El Boletín oficial de la Región de Murcia de 26 de Enero de 2013 publica dos anuncios de expropiación forzosa en Murcia y en Cartagena, cada uno de ellos debido a un expediente distinto, pero ambos relativos a instalaciones eléctricas.
En el municipio de Murcia se ha aprobado el proyecto ejecución y la utilidad pública del proyecto de instalaciones correspondientes a la obra “Paso de simple circuito de línea eléctrica a 132 Kv. Palmar-Alhama, entre los apoyos 3 a 24”. La resolución de fecha 30 de abril de 2012, implica la declaración de la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la obra proyectada, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Los afectados están convocados al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, los días 5 y 6 de marzo en el Centro de formación e Iniciativas al empleo del Ayuntamiento de Murcia.
Las afecciones causadas por este expediente de expropiación forzosa no son de gran superficie, sin embargo, creo que es interesante destacar que el principal aprovechamiento de estas tierras son los agrios de regadío, según se desprende de las características de la relación de bienes y derechos afectados publicada en el Boletín.
Por ello, mi recomendación para los propietarios de los terrenos afectados por esta expropiación forzosa, es que preparen concienzudamente la relación de bienes y derechos afectados en sus explotaciones agrarias, examinando detenidamente los planos de la expropiación, y determinando con antelación los posibles daños que pueda producirse. Les recomiendo que presten especial atención a las ocupaciones temporales, ya que si bien no se produce la expropiación definitiva, sí que obligará al arranque y eliminación de árboles, que muchos casos son de muy difícil reemplazo.
Por otra parte en el mismo boletín, se publica el anuncio de la información pública del proyecto denominado “Salidas M.T. 20 Kv 4/C desde S.T. La Guía hasta Polígono Santa Ana“, en el término municipal de Cartagena. De acuerdo con el anuncio, la declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad ocupación de los bienes y derechos afectados, e implicará la ocupación urgente a los efectos del artículo 52 de la ley de expropiación forzosa.
Los afectados por esta expropiación forzosa cuentan, por lo tanto, con 20 días hábiles a partir del 27 de enero para presentar las alegaciones que sea oportunas, una vez que hayan consultado el documento de la expropiación, que se encuentra expuesto al público en las oficinas de la Dirección General de Universidades, Empresa e Investigación que está situada en la calle Nuevas Tecnologías número 1.
En este trámite del procedimiento administrativo, los afectados por cualquier expropiación puede presentar alegaciones a cualquier aspecto del proyecto expuesto al público, como éste del municipio de Cartagena, incluido el hecho de que la expropiación afecte a su finca. Por supuesto, la alegación, en cualquier caso debe ser motivada y tener sólidos fundamentos, especialmente si lo que queremos es que expropien al vecino, y no a nosotros, como dice el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa (está redactado de una forma muy elegante, desde mi punto de vista).
Como hemos visto, estos expedientes de expropiación forzosa en Murcia y Cartagena, se encuentran en distintas fases del procedimiento administrativo, por lo que sus respectivos anuncios los encontraremos en diferentes capítulos del Boletín.
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