La Xunta de Galicia ha publicado un acuerdo por el que se somete a información pública la modificación de la solicitud de declaración de utilidad pública y de la necesidad de urgente ocupación de la solución de evacuación conjunta de los parques eólicos Cunca y Rodeira.
El proyecto afecta a los ayuntamientos de Vila de Cruces, Lalín y Silleda, en la provincia de Pontevedra, y está promovido por ICE Cunca y Rodeira, S.L. El expediente administrativo es el IN408A 2020/172.
¿Qué actuación se ha publicado?
La actuación tiene por objeto evacuar la energía generada por los parques eólicos Cunca y Rodeira hasta la subestación Silleda 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España.
Según el anuncio, la solución de evacuación conjunta está formada por:
- La línea aérea de alta tensión de 132 kV entre la subestación del parque eólico Cunca y la línea de 132 kV hacia la subestación del parque eólico Rodeira y la subestación colectora Silleda.
- La línea de 132 kV entre la subestación del parque eólico Rodeira y la subestación colectora Silleda.
- La subestación colectora Silleda 132/400 kV.
- La línea de 400 kV entre la subestación colectora Silleda y la subestación Silleda.
El presupuesto de ejecución material indicado en el anuncio, sin IVA, es de 6.576.084,14 euros.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
El anuncio se encuentra en la fase de información pública de una modificación de la solicitud de declaración de utilidad pública. El promotor presentó el 26 de junio de 2026 documentación actualizada y una nueva relación de bienes y derechos afectados, correspondiente a la configuración final del proyecto.
Esta nueva relación de bienes y derechos afectados sustituye a la publicada anteriormente en 2022. También se ponen a disposición de los interesados una memoria justificativa, los planos parcelarios y las fichas individualizadas de las fincas.
El plazo para presentar alegaciones u observaciones es de 30 días, contados desde el día siguiente a la última publicación del acuerdo en el Diario Oficial de Galicia o en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia afectada. Por ello, conviene comprobar cuál ha sido la última publicación válida antes de calcular el vencimiento.
¿Qué implica la solicitud de utilidad pública?
El acuerdo recuerda que la declaración de utilidad pública de las instalaciones eléctricas lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación a efectos del procedimiento expropiatorio.
Esto no significa que todas las fincas vayan a quedar ocupadas del mismo modo. La relación anexa diferencia distintas afecciones vinculadas a las líneas eléctricas y a la subestación, entre ellas el pleno dominio, servidumbres de paso, servidumbres de vuelo, ocupaciones temporales, viales, zanjas, apoyos y superficies asociadas a la subestación colectora.
La intensidad de la afección dependerá de la ubicación concreta de cada parcela y de la infraestructura que atraviese o se sitúe sobre ella. En una finca rústica, además de la superficie directamente ocupada, pueden ser relevantes las limitaciones de uso, el acceso a la finca, la presencia de apoyos o zanjas, la afección a cultivos y plantaciones y la posible pérdida de funcionalidad de la explotación.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
Si tu parcela aparece en la nueva relación de bienes y derechos afectados, conviene contrastar la documentación del expediente con la realidad física y jurídica de la finca. En particular, es recomendable revisar:
- La correspondencia entre la referencia catastral, la parcela real y la titularidad o los derechos existentes.
- La superficie afectada y si se trata de pleno dominio, servidumbre, ocupación temporal, vuelo, vial, zanja o alguna combinación de afecciones.
- La localización de los apoyos, las líneas, los accesos y las instalaciones previstas en los planos parcelarios.
- La posible afección a cultivos, plantaciones, masas forestales, instalaciones de riego, cerramientos, caminos u otros elementos de la explotación.
- Si la actuación puede dividir la finca, dificultar el acceso o reducir su aprovechamiento y funcionalidad.
- Si existen titulares de derechos reales, arrendatarios u otras personas con intereses económicos que no aparezcan correctamente reflejados.
La revisión es especialmente importante en esta fase porque todavía pueden formularse alegaciones sobre la identificación de la finca, las superficies, el trazado y las afecciones descritas en la relación y en los planos.
¿Dónde puede consultarse la documentación?
La documentación está disponible en el Servicio de Energías Renovables e Infraestructuras del Departamento Territorial de Pontevedra, en las dependencias de los ayuntamientos de Vila de Cruces, Silleda y Lalín, y en el portal de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
La relación completa de bienes y derechos afectados, los planos parcelarios, la memoria justificativa y las fichas individualizadas deben consultarse en la publicación oficial, ya que el anuncio incluye el detalle necesario para identificar cada finca y el tipo de afección previsto.
Publicación oficial: Acuerdo publicado en el DOG de 20 de octubre de 2026.
Si tu finca aparece en la relación modificada, puede ser útil revisar técnicamente los planos, las superficies y las servidumbres previstas para identificar correctamente las afecciones y los perjuicios que puedan resultar relevantes en el expediente.

