Autorizada la repotenciación y soterramiento de la línea 66 kV (apoyos 28-48) en Madrid y San Sebastián de los Reyes

Expropiación línea eléctrica aérea

Se ha publicado en el BOCM (Resolución de 20 de julio de 2026) la autorización administrativa previa, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración en concreto de utilidad pública para la repotenciación y soterramiento de la línea aérea de 66 kV DC Tres Cantos‑STR Venteros‑STC El Águila (3570L69) en los tramos entre los apoyos 28 y 48, en los términos municipales de Madrid y San Sebastián de los Reyes. La resolución autoriza el desmontaje de 2.098 metros de línea y 9 apoyos y remite a un anexo con la relación de bienes y derechos afectados.

Resumen de lo publicado

La Dirección General de Transición Energética y Economía Circular ha resuelto autorizar la intervención solicitada por I‑DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., aprobar el proyecto de ejecución presentado y declarar de utilidad pública la instalación. La declaración de utilidad pública habilita, en su caso, la expropiación forzosa de los bienes y la urgente ocupación prevista en la Ley de Expropiación Forzosa. El proyecto incluye el soterramiento y la repotenciación del tramo entre apoyos 28 y 48 y establece un plazo de obra de 24 meses desde la notificación de la resolución.

¿Dónde se localiza la actuación?

El anuncio indica que los tramos afectados están en los términos municipales de Madrid y San Sebastián de los Reyes. El expediente contiene coordenadas UTM (huso 30) y planos que definen la ubicación precisa; esos datos figuran en la documentación del proyecto y en el anexo con la relación de bienes y derechos afectados (PDF oficial).

Fase del procedimiento y consecuencias para propietarios

  • Fase: resolución de autorización, aprobación de proyecto y declaración en concreto de utilidad pública (20/07/2026). El expediente ya pasó por información pública y se recibieron alegaciones que han sido consideradas.
  • Consecuencias: la declaración de utilidad pública implica la posibilidad de ocupación o adquisición forzosa de los bienes o derechos necesarios para la instalación y permite la urgente ocupación conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
  • Plazos: el proyecto aprobado tiene un plazo de ejecución de 24 meses desde la notificación; la resolución indica, además, que no pone fin a la vía administrativa (cabe recurso de alzada en el plazo de un mes desde la notificación, según la propia resolución).
  • Condiciones: la autorización se concede con condiciones técnicas y ambientales (informes de Biodiversidad, Vías Pecuarias, Confederación Hidrográfica, etc.) que figuran en el expediente y deben cumplirse por el titular.

¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?

Si crees que tu finca puede estar incluida en el expediente conviene revisar, como mínimo, los siguientes documentos y aspectos:

  • Relación oficial de bienes y derechos afectados (anexo): comprueba si tu parcela figura y con qué concepto (ocupación definitiva, servidumbre, uso puntual para obras, etc.).
  • Planos y coordenadas UTM del proyecto: verifica la correspondencia entre los planos y la realidad física de la finca (límites, edificaciones, accesos, caminos).
  • Superficie realmente afectada y extensión de la servidumbre: confirma metros lineales y superficie que se declara necesaria o que se ocupará temporalmente.
  • Tipo de afectación: si se prevé ocupación temporal durante obras, ocupación definitiva, instalación de servidumbre de paso, accesos o afectación de vías pecuarias.
  • Instalaciones y explotación: coteja si el proyecto afecta a cultivos, plantaciones, riegos, caminos de acceso, zonas de almacenamiento o infraestructuras privadas (incluida la posible utilización puntual de fincas para la ejecución de obras).
  • Condiciones ambientales y exigencias técnicas: revisa los condicionados impuestos por la Dirección General de Biodiversidad y otros informes que puedan limitar o condicionar la ejecución.
  • Actuaciones previas de notificación: comprueba si fuiste notificado o si tu finca apareció en los periodos de exposición pública (fechas y tablones indicados en la resolución).

¿Qué documentación debes solicitar o consultar?

  • PDF de la resolución publicada en el BOCM y su anexo con la relación de bienes y derechos afectados.
  • Planos del proyecto, separatas y coordenadas UTM referidas en el expediente.
  • Informes de impacto ambiental/ambientales y condicionados (Dirección General de Biodiversidad, Confederación Hidrográfica, Área de Vías Pecuarias, etc.).
  • Notificaciones administrativas recibidas y, en su caso, la carta de pago o propuestas de ocupación/expropiación posteriores.

Enlace al anuncio oficial

Accede al texto oficial y al PDF de la resolución en el BOCM: https://www.bocm.es/bocm-20260923-56 (el PDF publicado en el BOCM es la versión auténtica de la resolución y los anexos).

Si tu finca aparece en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar la documentación (planos, anexos y coordenadas) y comprobar qué superficies, servidumbres, ocupaciones temporales u otros perjuicios deben valorarse. Si necesitas comprobar cómo afecta este expediente a tu finca, en guiadeexpropiaciones.com puedes solicitar una revisión técnica de la documentación y de las afecciones previstas.