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  • Expropiaciones en Cáceres para la construcción de una instalación fotovoltáica

    Expropiaciones en Cáceres para la construcción de una instalación fotovoltáica

    ANUNCIO de 12 de diciembre de 2019 por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y la solicitud de reconocimiento de utilidad pública, correspondientes a la instalación fotovoltaica “Cáceres 2020”,

    ubicada en el término municipal de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/28/19. 

    A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,

    se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de reconocimiento de utilidad pública correspon- diente a la instalación fotovoltaica “Cáceres 2020”, ubicada en el término municipal de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, promovido por Alter Enersun Cáceres Uno, SLU.

    Asimismo, se publica como anexo a este anuncio, la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.

    Datos del proyecto:

    — Titular de la solicitud: Alter Enersun Cáceres Uno, SLU, con CIF B-06751804 y con domicilio social en Paseo Fluvial n.o 15, 1.a planta, 06011 Badajoz (Badajoz).

    Expropiaciones en Cáceres para la construcción de una instalación fotovoltáica

    — Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 18, parcelas 1, 501, del término municipal de Cáceres.

    — Referencia catastrales: 10900A018000010000MR Y 10900A018005010000MQ, respectivamente.

    — Características de la instalación:

    Nombre de la instalación: Planta solar fotovoltaica “Cáceres 2020”.

    • Instalación solar fotovoltaica de 49,89 MWp de potencia instalada y 40,90 MW de potencia nominal, compuesta por 127.932 módulos fotovoltaicos de 390 Wp, monta- dos sobre sistema de seguimiento solar horizontal a un eje y 12 inversores de 3.510 kVA, limitados por software a 3.408,3 kVA.

    El sistema se compone de 1.523 segui- dores constituidos por 84 módulos por seguidor. Los módulos fotovoltaicos se asociarán en serie de 28 paneles.

    La instalación se subdivide en 6 campos solares, 4 de ellos con una potencia de 8.321,04 kWp, 1 con una potencia de 8.310,12 kWp y 1 con una potencia de 8.299,20 kWp.

    A su vez existen 6 centros de transformación, uno por cada campo solar, interconectados mediante circuito subterráneo con cable tipo RHZ1 de 150 mm2 Al 18/30 kV a 240 mm2, y conectados a su vez con la ST “Cáceres 2020”, alimentados por dos inversores, uno por cada transformador, y contarán con 2 celdas de protección de posición de trafo, 2 celdas de salida de línea.

    • Subestación transformadora elevadora 30/220 kV, denominada SET elevadora “Cáceres 2020”, ubicada en el polígono 18, parcela 1 del término municipal de Cáceres formada por:

    Parque intemperie, donde se instalarán los sistemas y equipos de 220 kV, contando con un transformador principal de 30/220 kV, 120 MVA, con refrigeración ONON- ONAF.

    Parque de 30 kV, con tecnología cabinas SF6, 1 posición transformador de 30 kV, 8 posiciones de línea y 1 posición de servicios auxiliares.

    • Línea de evacuación aérea a 220 kV, con conductor aluminio-acero galvanizado de sección 381,5 mm2, y 2.487 metros de longitud, con origen en el pórtico de la SE “Cáceres 2020” y final en el pórtico de entrada de la subestación colectora “SE Casar”

    (objeto de otro proyecto, expediente AIE 108/2019, que incluye la infraestructura de evacuación compartida con otras instalaciones de producción hasta la futura subestación transformadora “SE Arenales 220 kV”, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU).

    Recorrido de la línea: Polígono 18, parcelas 1, 9001, 4, 9011, 542, 3, 10021, 9552, 21, 9003 y 22 del término municipal de Cáceres.

    Coordenadas UTM (Sistema Referencia ETRS 89-Huso 29), apoyos recorrido aéreo:

    APOYO N.oCOORDENADA XCOORDENADA Y
    1720048,534377958,25
    2720362,614377901,47
    3720546,354377713,14
    4720731,114377523,77
    5720759,974377219,38
    6720788,294376920,72
    7720914,714376586,02
    8721030,174376280,32
    97212634376019

    — Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 20.657.500,89 €.

    — Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.

    Lo que se hace público a los efectos oportunos y para el general conocimiento, pudiendo ser examinada la documentación presentada en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,

    perteneciente a la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, sita en Paseo de Roma, s/n, Módulo D, 1.a planta, 06800 Mérida, en horario de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes laborables y formularse al mismo tiempo las alegaciones que se estimen oportunas,

    que deberán dirigirse al citado Organismo, concediéndose al efecto un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.

    Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, solo a los efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

    La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,

    llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

    Mérida, 12 de diciembre de 2019. El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ.

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  • Más expropiaciones en Cáceres por obras de La Ronda Sur-Este

    Más expropiaciones en Cáceres por obras de La Ronda Sur-Este

    RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2019, de la Secretaría General,

    por la que se cita a los interesados para el levantamiento de actas previas a la ocupación en el expediente de expropiación forzosa de terrenos para la obra de

    “Ronda Sur-Este de Cáceres. Modificado n.o 1”.

    Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Ronda Sur-Este de Cáceres. Modificado n.o 1”,

    por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de septiembre de 2017, ha de procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

    En consecuencia esta Consejería ha resuelto convocar a los propietarios de los terrenos titulares de derecho que figuran en la relación que a continuación se expresa, los días y horas que se señalan.

    A dicho fin deberán asistir los interesados personalmente o bien representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre,

    expropiaciones en Cáceres por obras de La Ronda

    aportando los documentos acreditativos de su titularidad, sin cuya presentación no se les tendrá por parte, el último recibo del IBI o certificación registral, pudiéndose acompañar, y a su costa, si así les conviene, de Perito o Notario.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados,

    así como los que siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir, o se crean omitidos en la relación antes aludida,

    podrán formular ante esta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda en Mérida, avda. de las Comunidades, s/n., por escrito,

    hasta el día señalado para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación,

    las alegaciones que consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan podido tener lugar al rela- cionar los bienes y derechos afectados.

    La presente resolución será objeto igualmente de publicación en el BOE a efectos de dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

    en cuanto a la existencia de posibles titulares desconocidos o de ignorado paradero.

    Mérida, 7 de noviembre de 2019.

    La Secretaria General, PD de la Consejera, Resolución de 31 de julio de 2019 (DOE n.o 153, de 8 de agosto), MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ

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  • Aprobado el proyecto del Tramo “A66  a Río Ayuela” de la Autovía A58 Trujillo Cáceres Badajoz y sus expropiaciones

    Aprobado el proyecto del Tramo “A66 a Río Ayuela” de la Autovía A58 Trujillo Cáceres Badajoz y sus expropiaciones

    Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura por el que se publica la Resolución del Ministerio de Fomento en la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Construcción “Autovía A-58 Trujillo-Cáceres-Badajoz. Tramo A-66 – Río Ayuela”. Provincia de Cáceres. Clave: 12-CC-3590. Autovía A58 Trujillo Cáceres Badajoz y sus expropiaciones

    Autovía A58 Trujillo Cáceres Badajoz y sus expropiaciones


    Publi: Sidi (HISPANICA).

    Con fecha de 16 de septiembre de 2019 la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del expediente de información pública y definitiva del proyecto de construcción “Autovía A-58 Trujillo-Cáceres-Badajoz. Tramo A-66 – Río Ayuela”, aprobado provisionalmente mediante resolución de 19 de junio de 2019 (B.O.E. de 24 de junio).

    Autovía A58 Trujillo Cáceres Badajoz y sus expropiaciones

    En base dicha propuesta, y en uso de la competencia establecida en la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, modificada por la Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio, con fecha de 17 de septiembre de 2019 el Ministro de Fomento, por delegación, el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda RESUELVE:

    1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción “Autovía A-58 Trujillo-Cáceres-Badajoz. Tramo A-66 – Río Ayuela”, por un presupuesto base de licitación de 61.415.199,35 euros, que no incluye la cantidad de 12.897.191,86 euros en concepto de I.V.A. (21 %), con las siguientes prescripciones a cumplimentar durante la fase de construcción:

    1.1. Durante la tramitación del expediente de expropiación se corregirán los datos de titularidad de las parcelas aportados durante el trámite de información pública. Asimismo, durante la valoración del justiprecio se tendrán en cuenta las indemnizaciones que correspondan por afecciones a cerramientos, infraestructuras e instalaciones, así como por la partición de las fincas, de acuerdo con la información aportada en el trámite de información pública.

    Expropiaciones forzosas de fincas RUSTICAS. GUIA BASICA
    LA GUIA QUE TRIUNFA ENTRE AFECTADOS POR EXPROPIACIONES

    1.2. En base a la Orden circular 1/2019 sobre aplicación de los Eurocódigos a los proyectos de carreteras, se comprobarán las estructuras del proyecto, incluyendo las pantallas acústicas, de acuerdo con los Eurocódigos Estructurales.

    Se deberá completar la definición de la armadura activa y pasiva de los tableros de hormigón pretensado postesos.

    También se comprobará la compatibilidad de los bordes de las estructuras en cuanto a espacio, canto y armado con las del pretil homologado que finalmente se disponga en cada una de ellas.

    En el caso del viaducto 6.8 sobre el río Salor, calzada izquierda, y en coordinación con el estudio de visibilidad de parada, deberá aclararse la anchura del arcén izquierdo.

    1.3. Una vez se tenga acceso completo a la traza de la autovía y en particular a la ubicación de los apoyos de las estructuras, deberán realizarse las campañas geotécnicas complementarias previstas en el proyecto, revisar las consideraciones de los anejos de geotecnia del corredor y estructuras con la nueva información aportada y, en caso de ser necesario, adaptar las cimentaciones de estructuras o las características de las obras de sostenimiento proyectadas.

    1.4. Se tendrá en cuenta la configuración de la avenida de la Constitución, adaptando el diseño de la remodelación glorieta de Aldea Moret a las circunstancias actuales y realizando las tramitaciones administrativas oportunas.

    1.5. Se comprobará la visibilidad del trazado de acuerdo con la norma 3.1 IC de trazado aprobada por la Orden FOM/273/2016, incluyendo el tronco de la autovía, la conexión del final del tramo de autovía con la carretera N-523/EX-100, la reposición de la carretera N-523/EX-100 y los ramales del enlace de la autovía A-58 con la autovía A-66, para lo que se tomará en consideración la disposición de los sistemas de contención homologados que finalmente se implanten.

    1.6. Se analizará la posibilidad de incluir una intersección para dotar de continuidad a la carretera N-523/EX-100 pasada la conexión final de este tramo de autovía A-58 con dicha carretera, realizando las tramitaciones administrativas oportunas.

    1.7. Se estudiarán las afecciones al tráfico y las soluciones y medidas de señalización y balizamiento para compatibilizar las obras de la autovía con la circulación en los viales existentes en puntos como la glorieta de Aldea Moret, el enlace de la autovía A-58 con la autovía A-66 o la glorieta que conecta el enlace de nº2 (Salor) con la carretera N-523/EX-100.

    1.8. Una vez se disponga de información topográfica precisa de los emplazamientos de las obras de drenaje transversal y del viaducto sobre el río Salor, y antes de proceder a su construcción, se comprobarán los cálculos de drenaje y se recabará la conformidad de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

    1.9. Se deberá proseguir la tramitación de los proyectos de reposición de servicios, de acuerdo con lo dispuesto en la “Circular sobre modificación de servicios en los Proyectos de Obras” de 7 de marzo de 1994.

    1.10. Se considerará la posibilidad de eliminar las bermas de 2 m de anchura dispuestas en varios taludes de desmonte para hacerlos más tendidos o su ampliación de anchura y redistribución en altura para permitir el paso de maquinaria de mantenimiento.

    1.11. Se estudiará la reubicación del paso de mediana situado en el PK 6+740 para facilitar la implantación de los sistemas de contención de vehículos.

    1.12. Se deberá revisar el proyecto de señalización, especialmente en lo que se refiere al enlace de la A-58 con la autovía A-66.

    1.13. Se asegurará el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que sean de aplicación a las correspondientes áreas acústicas.

    1.14. El documento final de obra del tramo deberá recoger la cartografía del proyecto en el sistema de referencia geodésico ETRS89.

    2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura notifique la presente resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.

    3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

    4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura la incoación del expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre.

    De acuerdo con la Resolución de aprobación provisional de 19 de junio de 2019 (B.O.E. de 24 de junio de 2019), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, el trámite realizado tiene el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.

    En consecuencia, la presente aprobación definitiva implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2 de la vigente Ley 37/2015, de Carreteras, y en la Ley de 16 de diciembre de 1954, Ley de Expropiación Forzosa.

    La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el “Boletín Oficial del Estado”, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

    Badajoz, 23 de septiembre de 2019.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, J. Fernando Pedrazo Majárrez.

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  • Expropiaciones en Cáceres por la construcción de la Autovía A-58 Cáceres-Badajoz

    Expropiaciones en Cáceres por la construcción de la Autovía A-58 Cáceres-Badajoz

    Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura por el que se publica la Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación de expediente de información pública del Proyecto de Construcción “Autovía A-58 TRUJILLO-CÁCERES-BADAJOZ. Tramo A-66 – Río Ayuela”. Provincia de Cáceres. Clave: 12-CC-3590.

    En fecha 19 de junio de 2019 el Director General de Carreteras, en uso de las competencias establecidas en el artículo 32 del vigente Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real decreto 1812/1994, de 2 de septiembre,

    RESUELVE

    1. Aprobar provisionalmente el Proyecto de Construcción “Autovía A-58 Trujillo-Cáceres-Badajoz. Tramo A-66-Río Ayuela”, de clave 12-CC-3590, redactado con fecha mayo de 2019, con un Presupuesto Base de Licitación estimado de 58.836.010,83 euros, que no incluye la cantidad de 12.355.562,27 euros en concepto de IVA (21 %).

    2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.

    3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, se proceda a incoar el expediente de Información Pública del citado Proyecto, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento de cuanto establecen los los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.

    El plazo de información pública será de veinte (20) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.

    Expropiaciones en Cáceres por la construcción de la Autovía A-58 Cáceres-Badajoz

    4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, sea publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).

    5. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Fomento, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Es por ello que, en virtud de dicha Resolución y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y con los artículos 32, 33 y 34 del Reglamento General de Carreteras aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre (BOE n.º 228, de 23 de septiembre), se somete el mismo a Información Pública por un período de VEINTE días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado; Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en un diario de gran circulación en dicha provincia). Asimismo se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cáceres.

    Durante el plazo indicado el Proyecto y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, sita en la Avenida de Europa, n.º 1 – 8.ª planta. CP: 06071 BADAJOZ; Unidad de Carretera de Cáceres, sita en Avenida Ruta de la Plata, n.º 13, CP: 10071 CÁCERES, así como en la sede electrónica del Ministerio de Fomento https://www.fomento.es/el-ministerio/participacion-publica a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y /u observaciones que consideren oportunas.

    RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

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  • Expropiaciones en la provincia de Cáceres para construcción de una nueva línea eléctrica

    Expropiaciones en la provincia de Cáceres para construcción de una nueva línea eléctrica

    ANUNCIO de 20 de agosto de 2018 por el que se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, del proyecto y el estudio de impacto ambiental de “Ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, doble circuito, “Los Arenales-José María Oriol (nuevo parque)””, en la provincia de Cáceres. Expte.: AT-9071



     

    A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,

    así como para dar cumplimiento al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y al artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

    se someten a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, junto con la documentación técnica correspondiente, el estudio de impacto ambiental del proyecto de ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, doble circuito, “Los Arenales-José María Oriol (nuevo parque)”, en la provincia de Cáceres.

    Asimismo, se publica como anexo a este anuncio, la relación concreta e individualizada de los interesados y bienes afectados en base a la documentación aportada por el titular de la instalación.

    El proyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria por encontrarse incluido dentro del anexo IV, grupo 3, epígrafe g) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    El órgano sustantivo para resolver sobre la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras. Asimismo, el órgano competente para formular la declaración de impacto ambiental, es la Secretaría General de Desarrollo Rural y Territorio de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, avda. Luis Ramallo, s/n., en Mérida.

    Características de la instalación:Expropiaciones en la provincia de Cáceres para construcción de una nueva línea eléctrica

    Linea aérea de alta tensión:

    L/220 kV “Los Arenales-José María Oriol (nuevo parque)”.

    — Inicio: Pórtico de la futura SE “Los Arenales”.

    — Fin: Pórtico a instalar en la SE “José María Oriol (nuevo parque)”.

    Longitud total de línea: 49,828 km.

    Tipo de línea: Aérea doble circuito (inicialmente se tenderá un solo circuito).

    Tensión de servicio : 220 kV.

    Tipo de conductor:

    — Conductor de fase (tres fases): Duplex AL/AW CONDOR, por circuito, de sección total 454,5 mm2.

    — Cable compuesto tierra-óptico: OPGW-TIPO1-17kA-15.3, de sección total 119 mm2.

    — Cable de tierra convencional: ALUMOWELD 7n7, de sección total 73,9 mm2.

    Apoyos:

    — Tipo: Torres metálicas de celosía.

    — No total de apoyos : 134.

    Aislamiento:

    — Cadenas de aisladores de vidrio templado, del tipo Caperuza-vástago (U 160 BS).

    Emplazamiento: Parcelas públicas y privadas según relación de propietarios, bienes y derechos afectados, en los términos municipales de Cáceres, Casar de Cáceres, Arroyo de la Luz, Navas del Madroño, Brozas, Villa del Rey, Mata de Alcántara y Alcántara.

    Finalidad de la instalación: Planificación energética: Plan de desarrollo de la red de transpor- te de energía eléctrica 2015-2020.

    Lo que se hace público a los efectos oportunos y para el general conocimiento, pudiendo ser examinada la documentación presentada en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres de la Dirección General de Industria, Energía y Minas,

    perteneciente a la Consejería Economía e Infraestructuras, sita en avenida Miguel Primo de Rivera, s/n., Edificio Múltiple, 3.a planta en Cáceres, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes laborables, y formularse al mismo tiempo las alegaciones que se estimen oportunas, que deberán dirigirse al citado organismo, conce- diéndose al efecto un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.

    Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, a los solos efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 161 en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

    La declaración en concreto de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del Artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

    Cáceres, 20 de agosto de 2018. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Cáceres, PS El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz (Resolución de 26 de junio de 2018), JUAN CARLOS BUENO RECIO.

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