Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante de 8 de Marzo de 2013, la convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por una Expropiación Forzosa en Guardamar del Segura (Alicante), como consecuencia de las obras del proyecto denominado “Doblado de la L.A.M.T. S.T.R. Femsa-Guardamar Sur con conductor tipo LA1 100 pasando de simple a D/Cto” (ATLINE/2009/136/03).
La empresa beneficiaria es el “Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.”, que ha convocado a los afectados para los días 29 y 30 de Abril de 2013 en las dependencias del Ayuntamiento de Guardamar del Segura (Alicante).
De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el Director Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la resolución de 11 de Enero de 2010 por la que se autorizaron las obras, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto.
Las parcelas rústicas afectadas tienen la característica común el sistema de explotación de regadío, de acuerdo con lo publicado en la relación de Bienes y Derechos Afectados por la Expropiación Forzosa en Guardamar del Segura.
Como es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas. En este caso, aunque estas afecciones son de muy reducida dimensión, pueden afectar a algún árbol o a la infraestructura del riego.
Llamo la atención a los afectados por este tipo de expropiaciones, en las que el anuncio indica que se llevará a cabo el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación y, si procediera, al Acta de Ocupación. Esto quiere decir, normalmente, que la beneficiaria va a llevar los cheques preparados para pagar las afecciones, lo cual no tiene nada de especial. Sin embargo, mi recomendación es no aceptar nada si no hay un acuerdo expreso sobre los bienes y derechos afectados y su valoración. En caso contrario, la visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración es imprescindible.
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