Expropiaciones en Arico Tenerife para la construcción de la planta fotovoltaica Atalaya de 3,5 MW

Expropiaciones en Arico Tenerife

Anuncio de la Dirección General de Energía, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación eléctrica de generación denominada Planta Fotovoltaica Atalaya, en el término municipal de Arico, Tenerife. Expte. ER 20/1210.

Publicado en:«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2021, páginas 15413 a 15414 (2 págs.)

Expropiaciones en Arico Tenerife


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Disa Renovables, S.L., promueve la instalación Planta Fotovoltaica Atalaya de 3,50 MW, en el término municipal de Arico, en la isla de Tenerife.

A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias

y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública el proyecto de las instalaciones eléctricas que se citan a continuación:

INSTALACIÓN: Planta Fotovoltaica de 3.500 kWn y 4.180 kWp.
Expropiaciones en Arico Tenerife

UBICACIÓN: Arico. Tenerife

CARACTERISTICAS TÉCNICAS:

7743 Modulos Risen Solar Tecnhnology RSM144-9-540M de 540 Wp.

20 Inversores Huawei SUN2000-185ktl-h1 de 175 kW

1 Centro de transformación de 3.150 kVA kVA, PFU-7.

Linea de evacuación subterránea de MT de 20 kV de 2.380 m. sección 3x(1×400 mm2)Al, desde el centro de transformación hasta la subestación elevadora Bailadero 20/220 kV con conexión en la red de transporte en la SET Porís 66kV de REE a través de la LAAT 66 kV bailadero (ER 160018).

PRESUPUESTO: Asciende a la cantidad de dos millones ochocientos y un mil, seiscientos doce euros con diecinueve céntimos (2.801.612,19 €).

De conformidad con lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 54/1997, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, l

a necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para que por cualquier interesado, y especialmente a los propietarios y demás titulares afectados por la instalación cuya relación se inserta al final de este anuncio como anexo,

así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, puedan ser examinados todos los documentos, técnicos y ambientales y de afecciones del proyecto,

en la oficina de esta Dirección General, sita en la planta 7ª del Edificio de Usos Múltiples I en Santa Cruz de Tenerife, horario de 11:00 a 13:00, así como en la siguiente dirección electrónica

y, en su caso, formular las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de este anuncio.

ANEXO

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