EXPROPIACIÓN FORZOSA EN CILLORIGO DE LIÉBANA Y PEÑARRUBIA: Anuncio de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio del Gobierno de Cantabria, por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública, así como el estudio de impacto ambiental de la «L.A.T. 30 kV La Hermida-Ojedo 2»
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ANUNCIO PUBLICADO EN EL BOE
A los efectos previstos en los artículos 3, 8 y 10 del Decreto 6/2003, de 16 de enero («BOC» de 29 de enero de 2003), así como en lo previsto en los artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, además de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento, que resultan de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 24/2013, y los artículos 33 y 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental («Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre de 2013), se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública a efectos de la expropiación forzosa en Cillorigo de Liébana y Peñarrubia, así como el estudio de impacto ambiental para la construcción de la instalación eléctrica siguiente:
“L.A.T. 30 kV La Hermida-Ojedo 2”.
Peticionario: Viesgo Distribución Eléctrica, S.L:
Resumen del procedimiento de autorización del proyecto:
– El presente proyecto está sujeto a Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria para formulación de Declaración de Impacto Ambiental.
– El órgano que autoriza el proyecto es la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo.
– El órgano ante el que pueden presentarse alegaciones es la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo.
– Los órganos ante los que se puede obtener información son la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo así como la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social.
Finalidad de la instalación: La ejecución de las instalaciones objeto del presente Proyecto se debe a la necesidad de mejorar la Red de distribución propiedad de Viesgo Distribución Eléctrica S.L. en el área de influencia de la Subestación de Ojedo (municipios de Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Peñarrubia, Pesaguero, Potes y Vega de Liébana), mediante la conexión de la Subestación Eléctrica de Ojedo a la Subestación de La Hermida, a través de un nuevo Circuito Eléctrico de alimentación a 30 kV, garantizando así un adecuado servicio, con las suficientes garantías de continuidad, calidad y seguridad de suministro en la zona, reduciendo la duración de los cortes de suministro en futuras incidencias.
Características principales:
SE INCLUYEN EN EL TEXTO LAS CARACTERÍSTICAS DE CADA UNO DE LOS TRAMOS
Lugar donde se va a establecer la instalación: Las actuaciones incluidas en el presente Proyecto de Ejecución, tienen su inicio en La Hermida, y final en Ojedo. La actuaciones tienen lugar en las proximidades de las localidades de Caldas, Linares, Navedo, Roza y Cicera en el Término Municipal de Peñarrubia, y de las localidades de Lebeña, Allende, Cabañes, Pendes, Castro Cillorigo, Armaño y Ojedo en el Término Municipal de Cillorigo de Liébana, ambos en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
El estudio de impacto ambiental denominado “Proyecto de construcción de la L.A.T. 30 kV La Hermida-Ojedo 2” se ha realizado de manera conjunta para tres proyectos que se tramitan en esta Dirección General de manera independiente y que se someten a información publica simultáneamente:
– “L.A.T. 30 kV La Hermida-Ojedo 2”. (AT-96-17).
– “Subestación La Hermida 132/30/12 kV. Reforma sistema 30 kV”. (AT-97-18).
– “Subestación Ojedo 30/12 kV. Ampliación del sistema de 30 kV. Nueva posición de línea La Hermida” (AT-98-17).
Lo que se hace público para conocimiento general, por un periodo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, al objeto de que puedan examinarse, en la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, Servicio de Energía, calle Albert Einstein, nº 2, (edificio del Gobierno de Cantabria en el PCTCAN), el proyecto básico y el estudio de impacto ambiental. Así mismo podrán consultarse en la página web del Gobierno de Cantabria: www.dgicc.cantabria.es y formular, en su caso, las alegaciones que estimen oportunas por la expropiación forzosa en Cillorigo de Liébana y Peñarrubia.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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