Expropiación Forzosa en Cercerdo, Cotobade y Pontevedra para remodelación carretera N-541

Expropiación Forzosa en Cercerdo, Cotobade y Pontevedra para remodelación carretera N-541Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia de información pública y convocatoria para el levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por el Proyecto “Mejora de trazado y remodelación de intersecciones. Carretera N-541. Tramo: P.K. 66+500 – P.K. 90+700.”. Provincia de Pontevedra. Términos Municipales de Cerdedo, Cotobade y Pontevedra.

Es de aplicación la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por la que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes por la expropiación forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada obra. La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.

En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado en las reglas segunda y tercera de su artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación en el lugar, día y hora que a continuación se indican:

TERMINO MUNICIPAL DE CERDEDO.
Lugar: Concello de Cerdedo. Plaza do Concello (36139 – Cerdedo) Pontevedra.
Día 14 de marzo de 2016: De 10:30 h a 13,30 h: desde Álvarez Nieto, Jacinta hasta Monteagudo González, Obdulia Peregrina.
Día 15 de marzo de 2016: De 10:30 h a 13,30 h: desde Mosquera Limeres, Herminda hasta Vilas Souto María.

TERMINO MUNICIPAL DE COTOBADE.
Lugar: Concello de Cotobade. C/ Coto, s/n (36856 – Cotobade) Pontevedra.
Día 16 de marzo de 2016: De 10:30 h a 13:00 h: desde Aboal Núñez, Armando hasta Touriño Barros, Herminda.

TERMINO MUNICIPAL DE PONTEVEDRA.
Lugar: Pazo de Congresos y Exposiciones. Aula n.º7 – dC/ Alexandre Bóveda, s/n (36005 – Pontevedra).
Día 17 de marzo de 2016: De 10:30 h a 13,30 h: desde Armada Fernández, Manuel hasta Pereira Cortegoso, Dolores.
Día 18 de marzo de 2016: De 10:30 h a 13,30 h: desde Pereiras Filgueiras, M.ª Beatriz hasta Valiño González, Alicia.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se afectan, personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de peritos y Notario.

Es de señalar que esta publicación se realiza, además, a los efectos de información pública contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa para que en el plazo de quince días (que, conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa podrán prorrogarse hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación), los interesados puedan formular, por escrito, ante esta Demarcación de Carreteras, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Los planos parcelarios y la relación de interesados y de bienes afectados podrán ser consultados en las dependencias antes citadas y en los Ayuntamientos respectivos, en días hábiles y horas de oficina.”

de Guía de expropiaciones. Más información en este enlace

Todo sobre Expropiación Forzosa Rústica en www.guiadeexpropiaciones.com.

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A continuación podrás encontrar algunos consejos generales que podrán serte de utilidad si eres afectado por una expropiación forzosa en tu finca rústica.

Las afecciones causadas por una expropiación forzosa pueden ser totales, servidumbres u ocupación temporal: puedes revisar la siguiente entrada del blog: http://guiadeexpropiaciones.com/los-3-tipos-de-expropiacion-forzosa-total-ocupacion-temporal-y-servidumbre/

Si estás afectado, te recomiendo que revises exhaustivamente si están afectados por servidumbres, que quedarán en su finca, y que aclaren perfectamente y caso por caso, cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones.

Asimismo, si se contempla en el proyecto la ocupación temporal de porciones de terreno, deberás revisarlas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de tu explotación agraria. También te recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación legal de la Administración o empresa beneficiaria es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.

Para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas, como ya es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación forzosa para gasoducto, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. Aun cuando por el tipo de proyecto se produzcan afecciones de reducida dimensión, es necesario situar y revisar concienzudamente por si afectan a alguna infraestructura esencial de la explotación agraria.

Por último, te recomiendo que, ante cualquier duda en las afecciones sobre la finca, solicites durante el procedimiento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación,  la visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración, en el que podamos consensuar los daños que se producirán, a efectos de una correcta valoración.

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