Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible en Guadalajara, por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de la Instalación Solar Fotovoltaica denominada “Fuentes”, Infraestructuras Auxiliares y de Evacuación (Expediente: 2020PROD018-19270200512. Ref: 2703/01450).
Publicado en:«BOE» núm. 178, de 24 de julio de 2024
Expropiaciones en la provincia de Guadalajara
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Por Resolución de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la JCCM, de fecha 18 de enero de 2024, (BOP de Guadalajara, nº. 18, fecha: jueves, 25 de enero de 2024), fue reconocida en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia, previa la correspondiente información pública.
Dicha declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y de lo establecido en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, adquiriendo la empresa solicitante, Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, S.A., la condición de entidad beneficiaria en el expediente expropiatorio.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente, para que el día, lugar y hora que en la misma se expresa comparezcan en el Ayuntamiento donde radican las fincas afectadas, como punto de reunión, para llevar a cabo de conformidad con el procedimiento que se establece en el precitado artículo 52, el levantamiento de las actas previas a la ocupación, y si procediera, las de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas tendrá lugar en las siguientes fechas:
1.El miércoles, día 4 de septiembre del 2024, en el Ayuntamiento de Muduex a partir de las 9:00 horas.
2.El jueves, día 5 de septiembre del 2024, en el Ayuntamiento de Argecilla a partir de las 9:00 horas.
3.El jueves, día 5 de septiembre del 2024, en el Ayuntamiento de Ledanca a partir de las 13:00 horas.
4.El viernes, día 6 de septiembre del 2024, en el Ayuntamiento de Brihuega a partir de las 9:30 horas.
5.El viernes, día 6 de septiembre del 2024, en el Ayuntamiento de Gajanejos a partir de las 12:00 horas.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán asistir, por sí mismos o representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando el documento nacional de identidad, así como la escritura de constitución y el poder de representación, en el caso de las personas jurídicas. Así mismo, se deberá hacer entrega de los documentos acreditativos de titularidad de las parcelas, y de un número de cuenta, donde poder abonar la indemnización correspondiente, en el caso de llegar a un acuerdo en cuanto a su determinación, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y/o Notario, si lo estiman oportuno y, en todo caso, del arrendatario, si lo hubiera.
Por otro lado, en virtud de lo determinado en el Decreto 38/2020, de 21 de julio, por el que se modifica el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, y con el fin de adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de contagio y propagación de la citada enfermedad, se deberá asistir al acto provisto de mascarilla (salvo aquellas personas que adolezcan de algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria, discapacidad o dependencia, acreditándose tal circunstancia mediante declaración responsable firmada por la persona que presenta la causa de exención) y guardar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, un metro y medio.
El orden del levantamiento de actas figurará en el tablón de edictos del Ayuntamiento señalado y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de notificación individual, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o aquéllos casos en los que por una u otra causa no hubiera podido practicarse la notificación individual.
Relación de titulares Bienes y Derechos afectados por el proyecto de “construcción de la Instalación Solar Fotovoltaica denominada “Fuentes”, Infraestructuras Auxiliares y de Evacuación (Expediente: 2020PROD018-19270200512. Ref: 2703/01450).)” convocados para el levantamiento de actas previas de ocupación.
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