Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar, referente a la convocatoria para el levantamiento de actas previas y actas de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del “Proyecto de la Red de Transporte de los Sectores 18 y 19 para la modernización de los regadíos de la Acequia Real del Júcar. T.M. de Algemesí (Valencia)”. Clave: 08.257-0253/2111.
Publi: Xiaomi Band 5, Unisex adulto, Negro, *Gran pantalla dinámica a color de 1.1”*Monitorea completamente tu ritmo cardíaco, el sueño y el estadoPublicado en: «BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2021, páginas 38317 a 38324 (8 págs.)
Expropiaciones en Algemesí y Guadassuar
Mediante Resolución de 5 de diciembre de 2017 de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) se aprobó el Expediente de Información Pública y Proyecto referido.
Las actuaciones a las que pertenece el objeto del citado Proyecto Constructivo, fueron declaradas de Interés General en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional;
cuentan, por tanto, con la declaración de utilidad pública y de necesidad de ocupación, y se encuentran incluidas en el Anexo II de dicha Ley 10/2001 bajo el epígrafe “Obras de Modernización de la Acequia Real del Júcar.”
El artículo 78 de la Ley 14/ 2000 de 29 de diciembre (BOE del 30 de diciembre) declara el interés general y establece la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del citado Proyecto.
La información pública de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de referencia se efectuó mediante la publicación en el BOE de 28 de enero de 2016, BOP de Valencia de 27 de enero de 2016 y periódico Las Provincias de 19 de enero de 2016.
Las obras en él definidas han sido encomendadas a la Sociedad Estatal ACUAMED, según se establece en la Disposición Adicional nonagésima sexta,
Medidas extraordinarias en relación con la situación de sequía de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, que modifica el Convenio de Gestión Directa suscrito entre dicha Sociedad y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para la ejecución de entre otras la siguiente obra:
“Modernización de regadíos tradicionales del Júcar. Fase I. Red de transporte de los Sectores 18 y 19. Algemesí”, interviniendo ACUAMED como entidad beneficiaria de la expropiación en los correspondientes expedientes,
según establece el artículo 132 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.
De conformidad con lo establecido en artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 se publica el presente edicto,
convocando a los interesados que a continuación se relacionan en el Anexo, el día y hora señalada,
a fin de que comparezcan en las dependencias detalladas a continuación de los Ayuntamientos de Algemesí y Guadassuar,
donde radican los bienes afectados por las obras,
para proceder al levantamiento del acta previa a la ocupación y acta de ocupación y, en su caso, acta de justiprecio por mutuo acuerdo.
AYUNTAMIENTO DE ALGEMESÍ: PLAZA MAYOR 3 – 46680 – ALGEMESÍ (VALENCIA) – SALA DE EXPOSICIONES
AYUNTAMIENTO DE GUADASSUAR: CALLE MAYOR, 43 – 46610 GUADASSUAR (VALENCIA)
A dicho acto, podrá comparecer el interesado por si o mediante representante y acudir acompañado de perito y notario a su costa,
debiendo presentar el documento nacional de identidad y aportar el último recibo del impuesto de bienes inmuebles,
así como los documentos justificativos de su titularidad sobre los mencionados bienes, la nota simple actualizada del asiento de la finca en Registro de la Propiedad, y original del poder si actúa bajo representación.
Se abre un periodo de información pública de quince días (15) a fin de oír a los afectados por la expropiación, pudiendo los interesados,
hasta el momento del levantamiento del acta previa, formular por escrito ante la Confederación Hidrográfica del Júcar (Avenida Blasco Ibáñez, 48 – 46010 Valencia)
cuantas alegaciones estimen oportunas a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Con el objeto de que el levantamiento de las actas derivadas del presente procedimiento de expropiación se realice de acuerdo con lo establecido por la Resolución de 29 de junio de 2020
de la Subsecretaria del Departamento sobre las medidas a adoptar en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico durante la crisis sanitaria derivada del Covid 19 se pone en conocimiento del interesado las siguientes indicaciones:
– Efectuadas las oportunas consultas con los Ayuntamientos de los términos municipales de Guadassuar y Algemesí, el levantamiento de las actas previas y de ocupación se efectuarán en los locales indicados de cada Ayuntamiento.
– Se contará con personal para organizar a los afectados de forma que se respete el aforo establecido, organizar la entrada y salida de este personal en las dependencias, informando de los pasos a seguir desde su entrada hasta su salida y durante la permanencia en el local del Ayuntamiento.
– Los afectados, una vez que entren en el local, serán atendidos en mesas que previamente se han distribuido para poder mantener las distancias de seguridad establecidas.
– Deberán asistir únicamente los interesados (propietarios y/o arrendatarios) de los bienes y derechos afectados, o sus representantes con la limitación que se establezca por mesa.
– Todo el personal técnico llevará mascarilla de tipo FFP2 obligatoriamente; en caso de que alguno de los afectados no llevara mascarilla aun siendo obligatorio para poder acceder al local,
y con el fin de poder continuar con el procedimiento, la empresa que proporciona la asistencia en el trámite expropiatorio, TEyS, se la proporcionará.
Se respetará en todo momento la distancia de seguridad fijada y se evitará el contacto físico.
– Se procurará que todas las mesas de atención a los afectados dispongan de pantallas de protección, gel hidroalcohólico y toallitas desechables para la higiene de manos, tanto del personal afectado como de los técnicos.
– Cuando se manipule la documentación de los afectados se hará un exhaustivo lavado de manos con agua y jabón si se dispone de ello en el local o con gel hidroalcohólico en caso contrario.
Igualmente, se dispondrá de guantes para cuando proceda su uso.
– Una vez que se termine la atención a cada afectado y para poder recibir al siguiente se procederá a la limpieza e higienización de la zona que ha estado ocupada.
– Los bolígrafos para la firma de las actas se higienizarán después de cada uso.
– Se tomará la temperatura a todas las personas que accedan a la sala. No se podrá acceder en caso de presentar fiebre superior a 37º o síntomas de problemas respiratorios.
– Los interesados podrán confirmar la fecha y hora fijada para la celebración del acto o,
en caso de concurrir motivos de inconveniencia por razones de salud o adopción de medidas que afecten favorablemente a la prevención de contagios, podrán proponer otro horario diferente para el mismo.
– Se establece la obligación de permanecer en el local de reunión el tiempo estrictamente necesario.
La relación de afectados y planos, se pueden consultar en la siguiente dirección:
https://www.chj.es/es-es/ciudadano/consultapublica/Paginas/levantamientoactassector1819.aspx
ANEJO
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