ANUNCIO de 12 de diciembre de 2019 por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y la solicitud de reconocimiento de utilidad pública,
correspondientes a la instalación fotovoltaica “Cáceres 2023”, ubicada en el término municipal de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada.
Expropiaciones en Cáceres para la instalación fotovoltáica Cáceres 2023. Expte.: GE-M/39/19
A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de reconocimiento de utilidad pública correspondiente a la instalación fotovoltaica “Cáceres 2023”,
ubicado en el término municipal de Cáceres (Cáceres),
e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, promovido por Alter Enersun Cáceres Tres, SLU.
Asimismo, se publica como anexo a este anuncio, la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.
Datos del proyecto:
— Titular de la solicitud: Alter Enersun Cáceres Tres, SLU, con CIF B-06751820 y con domicilio social en Paseo Fluvial n.o 15, 1.a planta, 06011 Badajoz (Badajoz).
— Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 18, parcela 12, 493 y 494 del término municipal de Cáceres.
— Referencias catastrales: 10900A018000120000MU, 10900A018004930000MU y 10900A018004940000MH, respectivamente.
— Características de la instalación:
• Nombre de la instalación: Planta solar fotovoltaica “Cáceres 2023”.
• Instalación solar fotovoltaica de 30,99 MWp y potencia nominal 24,20 MW, compuesta por 79464 módulos fotovoltaicos de 390 Wp, montados sobre sistema de seguimiento solar horizontal a un eje y 8 inversores de 3.630 kVA.
La instalación se subdivide en 4 campos solares, 2 de ellos con una potencia de 7.731,36 kWp y 2 con una potencia de 7.764,120 kWp.
A su vez existen 4 centros de transformación, uno por cada campo solar, interconectados mediante circuito subterráneo con cable RHZ1 Al 3x1x240 mm2.
Los centros contendrán dos transformadores de 3.630 kVA-0,66/30 kV alimentados por dos inversores, uno por cada transformador,
y contarán con 2 celdas de protección de posición de trafo, 2 celdas de salida de línea.
• Línea de evacuación aérea de 30 kV, de 1,32 km de longitud, con origen en el entronque A/S de planta “Cáceres 2023”
y fin en la subestación “Cáceres 2020” ubicada en la instalación fotovoltaica con número de expediente GE-M/28/19,
con categoría tercera, de doble circuito con 8 apoyos y 7 vanos.
Recorrido la línea: polígono 18, parcelas 1, 493, 9550, 5, 9003, 4, 9001, 9552 y 1 del término municipal de Cáceres.
Coordenadas UTM (Sistema Referencia ETRS 89-Huso 29), apoyos recorrido aéreo:
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 11.619.082,18 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructu- ra eléctrica de evacuación asociada.
Lo que se hace público a los efectos oportunos y para el general conocimiento,
pudiendo ser examinada la documentación presentada en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,
perteneciente a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, sita en Paseo de Roma, s/n., Módulo D, 1.a planta, 06800 Mérida, en horario de 8:00 a 15:00 horas,
de lunes a viernes laborables
y formularse al mismo tiempo las alegaciones que se estimen oportunas, que deberán dirigirse al citado Organismo,
concediéndose al efecto un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, solo a los efectos de rectificar posibles errores,
de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa,
así como formular alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, l
levará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Mérida, 12 de diciembre de 2019. El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ.
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