La Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental ha publicado la resolución por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Trazado de la Autovía A-32 Bailén-Albacete, tramo Villanueva del Arzobispo-Beas de Segura, en la provincia de Jaén. La actuación corresponde a la obra clave T2-J-4300.
La aprobación del Proyecto de Trazado supone un avance relevante en la definición de la infraestructura, pero no significa que todas las cuestiones relacionadas con las fincas afectadas hayan quedado cerradas. La resolución ordena completar determinados aspectos durante la redacción del Proyecto de Construcción y establece que, antes de su aprobación, deberá realizarse una nueva información pública a efectos de la expropiación forzosa.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El anuncio corresponde a la aprobación definitiva del Proyecto de Trazado y del expediente de información pública y oficial. La resolución fue adoptada el 22 de septiembre de 2026 y publicada en el Boletín Oficial del Estado número 276, de 5 de noviembre de 2026.
El siguiente desarrollo previsto es la redacción del Proyecto de Construcción. Antes de que este proyecto sea aprobado, se llevará a cabo un nuevo trámite de información pública conforme a los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa y a los preceptos concordantes de su Reglamento.
Por tanto, para los propietarios y titulares de derechos, esta fase permite conocer la solución aprobada y revisar si las observaciones planteadas sobre titularidades, superficies, accesos, instalaciones o terrenos remanentes deben incorporarse y concretarse en la documentación posterior.
¿Qué afecciones contempla la resolución?
La resolución ordena completar o revisar diferentes aspectos del proyecto que pueden tener incidencia sobre el territorio y, en su caso, sobre fincas rústicas y otros bienes afectados:
- La reposición de las vías pecuarias afectadas, que deberá actualizarse de acuerdo con las prescripciones de la Junta de Andalucía.
- La reposición del Camino Natural, incluyendo su trazado, señalización, elementos de protección y condiciones de seguridad durante las obras.
- Las actuaciones que puedan afectar al dominio público hidráulico o a la zona de policía de cauces públicos.
- Las reposiciones de servicios, caminos y accesos afectados, que deberán quedar definidas con el detalle correspondiente al Proyecto de Construcción.
- Las medidas de protección del patrimonio cultural y arqueológico durante los movimientos de tierras.
- El contenido de las alegaciones particulares relacionado con cambios de titularidad, superficies afectadas, posible expropiación de terrenos remanentes, reposición de instalaciones y accesos.
La existencia de estas prescripciones no permite determinar por sí sola la afección concreta de una finca. Para ello es necesario consultar los planos, la relación de bienes y derechos afectados y la documentación que se incorpore al posterior Proyecto de Construcción.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu finca se encuentra en el ámbito del tramo Villanueva del Arzobispo-Beas de Segura, conviene comparar la documentación del proyecto con la realidad física y jurídica de la propiedad. En particular, puede ser útil revisar:
- La correspondencia entre los planos del proyecto, la relación de bienes y derechos afectados y los límites reales de la finca.
- La superficie que podría resultar afectada y si existen terrenos remanentes cuya funcionalidad o aprovechamiento pueda verse alterado.
- La titularidad que figura en el expediente y la necesidad de actualizarla si se han producido transmisiones o cambios de derechos.
- La continuidad de los accesos, caminos, servicios, instalaciones y sistemas de riego que puedan verse afectados por la nueva carretera.
- La posible incidencia sobre cultivos, plantaciones, construcciones u otros elementos existentes en la finca, cuando aparezcan incluidos en la documentación del proyecto.
- La reposición de vías pecuarias, del Camino Natural y de otros recorridos que puedan condicionar el uso o el acceso a la propiedad.
La afección no debe analizarse únicamente atendiendo a los metros cuadrados incluidos en la actuación. También conviene valorar si la expropiación, las obras o las reposiciones pueden dividir la finca, dificultar su explotación, modificar los accesos o generar ocupaciones temporales y otros daños que deban quedar correctamente identificados en la fase correspondiente.
Recursos frente a la resolución
La resolución pone fin a la vía administrativa. Según el anuncio, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo directamente ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOE.
La elección y preparación de cualquier recurso depende de las circunstancias concretas del expediente y no debe valorarse únicamente a partir de la superficie afectada o de una referencia catastral.
Consulta del anuncio oficial
La resolución completa puede consultarse en el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, con referencia BOE-B-2026-36161.
Si tu finca aparece en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar la documentación del proyecto y comprobar con detalle las superficies, los accesos, las reposiciones y los posibles perjuicios sobre la explotación para identificar correctamente las afecciones relevantes.

