La Consejería de Ciencia, Industria y Empleo del Principado de Asturias ha publicado el inicio de un periodo de información pública relativo a la solicitud de declaración de utilidad pública del parque eólico Ouroso, expediente AUTO/2022/2977 (PE-72-DUP), promovido por Terranova Energy Corporation SA.
El anuncio puede afectar a propietarios y titulares de derechos sobre terrenos situados en el ámbito del proyecto, ya que se incluye una relación concreta e individualizada de bienes y derechos cuya ocupación o adquisición podría ser necesaria si no se alcanzan acuerdos previos o existen dudas sobre la titularidad.
¿Dónde se localiza el proyecto?
El parque eólico Ouroso se sitúa en el entorno de Pico Ouroso, Outeiro Zarrada, O Campo de Pereirón y la Sierra de Ouroso, con afecciones indicadas en el anuncio en los municipios de Taramundi, Villanueva de Oscos e Illano. La relación publicada incorpora además parcelas situadas en Vegadeo.
El proyecto está formado por siete aerogeneradores, sus centros de transformación, tres líneas subterráneas de alta tensión a 30 kV y la ampliación de la subestación existente en La Vaga, en Illano, mediante un nuevo transformador y los equipos asociados.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
La Resolución de 29 de septiembre de 2026 acordó abrir un plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, para examinar la solicitud y la documentación técnica y presentar alegaciones.
Se trata de una fase de información pública previa a la declaración en concreto de utilidad pública. En este momento, los interesados pueden revisar la relación de bienes y derechos, detectar errores y formular observaciones sobre la necesidad de la ocupación o sobre las afecciones previstas.
La declaración de utilidad pública, si finalmente se acuerda, lleva asociada la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y, conforme al artículo 56 de la Ley del Sector Eléctrico, implica la urgente ocupación a efectos expropiatorios. El anuncio publicado inicia la información pública, pero no equivale por sí mismo a que la declaración ya haya sido aprobada.
¿Qué afecciones contempla la documentación?
La relación oficial y los planos individuales pueden recoger distintas afecciones según cada parcela. Entre ellas aparecen superficies vinculadas a cimentaciones y plataformas de aerogeneradores, vuelo de los aerogeneradores, canalizaciones, viales, elementos auxiliares y ocupaciones temporales.
La intensidad de la afección puede variar considerablemente de una finca a otra. No es lo mismo una ocupación permanente para una cimentación o un vial que una servidumbre de paso de canalización, una limitación derivada del vuelo del aerogenerador o una ocupación temporal durante la ejecución de las obras.
¿Cómo puede localizarse una finca afectada?
La documentación técnica del parque eólico incluye un apartado con la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados y otro apartado con los planos individuales de afecciones.
- Primero, conviene buscar al propietario o titular en la relación incluida en el apartado 8 del documento técnico.
- Después, debe identificarse el número de parcela correspondiente.
- Por último, hay que consultar el plano-ficha de esa parcela en el apartado 8.1, donde se recoge la información gráfica, catastral y urbanística y las afecciones previstas.
Una finca puede aparecer más de una vez si existen varias parcelas afectadas o si concurren distintos titulares o derechos. La consulta nominal debe contrastarse siempre con la referencia catastral, la ubicación real y la documentación que acredite la titularidad.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu finca aparece en el expediente, conviene revisar la correspondencia entre la relación oficial, los planos y la realidad física del terreno. En particular, puede ser importante comprobar:
- La superficie realmente afectada y si se trata de una ocupación permanente, una servidumbre o una ocupación temporal.
- La ubicación de aerogeneradores, cimentaciones, plataformas, viales y canalizaciones respecto de las parcelas.
- Los accesos y caminos necesarios para la construcción, mantenimiento o explotación de la instalación.
- La posible afección a cultivos, plantaciones, instalaciones, aprovechamientos o sistemas de riego existentes.
- Si las obras dividen la finca, dificultan su explotación o provocan una pérdida de funcionalidad en la superficie no ocupada.
- La identificación correcta de los titulares y la documentación acreditativa de la propiedad o de otros derechos existentes.
La revisión no debería limitarse a comprobar los metros cuadrados incluidos en la relación. También conviene analizar las limitaciones de uso, los daños y perjuicios que puedan derivarse de las obras y la incidencia conjunta de las distintas instalaciones sobre la explotación de la finca.
¿Dónde consultar el anuncio y la documentación?
El anuncio oficial, la solicitud de declaración de utilidad pública, el documento técnico y las fichas de afecciones pueden consultarse a través de los códigos seguros de verificación indicados en la publicación, de la página de información pública de parques eólicos del Principado de Asturias y presencialmente en los ayuntamientos donde radiquen los bienes o derechos.
También se prevé la consulta en la sede de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo en Oviedo, previa solicitud de cita. Para conocer el plazo y las vías de alegación aplicables, debe consultarse directamente el texto íntegro del anuncio.
Publicación oficial: Anuncio BOE-B-2026-34388 sobre el parque eólico Ouroso.
Si tu finca figura en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar técnicamente los planos y la documentación del expediente para identificar con precisión las superficies, servidumbres, ocupaciones temporales y demás perjuicios que puedan incidir en su uso o explotación.

