Expropiaciones en Lucainena de las Torres por el proyecto de Línea eléctrica de 30 kV doble circuito de conexión de la central solar Tabernas con la subestación elevadora

Expropiaciones en Lucainena de las Torres

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Anuncio de 7 de julio de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, por el que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto que se cita.

Publicado en el BOJA número 51 de 8 de agosto de 2022

Expropiaciones en Lucainena de las Torres

Por Resolución de esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería de fecha 19 de mayo de 2021 se acordó la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto «Línea eléctrica de 30 kV doble circuito de conexión de la central solar Tabernas con la subestación elevadora», en los términos municipales de Lucainena de las Torres y Sorbas (Almería).

Expropiaciones en Lucainena de las Torres

Asimismo, mediante resolución de fecha 12 de abril de 2022, se acordó declarar, en concreto, la utilidad pública del indicado proyecto.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, esta declaración en concreto de utilidad pública lleva implícita

la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implica su urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.


Esta Delegación del Gobierno, en cumplimiento con lo dispuesto en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados el día, hora y lugar que figura en relación anexa,

para de conformidad con el procedimiento establecido en el mismo, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto arriba indicado, y si procediera, las de ocupación definitiva.


Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada,

aportando los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple de Registro y Escritura Pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus Peritos y un Notario,

si lo estiman oportuno. Igualmente, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los propietarios y demás titulares podrán formular, ante esta Delegación Territorial,

cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores al relacionar los bienes y derechos afectados.

El orden de levantamiento de Actas se comunicará a los interesados mediante la oportuna cédula de citación individual, publicándose en el BOE, BOJA, BOP de Almería, y en dos diarios de mayor circulación de la provincia,

así como en el tablón oficial del Ayuntamiento de Tijola, señalando que las citadas publicaciones se realizan igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el expediente expropiatorio, Marpani Solar 7, S.L., tiene la condición de beneficiaria.

Almería, 7 de julio de 2022.- La Delegada del Gobierno, P.D. (Orden de 5.6.2013, BOJA núm. 114 de 13 de junio), la Delegada Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca, P.S. (Orden de 13.5.2022, BOJA núm. 17 de 13 de mayo), Aránzazu Martín Moya.

RELACIÓN DE TITULARES DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO DE LÍNEA ELÉCTRICA 30 KV. DOBLE CIRCUITO DE CONEXIÓN DE LA CENTRAL SOLAR TABERNAS CON LA SUBESTACIÓN ELEVADORA. EXPTE. : LAT 6819.

Lugar y fecha: Día 18 de agosto de 2022 en el Ayuntamiento de Lucainena de las Torres. Plaza del Ayuntamiento, no4

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