Resolución de la Delegación del Gobierno en la comunidad autónoma del País Vasco por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por la construcción de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, “Güeñes – Itsaso”.
Mediante Resolución de fecha 29 de noviembre de 2018, de la Secretaria de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica se procede a publicar en el Boletín Oficial del Estado de fecha 26 de diciembre de 2018, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre de 2018, por el que se otorga a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, autorización administrativa de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, la línea aérea de Transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, denominada “Güeñes – Itsaso”, en las provincias de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa.
Dicha Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de Diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, lleva implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la Urgente Ocupación de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, a los efectos del Artículo 52 de la Ley, de fecha 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución del artículo 150 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y del referido Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente para que el día y hora que en la misma se expresa, comparezcan en el Ayuntamiento donde radican las finca afectadas, como punto de reunión, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación.
A dicho acto deberán asistir por sí mismos o representados por persona debidamente autorizada, aportando el documento nacional de identidad, los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de perito o notario, si lo estiman oportuno.
De acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, los titulares y demás interesados podrán formular por duplicado, ante el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Álava, sita en la calle Olaguibel, 1 – 01071 Vitoria-Gasteiz, cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos que se afectan al citado fin.
Las características y demás datos de las afecciones y convocatoria son las que figuran en la relación adjunta, con independencia de la notificación por cédula, que en los mismos términos, se practica a los afectados.
En el expediente expropiatorio, “Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima”, asume la condición de Entidad Beneficiaria.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Anexo.
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