupación definitiva. La declaración de utilidad pública de las instalaciones lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En el acta previa se deja constancia de la situación de la finca, de los bienes y derechos existentes y de las afecciones previstas. Por ello, la comparecencia es relevante para comprobar que la relación de afectados y la descripción de la finca coinciden con la realidad.
Fechas y lugares de las actas previas
El anuncio establece las siguientes convocatorias, con el día y la hora concreta asignados a cada afectado en la relación anexa:
- Campo Real: 25, 26 y 27 de noviembre de 2026, en el Ayuntamiento de Campo Real, Plaza Mayor, 1.
- Pozuelo del Rey: 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2026, en el Ayuntamiento de Pozuelo del Rey, Plaza de la Constitución, 1.
- Valverde de Alcalá: 2 y 3 de diciembre de 2026, en el Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, Plaza Mayor, 1.
- Nuevo Baztán: 3 de diciembre de 2026, en el Ayuntamiento de Nuevo Baztán, Plaza de la Iglesia, 7.
La hora de comparecencia debe comprobarse directamente en la relación anexa del BOE. La transcripción de algunas filas puede presentar errores de formato, por lo que conviene utilizar el documento oficial como referencia.
¿Qué afecciones pueden aparecer en la relación?
El anexo identifica las fincas mediante su referencia catastral y recoge distintas afecciones vinculadas a las líneas eléctricas y demás infraestructuras de evacuación. Entre ellas aparecen, según cada parcela, ocupaciones permanentes y temporales de apoyos, ocupaciones temporales o permanentes de la línea, cámaras de empalme y ocupaciones relacionadas con caminos.
La afección no se limita necesariamente a la superficie que pueda quedar ocupada de forma permanente. Una finca puede resultar afectada también por una servidumbre, por una ocupación temporal durante las obras, por el uso de caminos o por limitaciones que dificulten el acceso, el cultivo o el aprovechamiento ordinario de la explotación.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
- Que la referencia catastral y la identificación de la finca coinciden con tu propiedad.
- Que la superficie y el tipo de ocupación indicados en el anexo se corresponden con los planos y con la realidad física del terreno.
- Si existe ocupación permanente, ocupación temporal, apoyo, cámara de empalme, afección de línea o utilización de caminos.
- Si la actuación puede afectar a accesos, caminos internos, cultivos, plantaciones, instalaciones de riego u otros elementos existentes.
- Si la implantación de la infraestructura puede dividir la finca, reducir su funcionalidad o generar un demérito sobre la superficie restante.
- Si existen arrendatarios, aparceros, titulares de derechos reales, acreedores hipotecarios u otras personas con intereses económicos que deban comparecer.
- Que las actas reflejen correctamente los daños y perjuicios que puedan producirse por la ocupación y por la rápida ejecución de las obras.
La comparación entre la relación de bienes afectados, los planos del proyecto y la situación real de la finca puede ser especialmente importante. La valoración no debe atender únicamente a los metros cuadrados ocupados, sino también a las consecuencias que la infraestructura pueda producir sobre el conjunto de la explotación.
Documentación y comparecencia
Los titulares deben acudir personalmente o mediante representante autorizado por escrito. El anuncio indica que deberán aportar el documento de identidad del titular y del representante, así como documentos actualizados que acrediten la titularidad, preferentemente una nota simple registral.
También pueden aportarse escrituras públicas, certificaciones catastrales actualizadas, recibos del IBI, contratos de compraventa o arrendamiento y cualquier otro documento que acredite derechos reales o personales sobre los bienes afectados. Los interesados pueden acudir acompañados de perito o notario, asumiendo su coste.
Hasta el momento del levantamiento del acta previa, los titulares y demás interesados pueden formular alegaciones ante la Delegación del Gobierno en Madrid para corregir posibles errores de la relación de bienes y derechos afectados. El anuncio señala que pueden presentarse a través del Registro Electrónico Común, en registros oficiales o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
Mutuo acuerdo, depósitos previos y justiprecio
Durante el acto puede plantearse la adquisición por mutuo acuerdo. En ese caso, el acta debe recoger la valoración de los bienes y derechos afectados y las indemnizaciones que correspondan por los perjuicios derivados de la rápida ocupación, el premio de afección, el daño emergente, el lucro cesante y otros derechos e intereses que procedan.
Si no se alcanza un acuerdo, se entregará la hoja de tasación de los depósitos previos y de las indemnizaciones por rápida ocupación. Su abono o consignación se realiza a cuenta del justiprecio final y, una vez cumplidos los trámites correspondientes, puede producirse la ocupación urgente.
Consulta del anuncio oficial
El anuncio completo, incluida la relación de bienes y derechos afectados, puede consultarse en el BOE-B-2026-34480, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 23 de octubre de 2026.
Si tu finca aparece en la relación del expediente Pfot-172, puede ser útil revisar conjuntamente el anuncio, los planos y la realidad de la parcela para identificar correctamente las ocupaciones, servidumbres, accesos y perjuicios que deban tenerse en cuenta.

