Autorización administrativa y declaración de utilidad pública para nueva línea eléctrica en Jaén
El 17 de mayo de 2024, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén emitió la resolución que concede autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración de utilidad pública para la instalación de una nueva línea eléctrica de media tensión a 25 kV.
Descripción del proyecto
- Instalación de una línea aérea de 2.538 km con salida de la subestación «Génave_Renovables» situada en el paraje «Casa Blanca».
- Emplazamiento: términos municipales de Puente de Génave y Arroyo del Ojanco (Jaén).
- Además, instalación de 10 metros de línea subterránea de media tensión simple circuito en nueva canalización.
- La instalación contempla la colocación de apoyos, postes y conductores adecuados para la distribución energética.
Tramitación y antecedentes
La solicitud fue presentada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. el 4 de marzo de 2021 junto con el proyecto técnico visado, y sometida a investigación pública conforme a la legislación vigente. Se publicaron anuncios en BOE, BOP y prensa local, además de notificarse a los ayuntamientos y organismos afectados sin oposición.
La autorización ambiental unificada fue otorgada el 5 de marzo de 2024, estableciendo condiciones para la protección del medio ambiente y recursos naturales.
Declaración de utilidad pública y expropiación forzosa
De conformidad con la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, la instalación ha sido declarada de utilidad pública, autorizando la expropiación forzosa de bienes y derechos necesarios para su construcción, con implicación en la urgente ocupación de los terrenos afectados.
Las afecciones incluyen servidumbre de paso aéreo (vuelo sobre predios, apoyos fijos, accesos para mantenimiento y ocupación temporal de terrenos).
Puede consultarse el anexo oficial con la relación de bienes y derechos afectados en el enlace oficial al BOJA.
Condiciones y plazos
- Las obras deberán ejecutarse conforme al proyecto aprobado y las disposiciones legales y técnicas aplicables.
- El proyecto debe ponerse en marcha en un plazo de 24 meses desde la notificación de la resolución.
- Una vez finalizadas, se deberá presentar el certificado de dirección de obra y solicitar el acta de puesta en servicio.
- La resolución podrá dejarse sin efecto en caso de incumplimiento de condiciones.
Información adicional y recursos para afectados
Los afectados por esta expropiación forzosa pueden consultar la resolución completa y el anexo con la relación de bienes y derechos afectados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
En caso de necesitar una revisión técnica o valoración preliminar de posibles afecciones, se recomienda contactar con guiadeexpropiaciones.com, que ofrece asesoramiento especializado en expedientes de expropiación.


