La Dirección General de Política Energética y Minas ha emitido, el 16 de abril de 2026, la resolución por la que se otorga a Bustatur Energy, SL la declaración en concreto de utilidad pública para el parque eólico Bustatur, de 41,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria) y Arija y Valle de Valdebezana (Burgos).
DUP parque eólico Bustatur
El procedimiento comprende varias fases administrativas previas, incluyendo la autorización administrativa previa concedida a Green Capital Power, SL, y la posterior transmisión de titularidad a Bustatur Energy, SL.
La solicitud para declarar la utilidad pública incluyó la tramitación conforme al Real Decreto 1955/2000 y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, con la solicitud de informes a administraciones públicas, organismos y empresas relacionadas.
La documentación fue sometida a información pública mediante publicaciones en el BOE y otros medios locales en junio de 2025, recibiendo una alegación que fue debidamente contestada.
El reconocimiento de utilidad pública, conforme al artículo 54 de la Ley 24/2013, permite la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de la instalación eléctrica, incluyendo las infraestructuras de evacuación que forman parte del parque eólico según el artículo 21.5 de la misma ley.
La resolución indica que la autorización se concede sin perjuicio de otras concesiones, autorizaciones ambientales o permisos necesarios para la obra.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes desde su publicación.
Puede consultarse el texto oficial completo en el Boletín Oficial del Estado, núm. 107, 2 de mayo de 2026.
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