Expropiaciones en Sorbas, Lucainena de Las Torres y Níjar por AVE Murcia Almería

Expropiaciones en Sorbas, Lucainena de Las Torres y Níjar por AVE Murcia Almería

Resolución de la Secretaría General de Infraestructuras de fecha 6 de marzo de 2019 convocando al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación en el Expediente de expropiación forzosa 024ADIF1815 motivado por las obras del “Proyecto de Construcción de Plataforma del Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad Murcia-Almería. Tramo: Los Arejos-Níjar”, en los términos municipales de Sorbas, Lucainena de Las Torres y Níjar (Almería).

Esta Secretaría General de Infraestructuras, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa ha resuelto fijar para los días que a continuación se relacionan el Levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para las obras del Proyecto referenciado

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Dicho trámite será iniciado en los Ayuntamientos de Sorbas, Lucainena de Las Torres y Níjar (Almería), en los días y horas indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos que acrediten tanto su identidad como la titularidad de los bienes y derechos expropiados.

Se podrá consultar el Anejo de Expropiaciones en los locales del Ministerio de Fomento, Secretaría General de Infraestructuras, División de Expropiaciones Ferroviarias, Paseo de la Castellana, 67; en ADIF-Alta Velocidad, Avda. Pío XII, 110 (Caracola nº 18); en los respectivos Ayuntamientos y Subdelegaciones o Delegaciones del Gobierno afectados. Además, podrá consultarse el Anejo de Expropiaciones vía web en el apartado de Comunicación/Buen Gobierno/Participación Pública de la web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es) y en el apartado de Información Pública del Portal de Transparencia de la web de ADIF-Alta Velocidad (www.adifaltavelocidad.es).

Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

No obstante, se convocará a los interesados al acto del levantamiento de las actas previas, mediante citación individual

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