Actas previas por la reforma de la LAMT “Cabra 2” en Montilla y Cabra (Córdoba)

Expropiación línea eléctrica aérea

La Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Universidad, Industria, Energía e Innovación en Córdoba ha publicado la convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de reforma de la línea eléctrica de media tensión (LAMT) denominada “Cabra 2”, a 25 kV, entre el PT 42828 y el apoyo A531670.

La actuación se localiza en los términos municipales de Montilla y Cabra, en la provincia de Córdoba, y corresponde al expediente AT 114/74. El anuncio se publica después de la declaración de utilidad pública del proyecto y de la aplicación del procedimiento de urgente ocupación.

¿En qué fase se encuentra el expediente?

El procedimiento se encuentra en la fase de convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación. En este trámite se documentan las circunstancias materiales y jurídicas de las fincas y de los bienes o derechos afectados antes de la ocupación.

El anuncio indica que, una vez cumplidas las formalidades previstas en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, podrá procederse a la ocupación y toma de posesión de las fincas incluidas en el anexo. La entidad E-distribución Redes Digitales, S.L.U. figura como beneficiaria del expediente expropiatorio.

Fechas de comparecencia en Montilla y Cabra

Las comparecencias se realizarán en los Ayuntamientos de Montilla y Cabra, que actúan como puntos de reunión. El anexo establece horarios individualizados para las parcelas incluidas en la relación:

  • Montilla: 20 de octubre de 2026, con distintos horarios según la parcela.
  • Cabra: 22 de octubre de 2026, con los horarios indicados en la relación anexa.

La convocatoria advierte de que, si por causa de fuerza mayor no pudiera celebrarse el acto, se realizaría el primer día hábil siguiente, manteniendo el mismo horario.

¿Qué documentación deben aportar los interesados?

Los propietarios y titulares de derechos o intereses sobre los bienes afectados deben acudir personalmente o mediante representante debidamente autorizado. También pueden comparecer acompañados de peritos o notarios, por su cuenta, si lo consideran conveniente.

Entre la documentación que se solicita se encuentra:

  • Documentación acreditativa de la titularidad, como nota simple registral, escritura pública y último recibo del IBI.
  • Documento de identidad del titular o representante.
  • En el caso de personas jurídicas, escritura de constitución y documentación que acredite la representación.
  • Cuando haya fallecido el titular, la documentación que acredite la condición de heredero.
  • En los supuestos de cotitularidad, gananciales, arrendamiento, aparcería o derechos hipotecarios, los documentos que acrediten cada una de esas situaciones.
  • En caso de representación, autorización escrita y documentos de identidad de la persona representada y de quien comparezca en su nombre.

¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?

Si tu finca aparece en la relación de bienes y derechos, conviene revisar antes de la comparecencia que los datos del expediente coincidan con la realidad física y jurídica de la propiedad. En particular, es importante comprobar:

  • La correspondencia entre la parcela catastral, la titularidad registral y la finca realmente afectada.
  • La superficie y el tipo de afección previstos para la línea eléctrica y sus elementos asociados.
  • La existencia de otros titulares de derechos, como arrendatarios, aparceros, usufructuarios o acreedores hipotecarios.
  • La posible afección a cultivos, plantaciones, instalaciones, sistemas de riego, accesos o caminos.
  • Si la actuación puede generar una división de la finca, pérdida de funcionalidad, limitaciones de uso o perjuicios sobre la explotación.
  • La información de los planos, la relación de bienes y derechos y las características concretas de la parcela que consten en el expediente.

El anuncio permite formular alegaciones ante la Delegación Territorial hasta el momento del levantamiento del acta previa, aunque estas alegaciones se plantean específicamente para corregir posibles errores en la identificación de los bienes y derechos afectados. También se puede examinar el expediente para conocer las características de las parcelas y el detalle de los bienes, derechos y accesorios incluidos.

Parcelas señaladas con asterisco

El anuncio incorpora una nota según la cual, sobre las parcelas del proyecto señaladas con asterisco, no procede expropiación. Esta indicación debe contrastarse con el anexo y con la documentación del expediente, especialmente cuando la parcela figure en la relación junto a otras fincas o elementos de la actuación.

Consulta del anuncio oficial

La convocatoria completa, incluido el anexo con la relación de bienes y derechos, referencias catastrales, titulares y horarios de comparecencia, puede consultarse en el anuncio publicado en el BOE número 243, de 1 de octubre de 2026, con referencia BOE-B-2026-31790.

Si tu finca aparece en este expediente, puede ser útil revisar la documentación antes de las actas previas y comprobar qué superficies, ocupaciones, servidumbres, instalaciones o perjuicios sobre la explotación deben quedar correctamente identificados. En guiadeexpropiaciones.com puedes solicitar una revisión técnica de la documentación y de las afecciones previstas cuando necesites analizar tu caso con más detalle.