Hoy traigo al blog de Guía de Expropiaciones, un anuncio para que los afectados por la Expropiación Forzosa para autovía A-68 Figueruelas, reviséis el proyecto, y realicéis alegaciones a las afecciones en vuestras fincas. Las fincas afectadas pertenecen a los municipios de Figueruelas, Pedrola, y Luceni, Boquiñeni y Gallur, en la Provincia de Zaragoza.

Se trata del proyecto de las obras del primer modificado para la construcción de la Autovía A-68, en el tramo Figueruelas – Gallur. El día 23 de Agosto se abre el plazo para presentar alegaciones a expropiación forzosa, a la Expropiación Forzosa para Autovía A-68 Figueruelas, para obras del “Proyecto de Trazado “Autovía A-68. Tramo: Figueruelas-Gallur”. Clave: 12-Z-4330″, de acuerdo con el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado de 22 de Agosto de 2.013, que incluye la relación de Bienes y Derechos afectados.
Según el anuncio publicado, firmado por el Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, el proyecto publicado NO es definitivo, por lo que se abre un plazo para la realización el trámite de Información pública, en el que se pueden presentar alegaciones a la Expropiación Forzosa para Autovía A-68 (Figueruelas), según el contenido del proyecto.
En el anuncio publicado se incluye la relación individualizada de bienes y derechos, que se expondrá al público durante TREINTA días, junto con con toda la documentación de expropiaciones, a partir del día 23 de Agosto de 2013, para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación u “oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación“.
En efecto, la Ley de Expropiación Forzosa ampara las alegaciones que se realicen a la ocupación de una finca. Concretamente, en su artículo 19 dice que “cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada y oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.” En relación a las alegaciones a los proyectos de expropiación publiqué hace unos días un artículo, ¿Puedo oponerme a una Expropiación Forzosa?.
La información sobre el proyecto y las afecciones causadas por la Expropiación Forzosa para Autovía A-68 Figueruelas, las encontrarás expuestas al público en días hábiles y horas de oficina, en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Figueruelas, Pedrola, y Luceni, Boquiñeni, y Gallur, en la Provincia de Zaragoza, y en la la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, Plaza de Santa Cruz, 17-19.

Durante este periodo, si te consideras afectado podrás realizar alegaciones a expropiación forzosa para Autovía A-68 Figueruelas, de cualquier tipo a dicho proyecto, tanto las que sean para corregir errores, como las que pretendan oponerse o modificar el proyecto. Las alegaciones que consideres oportunas presentar a la Expropiación Forzosa para Autovía A-68 Figueruelas, deberás dirigirlas a la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, o presentarlas por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
He comprobado que las parcelas rústicas afectadas por la expropiación forzosa para Autovía A-68 Figueruelas son numerosas, y las afecciones son de superficie considerable, en algunos casos, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa para Autovía A-68 Figueruelas. El cultivo más afectado es labor de secano, aunque hay mucha variedad, dada la gran cantidad de fincas afectadas. El municipio donde hay un mayor número de fincas afectadas es el de Pedrola.
Recomiendo a los afectados que revisen exhaustivamente las situación en la que quedarán parte de los terrenos de su finca, podrán determinar cómo afectarán estas afecciones a las infraestructuras y plantaciones existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones, de forma que la preparación de la relación de bienes y derechos afectados se pueda realizar con una mayor seguridad.
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Fotografía: Sede electrónica del Catastro. Ortoimagen PNOA
Plano A-68: Josua92 en Wikipedia
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