Resolución de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de la
“Línea eléctrica a 220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Ébora de la línea Torrijos-Almaraz”, en el término municipal de Talavera de la Reina, provincia de Toledo.
Publicado en:«BOE» núm. 188, de 9 de julio de 2020, páginas 28464 a 28465 (2 págs.)
Expropiaciones en Talavera de la Reina
Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de 1 de junio de 2020 (Boletín Oficial del Estado nº165, de 12 de junio de 2020),

fue declarada, en concreto, de utilidad pública el Proyecto “LAT 220 kV E/S EN ST EBORA DE LA LAT TORRIJOS-ALMARAZ”,
en el TM de Talavera de la Reina (Toledo). Dicha declaración, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
y en el Art.149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos delartículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En cumplimiento del citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y conforme a las atribuciones conferidas por el Art.73.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
se convoca a los propietarios y titulares de los bienes afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente,
para que en el día, lugar y hora que en la misma se expresa comparezcan en el Ayuntamiento de Talavera de la Reina,
como punto de reunión, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.
El levantamiento de Actas tendrá lugar el día 11 de agosto de 2020 a partir de las 10:00 horas.
Todos los interesados,
así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados,
deberán acudir personalmente o representados por personas debidamente autorizadas,
aportando el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple o Escritura pública)
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
De acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa los titulares y demás interesados podrán formular, por duplicado,
ante el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, sita en Plaza de Zocodover, 1 (CP 45071),
PUBLI: La Biblia de MasterChef (F. COLECCION)cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos afectados por imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica con el alcance y efectos previstos en el artículo 57 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.
Alternativamente, de conformidad con el Art.14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
se podrá utilizar para su presentación el Registro Electrónico General:
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
(Organismo: Subdelegación del Gobierno en Toledo – Área Funcional de Industria y Energia; Ministerio de Política Territorial y Función Pública).
Las características y demás datos de las afecciones y convocatoria son las que figuran en el anexo adjunto, con independencia de la notificación,
por cédula, que en los mismos términos se practica a los afectados. Asimismo la relación de titulares convocados figura en el tablón de edictos del Ayuntamiento señalado.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular o domicilio desconocidos o aquéllos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.
En el expediente expropiatorio “RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.U.”, asume la condición de entidad beneficiaria.
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