El Boletín Oficial del Estado ha publicado el anuncio por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de la planta solar fotovoltaica PSF Ronda 3 y de sus líneas subterráneas de alta tensión, en el término municipal de Cañete la Real, Málaga.
El expediente es el CG-870 y la solicitud ha sido formulada por Cobra Concesiones, S.L. La declaración de utilidad pública implicaría la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, aunque el anuncio publicado corresponde actualmente a la fase de información pública.
¿Qué se ha publicado?
La Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga somete a consulta la documentación relativa a la solicitud de utilidad pública del proyecto.
La actuación tiene como finalidad la producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica y comprende:
- La planta solar fotovoltaica denominada PSF Ronda 3.
- La línea subterránea de alta tensión de 30 kV para conectar la planta con la subestación SET Ronda Promotores FV (220/30 kV).
- Las líneas subterráneas asociadas que aparecen recogidas en la relación de bienes y derechos afectados.
Localización y procedimiento
El proyecto afecta al término municipal de Cañete la Real, en la provincia de Málaga. El anuncio se publicó en el BOE número 243, de 1 de octubre de 2026, con referencia BOE-B-2026-31787.
El plazo de información pública es de treinta días, contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio. La documentación puede consultarse en la Delegación Territorial indicada en el anuncio y los planos parcelarios también pueden examinarse en el Ayuntamiento afectado.
Además, la relación de bienes y derechos afectados se publica en los boletines y medios señalados en el anuncio, así como en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía. Conviene comprobar la fecha de la última publicación para calcular correctamente el plazo aplicable a la consulta de la documentación de transparencia.
¿Qué afecciones aparecen en el expediente?
El anexo incorpora una relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. En ella se identifican parcelas de Cañete la Real mediante sus referencias catastrales, polígonos y parcelas, junto con la naturaleza de los terrenos.
Las afecciones previstas incluyen, según el tipo de instalación:
- La posible expropiación o imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica.
- La ocupación de terrenos vinculada a la planta fotovoltaica.
- La apertura y ejecución de zanjas para las líneas subterráneas.
- Zonas de seguridad asociadas a las líneas.
- Ocupaciones temporales para la ejecución de los trabajos, con indicación de superficies y duración prevista.
El anuncio aclara que la relación incluye las fincas que el promotor considera necesarias para la expropiación. Quedan excluidas aquellas sobre las que existan acuerdos previos de compraventa, arrendamiento u otros negocios jurídicos privados que permitan disponer de los terrenos.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
La fase de información pública es especialmente útil para revisar si los datos del expediente coinciden con la realidad de la finca. No basta con comprobar únicamente la superficie que aparece afectada: también es importante analizar cómo se ejecutará la instalación y qué consecuencias puede producir sobre el uso y la explotación del terreno.
- La correspondencia entre la referencia catastral, los planos parcelarios y la finca real.
- La superficie destinada a zanjas, zonas de seguridad, accesos y ocupaciones temporales.
- La existencia y alcance de la servidumbre de paso de energía eléctrica.
- La posible afección a cultivos de secano, caminos, instalaciones, riego o plantaciones.
- Si las obras pueden dividir la finca, dificultar el acceso o reducir su funcionalidad.
- La existencia de acuerdos privados de ocupación, arrendamiento o disposición de los terrenos.
- La posible existencia de errores en la identificación de titulares, parcelas o superficies.
También conviene distinguir entre la superficie que pueda quedar sujeta a una servidumbre, la ocupación temporal necesaria durante las obras y cualquier afección permanente que pueda limitar el aprovechamiento de la finca. Estas diferencias pueden ser relevantes en la valoración de los perjuicios que correspondan en las fases posteriores del expediente.
Presentación de alegaciones y corrección de errores
Durante el plazo de información pública, las personas afectadas pueden formular alegaciones y aportar los datos que consideren necesarios para corregir posibles errores en la relación de bienes y derechos.
Si existe un acuerdo firmado con la beneficiaria para la ocupación de la finca, el anuncio permite aportarlo a efectos de lo previsto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración deberán presentar sus escritos por medios electrónicos.
La declaración de utilidad pública solicitada todavía no equivale por sí sola a la finalización de todo el procedimiento expropiatorio. Sin embargo, su eventual aprobación puede tener importancia porque el anuncio indica que llevaría aparejada la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Consulta del anuncio oficial
El anuncio completo, junto con su anexo y la información publicada oficialmente, puede consultarse en el siguiente enlace:
Consultar el anuncio BOE-B-2026-31787 sobre el proyecto PSF Ronda 3
Si tu finca aparece en la relación de bienes y derechos afectados, puede ser útil revisar los planos, la referencia catastral, las superficies de servidumbre y ocupación temporal y las consecuencias de las obras sobre el acceso y la explotación. En guiadeexpropiaciones.com puedes solicitar una revisión técnica de la documentación para identificar correctamente las afecciones previstas en tu caso.

