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  • Expropiaciones en las provincias de Granada y Jaén para línea eléctrica de 400kV

    Expropiaciones en las provincias de Granada y Jaén para línea eléctrica de 400kV

    Resolución de la Delegación del Gobierno en Andalucía por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, Baza-Caparacena, en la provincia de Granada, con afección al término municipal de Pozo Alcón, en la provincia de Jaénpor Expropiaciones en las provincias de Granada y Jaén.

    Expropiaciones en las provincias de Granada y Jaén

    Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica de 6 de mayo de 2019 (Boletín Oficial del Estado número 120, de 20 de mayo de 2019), fue declarada, en concreto, de utilidad pública la instalación de referencia. Dicha declaración, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos por las Expropiaciones en las provincias de Granada y Jaén, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

    En cumplimiento del citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los propietarios y titulares de los bienes afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña como anexo a la presente Resolución para que en el día, lugar y hora que en la misma se expresa comparezcan en los Ayuntamientos de los distintos municipios afectados que se citan a continuación, como punto de reunión, al objeto de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.

    El levantamiento de Actas tendrá lugar

    Expropiaciones en las provincias de Granada y Jaén
    • los días 23, 24 y 25 de septiembre de 2019 en Cortes de Baza;
    • el día 26 de septiembre de 2019 en Baza;
    • el día 27 de septiembre de 2019 en Benamaurel;
    • los días 30 de septiembre de 2019 y 1 y 2 de octubre de 2019 en Pedro Martínez,
    • los días 3 y 4 de octubre de 2019 en Villanueva de Torres,
    • los días 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15 y 16 de octubre de 2019 en Cuevas del Campo;
    • el día 16 de octubre de 2019 en Zújar;
    • el día 17 de octubre de 2019 en Dehesas de Guadix,
    • el día 17 de octubre de 2019 en Pozo Alcón (Jaén)
    • , los días 21, 22 y 23 de octubre de 2019 en Guadahortuna;
    • el día 24 de octubre de 2019 en Deifontes;
    • el día 25 de octubre de 2019 en Alamedilla;
    • los días 28 y 29 de octubre de 2019 en Domingo Pérez;
    • los días 30 y 31 de octubre de 2019 y 4 de noviembre de 2019 en Iznalloz;
    • el día 5 y 6 de noviembre de 2019 en Colomera;
    • el día 6 de noviembre de 2019 en Albolote;
    • el día 7 de noviembre de 2019 en Atarfe y Pinos Puente,
    • el día 8 de noviembre de 2019 en Piñar
    • y el día 12 de noviembre de 2019 en Moclin.

    Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple o en su defecto Escritura pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.

    De acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa los titulares y demás interesados podrán formular, por duplicado, ante el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada, sita en calle Faisán, 2-1º (CP 18014), cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos afectados por imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica con el alcance y efectos previstos en el artículo 57 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico.

    Las características y demás datos de las afecciones y convocatoria son las que figuran en el anexo adjunto, con independencia de la notificación, por cédula, que en los mismos términos se practica a los afectados. Asimismo, la relación de titulares convocados figura en el tablón de edictos de los Ayuntamientos señalados.

    La presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular o domicilio desconocidos o aquéllos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.

    En el expediente expropiatorio “Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal” asume la condición de entidad beneficiaria.

    Anexo

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