La Junta de Andalucía ha concedido autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el Parque Fotovoltaico Romeral Solar, una instalación de generación eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica con una potencia instalada de 4,99 MW.
La resolución afecta territorialmente a Carmona y Mairena del Alcor, en la provincia de Sevilla. El emplazamiento de la planta de generación se sitúa en el término municipal de Carmona, en las parcelas 338 y 341 del polígono 12. La resolución también contempla varias líneas subterráneas de media tensión asociadas a la evacuación de la energía.
¿Qué se ha publicado?
El anuncio corresponde a la Resolución de 10 de septiembre de 2026, publicada en el BOJA número 194, de 6 de octubre de 2026. Mediante ella, la Delegación Territorial competente en Sevilla concede:
- La autorización administrativa previa.
- La autorización administrativa de construcción.
- La autorización de la instalación a efectos de la solicitud de autorización ambiental unificada, cuyas condiciones ambientales deben cumplirse durante la ejecución y explotación.
La instalación se denomina Parque Fotovoltaico Romeral Solar y cuenta con 4,99 MW de potencia instalada, 6,49 MWp de potencia de módulos fotovoltaicos y una potencia máxima de evacuación de 4,99 MW.
Localización y características principales
La planta de generación se ubica en el término municipal de Carmona, en las parcelas 338 y 341 del polígono 12. La resolución identifica también a Mairena del Alcor entre los términos municipales afectados por la actuación.
La evacuación de la energía se realizará mediante líneas subterráneas de media tensión a 15 kV. El proyecto incluye dos tramos de enlace, de 511,57 y 259,96 metros, y una línea subterránea de evacuación de 313,92 metros hasta las barras de 15 kV de la subestación Romeral.
La resolución indica que el punto de conexión se encuentra en las barras de 15 kV de la subestación Romeral, perteneciente a la red de distribución. La documentación técnica y ambiental del expediente contiene el trazado y las condiciones concretas que deben comprobarse sobre el terreno.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El expediente se encuentra en una fase avanzada de autorización administrativa. Ya se han concedido las autorizaciones previa y de construcción, aunque la instalación todavía debe cumplir las condiciones técnicas, ambientales, urbanísticas y sectoriales exigibles antes de su puesta en servicio.
El proyecto fue sometido anteriormente a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla de 3 de diciembre de 2024. Según la resolución, durante ese periodo no se presentaron alegaciones.
También consta un informe favorable y vinculante de autorización ambiental unificada emitido el 1 de julio de 2026, así como un informe favorable sobre la incidencia territorial de la actuación.
¿Supone esta resolución una expropiación?
El anuncio analizado concede autorizaciones administrativas para construir y poner en funcionamiento la instalación, pero no publica una declaración de necesidad de ocupación ni una relación de bienes y derechos afectados propia de un expediente expropiatorio.
Esto no significa que la documentación del proyecto sea irrelevante para los propietarios. La ejecución de la planta y de sus líneas de evacuación puede requerir comprobar la disponibilidad de los terrenos, los acuerdos sobre ocupación o paso y, en su caso, las afecciones concretas que resulten de los planos y documentos técnicos del expediente.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu finca se encuentra en el emplazamiento de la planta o en el trazado de las líneas subterráneas, conviene revisar la documentación técnica y ambiental con la realidad física de la parcela. En particular, es útil comprobar:
- Si la finca coincide con las parcelas identificadas para la planta de generación o con el trazado de las infraestructuras de evacuación.
- La superficie realmente ocupada por centros de transformación, centros de seccionamiento, canalizaciones, arquetas u otras instalaciones.
- El trazado exacto de las líneas subterráneas y las posibles servidumbres de paso, conservación o acceso.
- La afección sobre caminos, accesos, sistemas de riego, cultivos, plantaciones e instalaciones existentes.
- Si las obras pueden dividir la finca, dificultar su explotación o producir una pérdida de funcionalidad.
- La correspondencia entre los planos del proyecto, las parcelas catastrales y registrales y la situación real sobre el terreno.
La resolución también señala que, antes de la puesta en servicio, deberán cumplirse las condiciones establecidas por las Administraciones y organismos afectados, especialmente en materia ambiental, urbanística y de ordenación del territorio.
Recursos y consulta del expediente
La resolución no pone fin a la vía administrativa. El anuncio indica que puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero competente en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015. La forma concreta de ejercicio de cualquier recurso debe valorarse atendiendo a la condición y situación de cada interesado.
Para consultar el texto íntegro y el PDF oficial, puede accederse a la publicación del BOJA sobre el Parque Fotovoltaico Romeral Solar. El anuncio incluye el expediente 294.456, el registro 6.413 y el CVE 00343182.
Si necesitas comprobar cómo afecta este proyecto a tu finca, puede ser útil solicitar una revisión técnica de los planos, las parcelas y las infraestructuras previstas para identificar correctamente las ocupaciones, servidumbres, accesos y demás perjuicios que puedan resultar relevantes.

