Declaración de utilidad pública: cierre de LMT 20 kV Jabalcón–Baza (Baza y Benamaurel, Granada)

Expropiación línea eléctrica aérea

La Delegación Territorial de la Junta en Granada ha publicado en el BOE la resolución que declara, en concreto, de utilidad pública el proyecto denominado «Cierre de LMT línea Campo_Cama 20 kV subestación Jabalcón con línea Castril 20 kV subestación Baza» en los términos municipales de Baza y Benamaurel (Granada). La declaración habilita la ocupación y la expropiación forzosa de los bienes y derechos descritos en el anexo publicado.

¿Qué se ha publicado?

Se ha publicado una resolución administrativa que declara de utilidad pública la instalación eléctrica promovida por E-Distribución Redes Digitales, S.L.U. (proyecto de cierre de la línea 20 kV entre los apoyos nº 1 y nº 28, en varios parajes de Baza y Benamaurel). La resolución indica que la autorización administrativa previa y de construcción ya había sido concedida por la Delegación (resolución de 14 de abril de 2026) y que el expediente estuvo en información pública en mayo de 2026.

La resolución incorpora condiciones y remite a un anexo con la relación de bienes y derechos afectados (polígonos/parcelas, superficies y relación de apoyos). Ese anexo y la resolución aparecen publicados en el BOE enlazado más abajo.

¿Dónde está la actuación?

El proyecto afecta a terrenos de los términos municipales de Baza y Benamaurel (provincia de Granada), en parajes identificados en la resolución como La Granja, Cortijo Grande, Hoyas de Luna, Cortijo Nuevo y Llano Pozos, entre otros. El trazado se desarrolla entre la subestación Jabalcón y la subestación Baza, entre los apoyos nº 1 y nº 28.

¿En qué fase del procedimiento se encuentra?

  • La resolución publicada declara, en concreto, la utilidad pública del proyecto; con ello se pone en marcha la fase expropiatoria con efectos inmediatos: la declaración implica la urgente ocupación según la Ley de Expropiación Forzosa.
  • A partir de esta resolución se ordena la notificación a los titulares y la publicación en boletines (ya realizada). La entidad beneficiaria podrá iniciar el expediente de expropiación para adquirir bienes o derechos por pleno dominio o constitución de servidumbres.
  • Próximos pasos habituales: localización y notificación de propietarios, actos previos, apertura del expediente expropiatorio, elaboración de hojas de aprecio y justo precio, y adjudicación/ocupación. La resolución agota la vía administrativa; cabe recurso contencioso-administrativo contra ella.

¿Qué afecciones pueden existir?

Según el contenido de la resolución y la normativa aplicable, las afecciones típicas en este tipo de proyectos son:

  • Expropiación de pleno dominio de determinadas parcelas o constitución de servidumbres de paso para la línea aérea o subterránea.
  • Servidumbre de paso aérea (apoyos, torres, franjas de seguridad) y/o subterránea (si hubiera tendidos en subsuelo).
  • Ocupaciones temporales necesarias para construcción, conservación o reparación, y posible tala de arbolado en la franja de la línea.
  • Afecciones a comunicaciones y caminos, y a infraestructuras de riego o canales —la resolución indica participación de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y del Canal de Jabalcón—.
  • Impacto sobre cultivos y explotaciones (olivar regadío/ secano, labradío, pastos) que puede reducir la funcionalidad o productividad de la finca.

¿Qué conviene comprobar si tu finca está afectada?

  • Comprueba si tu finca figura en el anexo del BOE: coteja polígono y parcela, el paraje, y la superficie de zona afectación (m2) y la superficie vinculada a apoyos (apoyo nº y m2) que aparecen en la relación.
  • Determina si la afección prevista es expropiación del pleno dominio o la constitución de una servidumbre de paso; eso influye en la compensación y en las limitaciones futuras sobre la finca.
  • Revisa el uso y cultivos que aparecen (olivar, regadío, pastos, caminos): si tienes plantaciones, riegos o infraestructuras (bombeos, acequias, vallas, corrales) pueden ser afectadas o requerir recolocación.
  • Corrobora la correspondencia entre lo que figura en el anexo y la realidad física y registral/catastral de tu finca: límites, superficie registral/catastral y ocupaciones existentes.
  • Comprueba si en el trazado se atraviesan caminos, canales o bienes de titularidad pública (ayuntamientos, Confederación), ya que puede haber afecciones específicas y permisos adicionales.
  • Valora la posibilidad de acuerdo voluntario: la resolución recuerda que el solicitante puede adquirir los bienes por mutuo acuerdo, lo que a veces simplifica trámites frente al expediente expropiatorio.

Documentación oficial

Accede al texto oficial y al anexo con la relación de bienes y derechos afectados en el BOE:

BOE-B-2026-30660 — Resolución (Declaración de utilidad pública) — BOE

El anexo incluido en la publicación contiene el detalle de polígonos, parcelas, parajes y superficies afectadas; si crees que tu finca figura en él, conviene consultarlo directamente.

Si tu finca aparece en la relación de bienes afectados, puede ser útil revisar la documentación y comprobar qué superficies, servidumbres, ocupaciones temporales u otros perjuicios deben tenerse en cuenta.

Si necesitas comprobar cómo afecta este expediente a tu finca, en guiadeexpropiaciones.com puedes solicitar una revisión técnica de la documentación y de las afecciones previstas.