Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de 30 de Mayo de 2013, la convocatoria del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación por expropiación forzosa para emisario en la provincia de León, en los municipios de Valverde de la Virgen y Santovenia de la Valdoncina, incluyéndose la relación de los bienes y derechos afectados por el proyecto denominado “Emisario de la Virgen del Camino a la EDAR de León y su Alfoz” (Clave. CS/2011/07).
De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por la Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la Ley 21/2002, de 27 de Diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, al amparo de la cual se aprueba el proyecto de ejecución el 27 de Febrero de 2013, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.
De acuerdo con el anuncio publicado, el levantamiento de las actas se llevará a cabo en las dependencias de cada uno de los Ayuntamientos donde se encuentran las fincas afectadas:
- Ayuntamiento de Valverde la la Virgen los días 17 y 18 de junio de 2013. (de 09.00 a 14.00 horas y de 16.00 a 18:30 horas).
- Ayuntamiento de Santovenia de la Valdoncina los días 19, 20 y 21 de julio de 2013, en horario similar al anterior.
Las parcelas rústicas afectadas están dedicadas a todo tipo de aprovechamientos, debido a lo extenso de la zona donde se producen las afecciones, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa para emisario en la provincia de León.
Las principales afecciones causadas por la expropiación forzosa para emisario en la provincia de León o conducción subterránea son las servidumbres con las que quedan grabadas las fincas para siempre.
Tengo que felicitar expresamente al Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, por la publicación en el propio anuncio de las afecciones concretas que sufrirán los afectados, especialmente en el caso de la servidumbres. De esta manera, aquellos que revisen exhaustivamente las situación en la que quedarán parte de los terrenos de su finca, podrán determinar cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones, de forma que la preparación de la relación de bienes y derechos afectados se pueda realizar con una mayor seguridad.
Asimismo, se contempla en el proyecto la ocupación temporal de pequeñas porciones de terreno, que deberán ser revisadas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de la explotación agraria. También recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación de la Administración es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.
Para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas, como ya es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación forzosa para gasoducto, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. En este caso, el tipo de proyecto suele producir afecciones de reducida dimensión, pero que es necesario situar y revisar concienzudamente por si afectan a alguna infraestructura de la explotación agraria.
Por último, recomendar que, ante cualquier duda en las afecciones sobre nuestro predio, solicitemos durante el procedimiento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, la visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración, en el que podamos consensuar los daños que se producirán, a efectos de una correcta valoración.
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Agradecimientos: Mapa en wikipedia
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