Información pública y actas previas por la expropiación de la LAV Palencia-Aguilar en varios municipios de Palencia

Expropiación línea alta velocidad

La Dirección General del Sector Ferroviario ha publicado una resolución relativa al expediente de expropiación forzosa 061ADIF2614, necesario para ejecutar el proyecto básico de construcción de caminos de enlace y reposición de líneas eléctricas asociado a las obras de la línea de alta velocidad LAV Palencia-Aguilar de Campoo.

El anuncio afecta a terrenos situados en los términos municipales de Alar del Rey, Calahorra de Boedo, Fuentes de Valdepero, Grijota, Herrera de Pisuerga, Husillos, Palencia, Páramo de Boedo y Prádanos de Ojeda, todos ellos en la provincia de Palencia. La publicación combina la apertura de un trámite de información pública con la convocatoria a los propietarios y titulares de derechos para el levantamiento de las actas previas a la ocupación.

¿Qué se ha publicado?

El anuncio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 266, de 27 de octubre de 2026, dentro de la sección de otros anuncios oficiales. La resolución señala que ADIF-Alta Velocidad solicitó la incoación del expediente para disponer de los terrenos necesarios para las obras del proyecto.

La aprobación del proyecto implica, según el anuncio, la declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación de los bienes afectados y la declaración de urgencia de la ocupación. Por este motivo, el expediente se tramita conforme al procedimiento de urgente ocupación previsto en la normativa de expropiación forzosa.

Información pública durante quince días hábiles

La resolución abre un plazo de 15 días hábiles para que los titulares de los bienes y derechos afectados, así como las demás personas o entidades interesadas, puedan formular alegaciones por escrito.

Este trámite puede ser especialmente importante para comprobar si la identificación de la finca es correcta y si la afección descrita en la documentación coincide con la realidad física y registral. El anuncio permite consultar el Anejo de Expropiaciones en las dependencias del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en ADIF-Alta Velocidad, en los ayuntamientos y en las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno correspondientes.

¿Qué tipo de afecciones aparecen?

La relación de bienes y derechos afectados incluye fincas rústicas sobre las que pueden aparecer distintas clases de afección:

  • Expropiación: superficie que se adquiere para la ejecución de las obras.
  • Servidumbre: limitación permanente o vinculada al proyecto que puede afectar al uso de la finca.
  • Ocupación temporal: superficie necesaria durante un periodo limitado para ejecutar trabajos o disponer de zonas auxiliares.

La afección no es igual en todos los casos. Algunas parcelas aparecen con superficie expropiada, mientras que en otras se prevén servidumbres u ocupaciones temporales. La relación oficial también identifica la parcela, el polígono, la naturaleza rural del bien y, cuando procede, el día y la hora previstos para el levantamiento del acta previa.

Convocatoria de las actas previas a la ocupación

El anuncio convoca a los titulares al levantamiento de las actas previas a la ocupación en las fechas y horas indicadas para cada finca. Estos actos están previstos entre los días 15 y 17 de diciembre de 2026, según el término municipal y la finca afectada, y se celebrarán en el lugar que habiliten los ayuntamientos correspondientes.

El acta previa sirve para dejar constancia de la situación de la finca y de los bienes y derechos que pueden verse afectados antes de la ocupación. Aunque la publicación funciona como notificación para interesados desconocidos o con domicilio ignorado, el anuncio indica que también se realizará una citación individual.

¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?

Si tu finca aparece en el Anejo de Expropiaciones, conviene revisar la documentación completa y no limitarse a comprobar únicamente los metros cuadrados de expropiación. En particular, puede ser útil verificar:

  • La correspondencia entre el polígono, la parcela y la finca que figura en la documentación.
  • La superficie realmente afectada por expropiación, servidumbre u ocupación temporal.
  • La coincidencia entre los planos del proyecto, la relación de bienes afectados y la situación física de la parcela.
  • La posible afección a caminos de acceso, pasos, riegos, instalaciones, cultivos o plantaciones.
  • Si la construcción de caminos de enlace o la reposición de líneas eléctricas puede alterar la funcionalidad o el aprovechamiento de la finca.
  • Si la afección divide la parcela, dificulta el acceso a una parte de ella o genera daños y perjuicios adicionales.

También es recomendable comprobar que el titular que figura en el expediente es correcto y que se han incluido todos los derechos existentes sobre la finca. Cuando la afección afecta a una parte relevante de la parcela o puede comprometer su explotación, una revisión técnica de planos, superficies y perjuicios puede ayudar a preparar adecuadamente las alegaciones y la documentación del expediente.

Consulta del anuncio oficial

La resolución completa, incluido el texto del anuncio y la relación de bienes y derechos afectados, puede consultarse en el BOE-B-2026-35110.

Si tu finca aparece en esta relación, puede ser útil revisar con detalle las superficies, los planos, las servidumbres, las ocupaciones temporales y las consecuencias que las obras puedan producir sobre el acceso y la explotación de la propiedad.