Información Pública correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa Por las obras del “Proyecto constructivo de electrificación de la línea Medina del Campo-Salamanca-Fuentes de Oñoro. Tramo Salamanca-Fuentes de Oñoro.
Expropiación forzosa en la provincia de Salamanca. Subestaciones y centros de autotransformación asociados, telemando de energía y líneas de alta tensión”.
Las fincas se encuentran situadas en los términos municipales de
Villamayor, Salamanca, Doñinos de Salamanca, Carrascal de Barregas, Galindo y Perahuy, Barbadillo, Calzada de Don Diego, Canillas de Abajo y Ciudad Rodrigo
Todas ellas en la provincia de Salamanca.
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, el 22 de diciembre de 2017, insta la incoación del expediente de expropiación forzosa
para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto, el cual ha sido debidamente aprobado con fecha, 28 de septiembre de 2017.
Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 38/2015 de 29 de septiembre del Sector Ferroviario,
Capítulo II sobre Planificación, Proyecto y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés general,
lo que implica, conforme a su art. 6.2, que la aprobación del proyecto referenciado en el encabezamiento del presente escrito conlleve
la declaración de utilidad pública y la urgencia de la ocupación a efectos de la expropiación forzosa
y la aplicación de los preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954
y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II, Capítulo II, de la vigente ley de Expropiación Forzosa
y en los concordantes del Reglamento para su aplicación, esta Secretaría General de Infraestructuras ha resuelto abrir
información pública
durante un plazo de 15 días hábiles, contados en la forma dispuesta en el artículo 17 del Reglamento de 26 de abril de 1957,
para que los titulares de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras de esta Expropiación forzosa en la provincia de Salamanca y todas las demás personas o entidades interesadas,
puedan formular por escrito ante este Departamento, las alegaciones que consideren oportunas,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación.
Se podrá consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en:
- los locales del Ministerio de Fomento, Secretaría General de Infraestructuras, División de Expropiaciones Ferroviarias, Paseo de la Castellana, 67; en Adif-Alta Velocidad, Avda. Pío XII, 110 (Caracola n.º 18);
- en los respectivos Ayuntamientos afectados,
- así como en las Subdelegaciones de Gobierno o Delegaciones del Gobierno, en su caso.
Del mismo modo se resuelve convocar a los propietarios de los bienes y derechos afectados,
al levantamiento de las actas previas a la ocupación en el lugar, días y horas que a continuación se indican.
NOTIFICACIÓN
Esta publicación servirá de notificación para los interesados desconocidos o,
de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
No obstante, se convocará a los interesados al acto del levantamiento de las actas previas, mediante citación individual.
Relación concreta e individualizada de los bienes y derechos.
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