Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de 3 de Junio de 2013, la convocatoria del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación por expropiación forzosa embalse del Andévalo, en los municipios de Puebla de Guzmán y El Almendro, ambos en la provincia de Huelva, incluyéndose la relación de los bienes y derechos afectados por el proyecto denominado “Toma en el embalse del Andévalo. Modificado nº 1”.
De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el Secretario General de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la Ley 62/2003, de 30 de Diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, y la Ley 10/2001 de 5 de Julio del Plan hidrológico Nacional, por el que se aprueba el proyecto, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.
De acuerdo con el anuncio publicado, el levantamiento de las actas se llevará a cabo en las dependencias de cada uno de los Ayuntamientos donde se encuentran las fincas afectadas:
- Ayuntamiento de Puebla de Guzmán el día 13 de junio de 2013.
- Ayuntamiento de El Almendro el día 14 de junio de 2013.
Las parcelas rústicas afectadas son muy pocas, debido a lo reducido de la zona donde se producen las nuevas afecciones, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa embalse del Andévalo.
Recomiendo a los afectados que revisen exhaustivamente las situación en la que quedarán parte de los terrenos de su finca, podrán determinar cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones, de forma que la preparación de la relación de bienes y derechos afectados se pueda realizar con una mayor seguridad.
Asimismo, en el caso de que se produzca la ocupación temporal de pequeñas porciones de terreno, que deberán ser revisadas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de la explotación agraria. También recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación de la Administración es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.
Para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas, como ya es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación forzosa, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. En este caso, el tipo de proyecto suele producir afecciones de reducida dimensión, pero que es necesario situar y revisar concienzudamente por si afectan a alguna infraestructura de la explotación agraria.
Por último, recomendar que, ante cualquier duda en las afecciones sobre nuestro predio, solicitemos durante el procedimiento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, la visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración, en el que podamos consensuar los daños que se producirán, a efectos de una correcta valoración.
Suscríbete a la lista de correo y te enviaré nuevas actualizaciones de contenidos.
Me disgusta el spam tanto como a ti. Jamás daré tu correo a nadie.
___________________
Agradecimientos: wikanda.es/huelvapedia.
Deja una respuesta