Expropiación forzosa por línea eléctrica en Casar de Palomero

En esta entrada del blog vas a encontrar información y algunos consejos sobre la información pública de los bienes y derechos afectados por expropiación forzosa por línea eléctrica en Casar de Palomero (Cáceres).

Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura de 26 de Junio de 2013, la convocatoria de la información pública del proyecto y de los bienes y derechos afectados por expropiación forzosa de una instalación de alta tensión en el municipio de Casar de Palomero en la provincia de Cáceres, incluyéndose la relación de los bienes y derechos afectados por el proyecto cuya referencia es 109/AT:6814-3

De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el Jefe de Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres,  las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la Ley 54/1997, de 27 de Noviembre, del Sector Eléctrico, por el que se aprueba el proyecto, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras. El proyecto publicado NO es definitivo, por lo que se abre un plazo para la realización el trámite de Información pública, en el que se pueden presentar alegaciones a expropiación forzosa por línea eléctrica en Casar de Palomero, según el contenido del proyecto.

Expropiación forzosa por línea eléctrica en Casar de Palomero
Río Azábal, cerca de Casar de Palomero

En el anuncio publicado se incluye la relación individualizada de bienes y derechos, que se expondrá al público durante veinte días, a partir del día 27 de Junio, para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación u “oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación“.

En efecto, la Ley de Expropiación Forzosa ampara las alegaciones que se realicen a la ocupación de una finca. Concretamente, en su artículo 19 dice que “cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada y oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.” En relación a las alegaciones a los proyectos de expropiación escribí hace unos días un artículo que puedes encontrar aquí. Por lo tanto, si eres uno de los afectados, y no estás de acuerdo con la expropiación forzosa, por motivos fundados, no dudes en presentar tu alegación.

La información sobre el proyecto y las afecciones causadas se encontrará en exposición pública durante veinte días posteriores a su publicación en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial sito en Edificio Múltiple, 3.ª planta en Cáceres.

Durante este periodo, todo los que os consideréis afectados podréis realizar alegaciones a expropiación forzosa en por línea eléctrica en Casar de Palomero, de cualquier tipo a dicho proyecto, tanto las que sean para corregir errores, como las que pretendan oponerse o modificar el proyecto.

Las parcelas rústicas afectadas no son muy numerosas, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa por línea eléctrica en Casar de Palomero. En cualquier caso, siempre es importante revisar muy bien las afecciones, para saber cómo nos va a afectar la línea eléctrica, de forma que podamos reclamar y también preparar después la relación de bienes y derechos afectados, fundamental para la obtención de un correcto justiprecio.

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Agradecimientos: Erizzo por la fotografía.

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