Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental por el que se publica la resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del trámite de información pública de los Proyectos de Construcción: “Remodelación del Enlace de la Autovía del Mediterráneo (E-15/A-7) con las carreteras A-391 Y A-1051”. Clave: 15-AL-3650 y “Segunda fase de la remodelación del enlace 429 de la Autovía del Mediterráneo (E-15/A7) con las carreteras A-391 Y A-1051”. Clave:15-AL-3720.
Publicado en:«BOE» núm. 129, de 28 de mayo de 2024
Expropiaciones en Roquetas de Mar y Vícar
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Con fecha 17 de abril de 2024, el Director General de Carreteras, en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, ha resuelto:
“1. Aprobar provisionalmente los Proyectos de Construcción:
- – “Remodelación del enlace de la autovía del Mediterráneo (E-15/A-7) con las carreteras A-391 y A-1051”, con clave 15-AL-3650 y redactado con fecha marzo de 2024.
- – “Segunda fase de la remodelación del enlace 429 de la autovía del Mediterráneo (E-15/A7) con las carreteras A-391 y A-1051”, con clave 15-AL-3720 y redactado con fecha marzo de 2024.
2. Declarar la urgencia de los proyectos en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por Real Decreto Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, se proceda a incoar el correspondiente Expediente de Información Pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establece la Orden Circular 22/07 sobre Instrucciones complementarias para tramitación de Proyectos, así como:
- – El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre. Las alegaciones que se reciban solamente se podrán tener en consideración si versan sobre la declaración de interés general de la carretera o sobre la concepción global de su trazado.
- – Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.
La aprobación definitiva de los Proyectos de Construcción, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.
4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental que:
a. Solicite informe sobre los proyectos de construcción a los departamentos ministeriales, comunidad autónoma y entidades locales que pudieran ser afectados, en cumplimiento de los artículos 8 y 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
b. Remita un ejemplar de los proyectos de construcción a las corporaciones locales afectadas, para su exposición al público, en cumplimiento del artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994).
c. Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la presente Resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sean publicadas en el “Boletín Oficial del Estado”, Boletín Oficial de la provincia de Almería y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
d. Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.”
En su cumplimiento, esta Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental ha resuelto abrir un período de información pública de treinta (30) días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la fecha de la última publicación reglamentaria (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia de Almería y uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Almería) que lo será a los efectos de:
- – El artículo 12.6 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre. Las alegaciones que se reciban solamente se podrán tener en consideración si versan sobre la declaración de interés general de la carretera o sobre la concepción global de su trazado.
- – Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo es a los efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.
Los Proyectos de Construcción aprobados provisionalmente y la resolución de fecha 17 de abril de 2024, podrán ser examinados en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica, y en el tablón de anuncios físico y/o digital de los Ayuntamientos de Roquetas de Mar y Vícar. Además, se podrán consultar en las dependencias de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, sitas en la Avda. de Madrid, nº 7 (18071-Granada) y en las de la Unidad de Carreteras de Almería, sitas en Paseo de Almería, nº 41 (04071-Almería)
Los escritos formulando alegaciones, deberán dirigirse a esta Demarcación y podrán presentarse, de forma presencial, telemática, por correo o utilizando cualquiera de las modalidades previstas en el art. 16.4 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LAS OBRAS DE LOS PROYECTOS:
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