Expropiaciones en Puente de la Reina y Santa Cilia por obras de la Autovía A21

Expropiaciones en Puente de la Reina y Santa Cilia

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón sobre citación al levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto modificado n.º 2 de la obra: Autovía A-21. Tramo: Santa Cilia – Puente La Reina. Provincia de Huesca. Clave: 12-HU-5910.

Con fecha 26 de abril de 2019, el Ministro de Fomento firmó el acuerdo para la continuación provisional de dichas obras para lo cual es necesario incoar el expediente de expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados para la ejecución de dichas obras.

Expropiaciones en Puente de la Reina y Santa Cilia

En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso de las facultades que le otorga el art. 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.ª y 3.ª del Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los propietarios que figuran en la relación publicada en la web del Ministerio de Fomento junto con los planos parcelarios y bienes afectados,

para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación el día 1 de agosto de 2019, de 10:00 a 12:00 horas, en el Ayuntamiento de Puente la Reina y de 12:00 a 13:00 en el Ayuntamiento de Santa Cilia.

Además se notificará a cada uno de los titulares afectados el día y la hora de la convocatoria y se publicará la relación completa en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Puente la Reina y Santa Cilia, en esta Demarcación de Carreteras (plaza Santa Cruz, n.º 19, 50071 Zaragoza), en la Unidad de Carreteras de Huesca (calle General Lasheras, n.º 6, 22071 Huesca), en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y en resumen en un diario de tirada provincial, publicándose también completa en el Boletín Oficial del Estado.

Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.

Relación de los bienes y derechos afectados.

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