Expropiaciones en Deleitosa y Acéhuche Cáceres para obras de construcción de mejora del abastecimiento

Expropiaciones en Deleitosa y Acéhuche Cáceres

RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2020, de la Secretaría General, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos, así como sus propietarios afectados por las obras de: “Mejora de Abastecimiento a Deleitosa (Cáceres)”

Publicadas en el DOE 138 de 17 de Julio de 2020

Expropiaciones en Deleitosa y Acéhuche Cáceres

Para la ejecución de la obra: “Mejora de Abastecimiento a Deleitosa (Cáceres)”, es necesario proceder a la expropiación de los terrenos cuya ubicación y propietarios se relacionan en el correspondiente anexo.

Expropiaciones en Deleitosa y Acéhuche Cáceres

Aprobado técnicamente los proyectos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954,

y su Reglamento, se abre un período de información pública por término de 15 días para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos,

por escrito, para rectificar posibles errores en la relación que se publica, u oponerse por razones de fondo o de forma, a la necesidad de ocupación.

En este caso indicará los motivos por los que debe considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación.

El presente anuncio y la relación que se acompaña se publicarán en

el DOE, Prensa Regional y BOP y será expuesto al público en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de los municipios afectados.

Relación de Bienes y Derechos Afectados Deleitosa

Relación de Bienes y Derechos Afectados Acéhuche

Los interesados podrán enviar cuantas alegaciones estimen convenientes por escrito, dirigiéndolas, en el plazo de 15 días,

a la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda en Mérida, avda. de las Comunidades, s/n.,

pudiendo asimismo examinar el proyecto,

que se encuentra a su disposición en la citada dirección.

A efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales,

se pone en conocimiento de todos los interesados que sus datos personales serán incorporados

a un fichero automatizado titularidad de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura,

siendo tratados por ésta con la finalidad de gestionar los expedientes de expropiación.

Dichos datos serán cedidos a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Asimismo, se pone en conocimiento de los afectados la posibilidad de ejercitar los derechos de

acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una notificación a la dirección anteriormente citada.

Mérida, 8 de julio de 2020. La Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,

PD, Resolución de 2 de marzo de 2020 (DOE n.o 48, de 10 de marzo),

La Secretaria General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda

RESUELVE TUS DUDAS AHORA

Si eres lector habitual de este blog, sabrás que en él puedes encontrar numerosa información totalmente gratuita publicada en sus artículos sobre la expropiación forzosa de fincas rústicas. 

Si además necesitas saber más sobre el procedimiento de expropiación forzosa de fincas rústicas en España, el detalle de sus documentos y la forma de realizar alegaciones, puedes acceder a este enlace

Espero que sea de tu interés y te ayude a resolver tus dudas.

Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.