La Comunidad de Madrid ha publicado la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de actuaciones para el desarrollo del Plan Nacional de Calidad de las Aguas en la EDAR de La Poveda. La actuación se localiza en los términos municipales de Arganda del Rey y Rivas-Vaciamadrid y corresponde al expediente de expropiación número 439.
El anuncio también convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Estas actas permiten dejar constancia de la situación de los bienes y derechos afectados antes de la ocupación, por lo que la publicación puede ser relevante para propietarios, titulares de derechos y demás personas relacionadas con las fincas incluidas en el anexo oficial.
¿Qué actuación se va a desarrollar?
El proyecto tiene por objeto adecuar la EDAR de La Poveda para cumplir la normativa vigente sobre tratamiento de aguas residuales. Para ello se prevé construir nuevos elementos y modificar otros existentes.
Según el anuncio, parte de las obras se realizará dentro de los terrenos actualmente ocupados por la depuradora, en zonas correspondientes a elementos que quedarán fuera de uso. Como la parcela actual no dispone de superficie libre suficiente, también se utilizarán terrenos colindantes a la EDAR.
La entidad beneficiaria del expediente expropiatorio es Canal de Isabel II.
¿En qué fase se encuentra el procedimiento?
La publicación corresponde a una fase avanzada del procedimiento expropiatorio. La Comunidad de Madrid ha declarado la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados y ha convocado a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación.
La declaración de urgente ocupación permite aplicar el procedimiento previsto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En esta fase resulta especialmente importante revisar la convocatoria, la relación de bienes y derechos y la documentación que identifica cada finca afectada.
El anuncio indica que previamente se sometió a información pública la relación de bienes y derechos afectados y que no se formularon alegaciones dentro del plazo establecido. No obstante, desde la publicación de la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, los interesados pueden presentar alegaciones para corregir posibles errores en la identificación de los bienes afectados.
¿Qué puede significar para una finca afectada?
La afección no tiene por qué limitarse a la pérdida de una determinada superficie. Dependiendo de la situación concreta de cada finca, el expediente puede afectar al pleno dominio, a otros derechos existentes o al uso y aprovechamiento del terreno.
En un proyecto de ampliación o adecuación de una estación depuradora conviene comprobar, especialmente, la correspondencia entre la relación oficial, los planos y la realidad física de la finca. También puede ser necesario revisar si existen accesos, caminos, cultivos, instalaciones, sistemas de riego u otros elementos que puedan verse afectados por las obras o por la ocupación.
¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?
- La identificación de la finca, su titularidad y la superficie que figura en la relación de bienes y derechos.
- Si la afección supone una expropiación del pleno dominio o afecta a otros derechos, servidumbres u ocupaciones temporales.
- La ubicación de la superficie afectada respecto de los límites reales de la finca y de los terrenos colindantes con la EDAR.
- La existencia de caminos, accesos, cultivos, plantaciones, instalaciones o sistemas de riego que puedan resultar dañados o quedar inutilizados.
- Si la ocupación puede producir una división de la finca, pérdida de funcionalidad o dificultades para continuar con su explotación.
- La fecha, lugar y documentación necesaria para acudir al levantamiento del acta previa a la ocupación.
Si detectas un error en la titularidad, la superficie, la descripción de la finca o cualquier otro dato de la relación, el anuncio permite presentar alegaciones con el objetivo de subsanar esas incorrecciones. La revisión debe hacerse comparando la documentación del expediente con la realidad física y registral o catastral de la finca.
Convocatoria y recursos
La relación de interesados, los ayuntamientos y las fechas de convocatoria se detallan en el anexo de la Orden publicada. Los interesados deben consultar ese anexo para conocer el momento concreto del levantamiento del acta previa que corresponda a su finca.
La Orden también contempla la posibilidad de presentar recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo en relación con las circunstancias que justifican la declaración de urgente ocupación, dentro de los plazos indicados en el anuncio oficial. Esta información no sustituye el análisis jurídico de cada caso.
Consulta del anuncio oficial
El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 249, de 19 de octubre de 2026, con el código de verificación electrónica BOCM-20261019-55.
Consultar la resolución oficial en el BOCM
Si tu finca aparece en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar antes del acta previa la superficie, la titularidad, los accesos y las posibles servidumbres, ocupaciones temporales o perjuicios sobre la explotación, para identificar correctamente todas las afecciones del expediente.

