Expropiaciones Viaducto del Río Ulla: oportunidad de alegar al proyecto

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de 29 de Abril de 2013, el anuncio de la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por una Expropiación Forzosa, como consecuencia de las obras del proyecto denominado “Eje Atlántico de Alta Velocidad. Tramo: Viaducto del Río Ulla (A Coruña – Pontevedra). Plataforma. En los términos muncipales de Catoira (Pontevedra) y Rianxo (A Coruña)” (001ADIF1320).

Viaducto sobre el Río Ulla
Viaducto sobre el Río Ulla

De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el Director General de Ferrocarriles, la relación individualizada de bienes y derechos se expondrá al público durante quince días, a partir del día 30 de abril, para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación u “oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación“.

En efecto, la Ley de Expropiación Forzosa ampara las alegaciones que se realicen a la ocupación de una finca. Concretamente, en su artículo 19 dice que “cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada y oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.” En relación a las alegaciones a los proyectos de expropiación escribí hace unos días un artículo que puedes encontrar aquí.

La información sobre el proyecto y las afecciones causadas se encontrará en exposición pública durante quince días posteriores a su publicación en las dependencias de las Subdelegaciones del Gobierno de las provincias de Pontevedra y A Coruña, y en los Ayuntamientos de los municipios afectados: Catoira y Rianxo.  Durante este periodo, todo aquél que se considere afectado  podrá realizar alegaciones de cualquier tipo a dicho proyecto, tanto las que sean para corregir errores, como las que pretendan oponerse o modificar el proyecto.

Por lo tanto, cualquier propietario tiene el derecho, reconocido por la Ley, y amparado reiteradamente por el Tribunal Supremo, de oponerse en el fondo y en la forma a la expropiación de sus bienes y derechos, obligando a la Administración a contestar individualizadamente a cada una de las alegaciones, con motivo de las expropiaciones Viaducto del Río Ulla.

Como es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas. También será importante tener en cuenta aquellas fincas que para su explotación haya sido necesario realizar alguna mejora.

Llamo la atención a los afectados sobre la posibilidad de realizar una visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración, que considero que es imprescindible cuando se ven afectados infraestructuras agrarias, de manera que podamos consensuar las indemnizaciones o su reposición.

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Foto: Felipe Gabaldón

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