Anuncio de la Dependencia Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, por el que se somete a Información Pública la solicitud de la Declaración de Utilidad Pública del Parque Eólico «Isar-Yudego» de 85,5 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Sasamón, Isar, Iglesias, Hornillos del Camino, Las Quintanillas, Pedrosa del Río Urbel, Tardajos, Rabé de las Calzadas, San Mamés de Burgos y Buniel, en la provincia de Burgos, promovido por la mercantil «EDP RENOVABLES ESPAÑA, S.L.». CÓDIGO PEol-360.
Publicado en:«BOE» núm. 189, de 6 de agosto de 2024
Expropiaciones en la provincia de Burgos por parque eólico
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A los efectos de lo establecido en el artículo 55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de Información Pública la solicitud para el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del Parque Eólico «Isar-Yudego» de 85,5 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Sasamón, Isar, Iglesias, Hornillos del Camino, Las Quintanillas, Pedrosa del Río Urbel, Tardajos, Rabé de las Calzadas, San Mamés de Burgos y Buniel, en la provincia de Burgos.
- Órgano competente, a los efectos del reconocimiento en concreto de la utilidad pública de la instalación de energía eléctrica indicada: Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Órgano tramitador, a los efectos del trámite de Información Pública y alegaciones, consultas y recepción de los informes que son resultado de dichas consultas: Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, Calle Vitoria, 34, 09004 Burgos.
Promotor-peticionario: «EDP RENOVABLES ESPAÑA, S.L.», con CIF – B91115196, con domicilio a efectos de notificaciones postales en el Parque Empresarial ADEQUA, en la Avenida de Burgos, 89, Edificio 1, módulo A-B, 28050 de Madrid, y a efectos de notificaciones electrónicas ( notificacionesedpres@edpr.com ).
Finalidad de la instalación de energía eléctrica indicada: la generación de energía eléctrica por medio de un parque eólico, así como su evacuación a la red de transporte de energía eléctrica.
Objeto de la solicitud: reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del Parque Eólico «Isar-Yudego» de 85,5 MW y sus infraestructuras de evacuación.
Términos municipales: Sasamón, Isar, Iglesias, Hornillos del Camino, Las Quintanillas, Pedrosa del Río Urbel, Tardajos, Rabé de las Calzadas, San Mamés de Burgos y Buniel, en la provincia de Burgos.
Según lo previsto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se declaran de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso de energía eléctrica.
Para el reconocimiento en concreto de tal utilidad pública, según lo previsto en el artículo 55 de la referida Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, será necesario que la empresa interesada (el promotor-peticionario) lo solicite, incluyendo una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que aquélla considere de necesaria expropiación.
La Declaración de Utilidad Pública llevará implícita los efectos previstos en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y los previstos en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
El 21 de mayo de 2024 la Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto otorgar, a «EDP RENOVABLES ESPAÑA, S.L.», Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción «para el parque eólico Isar-Yudego de 85,5 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Sasamón, Isar, Iglesias, Hornillos del Camino, Las Quintanillas, Pedrosa del Río Urbel, Tardajos, Rabé de las Calzadas, San Mamés de Burgos y Buniel (Burgos)». Dicha Resolución ha sido publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 137 de fecha 6 de junio de 2024.
El 27 de junio de 2024, considerando lo previsto en el artículo 143 del referido Real Decreto 1955/2000, «EDP RENOVABLES ESPAÑA, S.L.» ha presentado solicitud dirigida a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; solicitud formulada para el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de lainstalación de energía eléctrica indicada, en los términos previstos en los artículos 144, 145, 146 y 147 del Real Decreto 1955/2000, al objeto de que dicha Dirección General de Política Energética y Minas otorgue la Declaración de Utilidad Pública del Parque Eólico «Isar-Yudego» de 85,5 MW y sus infraestructuras de evacuación, según lo previsto en el artículo 148 y con los efectos del artículo 149 del referido Real Decreto 1955/2000.
Características generales de la instalación de energía eléctrica objeto de este anuncio:
1. Parque Eólico ISAR-YUDEGO y su Subestación ISAR-YUDEGO, de 85,5 MW de potencia eléctrica instalada, formado por; 19 aerogeneradores, de 4,5 MW de potencia unitaria, incluyendo sus plataformas de montaje y sus cimentaciones; su Subestación ISAR-YUDEGO 30/132 kV; así como por la red de líneas eléctricas subterráneas, que conectan aquéllos con ésta; y por la red de caminos para acceder a todos ellos. Términos municipales de Sasamón, Isar, Iglesias y Hornillos del Camino.
2. Línea eléctrica subterránea de alta tensión a 132 kV, con origen en la Subestación ISAR-YUDEGO y final en apoyo 24 de la futura línea eléctrica de alta tensión a 132 kV con origen en la Subestación VALDEMORO y final en la Subestación LA TORCA. Términos municipales de Isar y Las Quintanillas.
3. Línea eléctrica de alta tensión a 132 kV con origen en la Subestación VALDEMORO y final en la Subestación LA TORCA. Términos municipales de Pedrosa de Río Urbel, Las Quintanillas, Tardajos, Rabé de las Calzadas, San Mames de Burgos y Buniel. Esta línea forma parte de las infraestructuras de evacuación comunes para otras instalaciones de generación de energía renovable de diferentes promotores; evacuación en la subestación BUNIEL 400 kV propiedad de Red Eléctrica de España, S.A. – REE, actualmente en servicio.
La instalación de energía eléctrica objeto de este anuncio estará ubicada en el entorno de las siguientes coordenadas HUSO 30 ETRS 89 (X: Y):
- · Coordenadas del extremo norte (417.531: 4.693.202)
- · Coordenadas del extremo sur (419.884: 4.687.746)
- · Coordenadas de la Subestación ISAR-YUDEGO (419.548: 4.690.381)
Lo que se hace público para que el «documento técnico» de la instalación de energía eléctrica objeto de este anuncio; documento técnico previsto en el artículo 143.3 del referido Real Decreto 1955/2000, pueda ser examinado en la página WEB de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, en su apartado de «Proyectos, Campañas e Información», en su epígrafe dedicado a los «procedimientos de Información Pública» de instalaciones de energía eléctrica, o en la siguiente dirección URL/WEB ( http://run.gob.es/tramitacion ), o bien en la Subdelegación del Gobierno en Burgos, Calle Vitoria, 34, 09004 Burgos, de lunes a viernes, de 9 a 13 horas.
Según lo previsto en el artículo 144 de dicho Real Decreto 1955/2000, este Anuncio se insertará, junto con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de la provincia de Burgos» y en uno de los diarios de mayor circulación de esta provincia. Asimismo, dicho Anuncio se comunicará a los Ayuntamientos en cuyo término municipal radiquen los bienes o derechos afectados para su exposición al público en sus Tablones de Edictos.
El plazo para formular las alegaciones que se estimen oportunas, a los efectos y según lo previsto en dicho artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, será de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Anuncio. Las alegaciones serán enviadas a la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos.
A continuación se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos afectados que el peticionario considera de necesaria expropiación, ya sea ésta del pleno dominio de los terrenos, de servidumbre de paso de energía eléctrica, y, cuando es necesario, de servidumbre de paso de servicios complementarios tales como caminos de acceso u otras instalaciones auxiliares.
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