Expropiaciones en Mérida para la plataforma del AVE

Expropiaciones en Mérida para la plataforma del AVE

Resolución de la Secretaría General de Infraestructuras de fecha 13 de diciembre de 2018, convocando al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación en el Expediente de expropiación forzosa 031ADIF1810 motivado por las obras de ADIF-Alta Velocidad: “Proyecto de Construcción de Plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Extremadura. Acceso a Mérida. Tramo: San Rafael–Cuarto de La Jara”, en el término municipal de Mérida (Badajoz).



Esta Secretaría General de Infraestructuras, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa ha resuelto fijar para los días que a continuación se relacionan el Levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para las obras del Proyecto referenciado.Expropiaciones en Mérida para la plataforma del AVE

Dicho trámite será iniciado en el Ayuntamiento de Mérida (Badajoz) en los días y horas indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos que acrediten tanto su identidad como la titularidad de los bienes y derechos expropiados.

Se podrá consultar el Anejo de Expropiaciones en los locales del Ministerio de Fomento, Secretaría General de Infraestructuras, División de Expropiaciones Ferroviarias, Paseo de la Castellana, 67; en ADIF-Alta Velocidad, Avda. Pío XII, 110 (Caracola n.º 18); en los respectivos Ayuntamientos y Subdelegaciones o Delegaciones del Gobierno afectados. Además, podrá consultarse el Anejo de Expropiaciones vía web en el apartado de Comunicación/Buen Gobierno/Participación Pública de la web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es) y en el apartado de Información Pública del Portal de Transparencia de la web de ADIF-Alta Velocidad (www.adifaltavelocidad.es).

Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

No obstante, se convocará a los interesados al acto del levantamiento de las actas previas, mediante citación individual

 

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