La Junta de Andalucía ha declarado, en concreto, la utilidad pública del proyecto de instalación eléctrica promovido por E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., denominado «Cierre de LMT línea “Campo_Cama” 20 kV subestación “Jabalcón” con línea “Castril” 20 kV subestación “Baza” entre el apoyo núm. 1 y el apoyo núm. 28».
La actuación se localiza en los términos municipales de Baza y Benamaurel, en la provincia de Granada, y afecta a los parajes La Granja, Cortijo Grande, Hoyas de Luna, Cortijo Nuevo y Llano Pozos. La declaración puede ser relevante para los titulares de fincas y derechos incluidos en la relación anexa del expediente.
¿Qué se ha publicado?
El BOJA ha publicado la Resolución de 5 de septiembre de 2026, dictada por la Delegación Territorial competente en Granada, por la que se declara la utilidad pública de la instalación eléctrica.
La resolución se refiere al expediente E-5316 y señala que el proyecto ya contaba con autorización administrativa previa y de construcción, concedida el 14 de abril de 2026. Además, el proyecto fue sometido anteriormente a información pública mediante anuncios en el BOE, el BOJA, el BOP de Granada, un diario provincial y los tablones de anuncios municipales.
¿Qué implica la declaración de utilidad pública?
La declaración se realiza a efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para construir la instalación y sus servicios auxiliares o complementarios. También puede dar lugar a la constitución de servidumbres de paso sobre las fincas afectadas.
La resolución indica que la declaración lleva implícita la necesidad de ocupación o de adquisición de los derechos afectados y que implica la urgente ocupación conforme a la legislación de expropiación forzosa. La empresa promotora adquiere la condición de beneficiaria del expediente expropiatorio, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la resolución.
Posibles afecciones sobre las fincas
En una línea eléctrica de estas características, la afección puede no limitarse a la superficie ocupada por los apoyos. La servidumbre de paso aéreo puede comprender el vuelo de los conductores, la instalación de apoyos y las distancias de seguridad reglamentarias.
La resolución también contempla los derechos de paso y acceso, así como la ocupación temporal de terrenos que pueda resultar necesaria para la construcción, vigilancia, conservación o reparación de la instalación. Asimismo, puede ser necesario valorar la tala de arbolado cuando resulte imprescindible para ejecutar o mantener la línea.
Por tanto, el alcance real de la afección dependerá de la relación de bienes y derechos, los planos del proyecto y la situación física de cada finca. La publicación facilitada no reproduce en su integridad las tablas o elementos gráficos del expediente, por lo que es necesario consultar el PDF oficial y su documentación asociada.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
- Que la finca, parcela o derecho relacionado en el anexo se corresponde realmente con tu propiedad y con la situación física existente.
- Qué parte de la finca se destina a pleno dominio, qué parte queda sujeta a servidumbre de paso y qué terrenos pueden ocuparse temporalmente.
- La ubicación de los apoyos, el trazado de la línea y las distancias de seguridad previstas.
- La posible afección a accesos, caminos, cultivos, plantaciones, instalaciones de riego o elementos necesarios para la explotación agraria.
- Si la infraestructura puede dividir la finca, dificultar su aprovechamiento o provocar una pérdida de funcionalidad que deba analizarse junto con la superficie directamente afectada.
- La correspondencia entre los planos, la relación de bienes y derechos afectados y la realidad física y registral de la finca.
También conviene tener en cuenta que la resolución permite alcanzar acuerdos de adquisición o de constitución de derechos por mutuo acuerdo con los titulares. Cualquier propuesta debería revisarse atendiendo no solo a la ocupación principal, sino también a las servidumbres, ocupaciones temporales, daños y perjuicios que puedan derivarse de la ejecución y mantenimiento de la línea.
Recursos y consulta del expediente
La resolución pone fin a la vía administrativa. El anuncio indica que puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Delegación Territorial, en los plazos previstos en la propia resolución y contados desde la notificación o publicación que corresponda.
La información completa, incluidos el PDF oficial y los elementos no reproducidos en la versión web, debe consultarse en la publicación del BOJA, identificada con el CVE 00343121:
Consultar la Resolución de 5 de septiembre de 2026 en el BOJA
Si tu finca aparece en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar la documentación técnica y comprobar con detalle las superficies, servidumbres, ocupaciones temporales y demás perjuicios vinculados a la línea eléctrica. En guiadeexpropiaciones.com puedes solicitar una revisión técnica del expediente y de las afecciones previstas cuando necesites analizar tu caso con más detalle.

