La Xunta de Galicia ha publicado la resolución relativa a la instalación eléctrica denominada LMTS CD Pazos-Conexión CD Jemarpo 01, promovida por Eléctrica Los Molinos, S.L. La actuación se sitúa en los lugares de Pazos y Caritel, en el ayuntamiento de Ponte Caldelas, provincia de Pontevedra.
El anuncio recoge el acuerdo por el que se otorgan la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, se declara la utilidad pública de la instalación y se reconoce su compatibilidad con el monte vecinal en mano común de Caritel. Para los bienes y derechos afectados, la declaración de utilidad pública implica la necesidad de ocupación y la urgente ocupación a efectos de la legislación de expropiación forzosa.
¿Qué instalación se ha autorizado?
El proyecto consiste en una línea de media tensión subterránea a 20 kV, con una longitud aproximada de 2.094,5 metros. La línea conectará el centro de distribución Pazos con el futuro centro de distribución Jemarpo 01 y tiene como finalidad mejorar la calidad del suministro eléctrico en los lugares de Pazos y Caritel.
El expediente es el IN407A 2024/374-4 y la empresa promotora es Eléctrica Los Molinos, S.L. El proyecto modificado contempla un presupuesto total de 152.472,09 euros.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El procedimiento se encuentra en una fase avanzada. Tras la presentación del proyecto modificado y su sometimiento a información pública, durante el trámite no se recibieron alegaciones. Posteriormente, la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Caritel formuló alegaciones sobre la servidumbre de paso preexistente, la necesidad de ocupación, el trazado elegido y la posibilidad de utilizar una alternativa por el extremo sur de la parcela.
La Administración analizó estas cuestiones junto con los informes técnicos y las respuestas de la promotora. Finalmente, el Consello de la Xunta de Galicia aprobó la autorización administrativa previa y de construcción, declaró la utilidad pública de la instalación y consideró compatible la actuación con el monte vecinal en mano común de Caritel.
El acuerdo pone fin a la vía administrativa. El propio anuncio indica que puede interponerse un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación o publicación, según corresponda.
¿Qué afecciones se han identificado?
Según la documentación recogida en el acuerdo, la afectación al monte vecinal se concreta en:
- 93 m² de ocupación en pleno dominio.
- 618 m² afectados por una servidumbre de paso subterráneo.
Estas cifras se refieren a la documentación aportada por la empresa promotora para el monte vecinal afectado. La declaración de utilidad pública puede implicar la ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos necesarios para ejecutar y mantener la infraestructura, además de las limitaciones derivadas de la servidumbre.
La resolución también señala que la instalación deberá ejecutarse respetando los condicionados técnicos establecidos por las administraciones, organismos y empresas de servicios afectados, así como las distancias de seguridad, cruces y paralelismos previstos en la normativa aplicable.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu finca o tus derechos aparecen en la relación de bienes y derechos afectados, conviene comparar la documentación del expediente con la realidad física de la propiedad. En particular, puede ser útil revisar:
- La correspondencia entre los planos del proyecto, la relación de bienes afectados y la ubicación real de la finca.
- La superficie ocupada en pleno dominio y la superficie sometida a servidumbre de paso subterráneo.
- La existencia de caminos, accesos, canalizaciones o servidumbres preexistentes que puedan verse afectados por las obras.
- Las limitaciones que la línea pueda producir sobre el uso del monte, los aprovechamientos forestales, los cultivos, las plantaciones o futuras instalaciones.
- Los daños derivados de la ejecución de las obras, incluidos los que puedan producirse sobre el terreno, accesos o elementos existentes.
- La compatibilidad entre la ocupación proyectada y el funcionamiento o aprovechamiento ordinario de la finca.
En este caso, el expediente incluye además un debate específico sobre la alternativa de trazado por el extremo sur y sobre la compatibilidad de la línea con el monte vecinal. Por ello, no basta con atender únicamente a los metros cuadrados afectados: también conviene valorar si la servidumbre, las obras o las limitaciones de uso reducen la funcionalidad o el aprovechamiento de la finca.
Importancia de la revisión técnica
La documentación de una línea eléctrica puede incluir planos, superficies diferenciadas, servidumbres, ocupaciones temporales, accesos y condicionados técnicos. Una revisión técnica del expediente permite comprobar que esos datos se corresponden con la finca y analizar qué afecciones deben tenerse en cuenta en la valoración de los perjuicios, sin limitar el análisis a la superficie ocupada.
Si tu finca aparece en la relación de bienes y derechos afectados, puede ser útil revisar con detalle el proyecto, los planos y los condicionados para identificar correctamente la ocupación, la servidumbre y las consecuencias que la infraestructura puede producir sobre el uso del terreno.
Consulta del anuncio oficial
La resolución completa puede consultarse en el Diario Oficial de Galicia, DOG núm. 208, de 30 de octubre de 2026.

