Expropiaciones en Campillo de Altobuey en la provincia de Cuenca para el proyecto de la planta solar fotovoltaica Callejas de 60,98 MWdc y 49,5 MWac

Expropiaciones en Campillo de Altobuey

Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca,

por el que se somete al trámite de Información Pública el Estudio de Impacto Ambiental, la Solicitud de Autorización Administrativa Previa, la Solicitud de Autorización Administrativa de Construcción y la Solicitud de Declaración de Utilidad Pública del proyecto de la planta solar fotovoltaica Callejas de 60,98 MWdc y 49,5 MWac para su hibridación con el parque eólico existente Callejas 49,5 MW, y de su infraestructura de evacuación, en el Municipio de Campillo de Altobuey, provincia de Cuenca.

Publicado en:«BOE» núm. 186, de 4 de agosto de 2022

Expropiaciones en Campillo de Altobuey

A los efectos de lo establecido en los artículos 53.1.a), 53.1.b), 54 y 55 de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental

Expropiaciones en Campillo de Altobuey

y en los artículos 124, 125, 143 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,

se somete al trámite de Información Pública el Estudio de Impacto Ambiental, la Solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción y la Solicitud de Declaración de Utilidad Pública del proyecto de la planta solar fotovoltaica Callejas de 60,98 MWdc y 49,5 MWac

para su hibridación con el parque eólico existente Callejas de 49,5 MW, en el Municipio de Campillo de Altobuey, provincia de Cuenca y de su infraestructura de evacuación,

consistente en una línea subterránea de media tensión de 20 kV hasta la subestación existente “SE Callejas”,

la cual será modificada para adaptarse a la nueva planta fotovoltaica, estando situada en el término municipal de Campillo de Altobuey, en la provincia de Cuenca.

La infraestructura de evacuación hasta la red de transporte no forma parte del alcance de esta solicitud al aprovecharse las infraestructuras existentes del parque eólico Callejas.

Peticionario: IBERDROLA RENOVABLES CASTILLA-LA MANCHA, S.A., con domicilio en C/ Berna, 1- 45003 Toledo.

Objeto de la petición: Solicitud de Autorización Administrativa Previa (AAP), Autorización Administrativa de Construcción (AAP), Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Solicitud de Declaración de Utilidad Pública del proyecto de planta solar fotovoltaica Callejas de 60,98 MWdc y 49,5 MWac para su hibridación con el parque eólico existente Callejas de 49,5 MW, en el Municipio de Campillo de Altobuey, provincia de Cuenca

y de su infraestructura de evacuación, consistente en una línea subterránea de media tensión de 20 kV hasta la subestación existente “SE Callejas”,

la cual será modificada para adaptarse a la nueva planta fotovoltaica, estando situada en el término municipal de Campillo de Altobuey, en la provincia de Cuenca.

Órgano competente:

El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa y de construcción, y la declaración de utilidad pública es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El órgano ambiental competente para emitir la Declaración de Impacto Ambiental es la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Órgano tramitador: Dependencia del Área de Industria y Energía de Cuenca. Las alegaciones se dirigirán a dicha dependencia, en la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, sita en la calle Juan Correcher, 2, 16071 Cuenca.

Descripción de las Instalaciones: Las características de las instalaciones son las siguientes:

Parque Eólico existente.

  • – Tipo de tecnología: Eólica.
  • – Potencia total: 49,500 MW.
  • – Nº aerogeneradores: 33 aerogeneradores de 1.500 kW de potencia unitaria modelo GE-1500.
  • – Año puesta en servicio: 2004.
  • – Término Municipales afectados: Campillo de Altobuey
  • · Planta Generadora de energía fotovoltaica:
  • – Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
  • – Potencia Pico: 60,98 MWp en paneles.
  • – Potencia Nominal: 49,50 MWn en inversores.
  • – Módulos fotovoltaicos: 112.926 paneles fotovoltaicos módulos monocristalinos de 540 Wp bifaciales.
  • – Tipo de Estructura: Fija en tres filas de módulos (3V).
  • – Inversores: 33 unidades de inversores de 1.500 kV.
  • – Centros de transformación: Transformadores 20/0,570 kV de potencia 3.250 kVA.
  • – Superficie ocupada 72,34 ha.
  • – Media Tensión: Red subterránea a 20 kV de 9.346 m hasta la ST Callejas 20/132 kV.
  • – Término Municipales afectados: Campillo de Altobuey (Cuenca).

Presupuesto de Ejecución Material (€):

FV Callejas Total Presupuesto de Ejecución Material (€): 27.552.634,86

Finalidad: Con objeto de maximizar la energía a evacuar para su comercialización, se pretende hibridar el existente Parque Eólico Callejas 49,50 MW con la futura Planta Fotovoltaica Hibridación Callejas de 60,98 MWp instalada en paneles y una potencia Potencia Nominal 49,5 MWn en inversores

Las solicitudes de Autorización Administrativa Previa y de Construcción y de Declaración de Utilidad Pública del presente proyecto,

cuya aprobación es competencia de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y que se encuentra sujeta al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria,

están sometidas al trámite de información pública, realizándose de manera conjunta la información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, conforme al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

La declaración de la utilidad pública de la instalación llevará implícita los efectos incluidos en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La solicitud de Declaración de Utilidad Pública incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que el solicitante considera de necesaria expropiación,

dicha relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados se incluye en el anexo.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que pueda ser examinado el proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa del pleno dominio o para la imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica (expediente PEol-FV-045) en esta Dependencia de Industria y Energía, en la Subdelegación del Gobierno en Cuenca (sita en la calle Juan Correcher,2 -16071 Cuenca-) o en el siguiente enlace, donde podrán descargarse el proyecto (con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados) y el Estudio de Impacto Ambiental:

https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/castillalamancha/proyectos-ci/informacion-publica.html

para que, en su caso, puedan presentar, mediante escrito dirigido a esta Dependencia de Industria y Energía, en el Registro General de dicha Subdelegación del Gobierno, en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados

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