Se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha de 29 de Mayo de 2013, la convocatoria del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación por expropiación forzosa para instalaciones de gas natural en Brihuega (Guadalajara), incluyéndose la relación de los bienes y derechos afectados por el proyecto denominado “Punto de entrega de gas natural y AR 2.500(MOP-16/MPA) para suministro a Brihuega(Guadalajara)” (Expte. 19331100324. [2013/6415]).
La empresa beneficiaria es el “Gas Natural Castilla La Mancha, S.A.”.
De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el coordinador provincial, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos por la que se aprueba el proyecto de ejecución, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.
De acuerdo con el anuncio publicado, el levantamiento de las actas se llevará a cabo en las dependencias del Ayuntamiento de Brihuega, donde se encuentran las fincas afectadas, el día 25 de Junio, a partir de las 10.00 de la mañana.
Las parcelas rústicas afectadas están dedicadas a labor secano en su mayoría, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa para instalaciones de gas natural en Brihuega.
Las principales afecciones causadas por la expropiación forzosa para gasoducto son las servidumbres con las que quedan grabadas las fincas para siempre.
Recomiendo a todos los afectados que revisen exhaustivamente las servidumbres que quedarán en su finca al servicio de Gas Natural Castilla La Mancha S.A., y que aclaren perfectamente y caso por caso, cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones.
Asimismo, se contempla en el proyecto la ocupación temporal de pequeñas porciones de terreno, que deberán ser revisadas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de la explotación agraria. También recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación de la empresa beneficiaria es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.
Para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas, como ya es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación forzosa para gasoducto, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. En este caso, el tipo de proyecto suele producir afecciones de reducida dimensión, pero que es necesario situar y revisar concienzudamente por si afectan a alguna infraestructura de la explotación agraria.
Por último, recomendar que, ante cualquier duda en las afecciones sobre nuestro predio, solicitemos durante el procedimiento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, la visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración, en el que podamos consensuar los daños que se producirán, a efectos de una correcta valoración.
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Agradecimientos: Foto por Håkan Svensson (Xauxa) en wikipedia
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