Sagunto (Valencia) – Autorización y declaración de utilidad pública de la línea 400 kV Gaussa‑Saguntum

Expropiación línea eléctrica aérea

Resumen de la resolución

Autorización línea 400 kV Gaussa-Saguntum

La Dirección General de Política Energética y Minas ha otorgado a Red Eléctrica de España, SAU, la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, Gaussa‑Saguntum, así como el by‑pass de las líneas Eliana‑Gaussa y Morvedre‑Gaussa 2, en el término municipal de Sagunto (Provincia de Valencia), y declara en concreto la utilidad pública de las actuaciones.

Características básicas del proyecto

  • Proyecto: L/Gaussa‑Saguntum 400 kV (doble circuito) y by‑pass L/Eliana‑Morvedre.
  • Longitud aproximada: 4,34 km para la L/Gaussa‑Saguntum y 0,54 km para el by‑pass.
  • Tipo: Línea aérea 400 kV, corriente alterna trifásica, torres metálicas de celosía y conductores especificados en la resolución.
  • Promotor: Red Eléctrica de España, SAU.

Trámites administrativos, medioambientales y condicionantes

El proyecto fue sometido a evaluación de impacto ambiental y cuenta con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que establece medidas preventivas, correctoras y compensatorias que deberá cumplir el promotor.

Se aportaron informes y contestaciones de diversas administraciones y organismos, y se tramitaron los correspondientes periodos de información pública y audiencia.

La resolución incorpora condiciones especiales (Anexo I) y remite a la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados incluida en el Anexo II de la resolución. Dicha relación actualiza la publicada en los anuncios y tablones indicados en el BOE.

Afección a bienes y derechos y acciones para afectados

La declaración de utilidad pública habilita la tramitación de ocupaciones y, en su caso, procedimientos de expropiación forzosa o autorizaciones para el establecimiento y ocupación sobre terrenos de dominio, uso o servicio público.

Los titulares de bienes y derechos afectados están incluidos en la relación contenida en el anexo oficial; la presente entrada no reproduce la relación completa de fincas ni datos personales.

Los afectados pueden ejercitar las acciones administrativas y recursos que procedan; la resolución no pone fin a la vía administrativa y admite recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo legal indicado en el BOE.

Enlaces y documentación oficial

Texto íntegro de la resolución y anexos disponibles en el BOE: BOE‑A‑2026‑19316 (Resolución 3/9/2026).

El anexo II contiene la relación individualizada de bienes y derechos afectados; remítase al enlace oficial para consultar dicha relación y documentación complementaria.

Orientación práctica para titulares afectados

Si usted es titular de finca o derecho potencialmente afectado por esta actuación y precisa información sobre actas previas, valoración de fincas rústicas, ocupación urgente o el procedimiento de expropiación forzosa, puede solicitar una revisión técnica o una valoración preliminar en guiadeexpropiaciones.com.

La revisión es orientativa sobre opciones y trámites y puede facilitar la toma de decisiones.