Etiqueta: gasoducto

  • Más de 1800 fincas afectadas por Expropiación Forzosa para gasoducto Ramal a la Mariña Lucense

    Hoy traigo al blog de Guía de Expropiaciones, un importante anuncio para que los afectados por la Expropiación Forzosa para gasoducto Ramal a la Mariña Lucense, reviséis el proyecto, y preparéis las actas previas a la ocupación en relación a las afecciones en vuestras fincas.

    La Delegación del Gobierno en Galicia ha convocado Actas Previas por expropiación forzosa para gasoducto Ramal a la Mariña Lucense, derivadas del proyecto “Ramal a la Mariña Lucense” y sus instalaciones auxiliares, de acuerdo con el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado de 17 de Septiembre de 2.013, en el que se incluye la relación de bienes y derechos afectados. Los terrenos a expropiar se encuentran situados en los municipios de Ribadeo, Barreiros, Foz, Burela, Cervo, Xove y Viveiro (Lugo).

    Expropiación Forzosa para gasoducto Ramal a la Mariña Lucense
    Viviero es uno de los municipios afectados

    Según la información contenida en el anuncio publicado, firmado por el Delegado del Gobierno en Galicia, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en los artículos 101 y 102 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, por el que se aprueba el proyecto, y por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.

    Los titulares podréis formular cuantas alegaciones estimen oportunas, por duplicado, ante el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en A Coruña, sita en la C/ Durán Lóriga, nº 9 – 5º, 15071 A Coruña,  a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes y derechos afectados, ya que el proyecto es definitivo.

    La entidad beneficiaria de las expropiaciones es la empresa “Gas Natural Transporte SDG, S.L.”. Sobre la influencia que puede tener para los afectados el que sea una empresa privada la beneficiaria de las expropiaciones he escrito recientemente un artículo.

    Según el anuncio publicado, el levantamiento de las actas se llevará a cabo en las dependencias de cada uno de los ayuntamientos afectados, de acuerdo con el siguiente calendario:

    Las parcelas rústicas afectadas son muy numerosas, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa para el levantamiento de las Actas Previas por expropiación forzosa para gasoducto Ramal a la Mariña Lucense. Las superficies afectadas no son muy extensas, aunque siempre es de gran importancia la correcta preparación de la relación de bienes y derechos afectados, en previsión de la mejor valoración del justiprecio de la explotación agraria y sus instalaciones, plantaciones e indemnizaciones por expropiación forzosa.

    Las fincas afectadas dedicadas a todo tipo de cultivos, dado lo numeroso de las fincas afectadas. En la relación de bienes y derechos afectados por expropiación forzosa para gasoducto Ramal a la Mariña Lucense hemos encontrado monte alto, praderas, eucaliptal, pinares, labor de secano, labor de regadío, etc .

    En este caso se producirá en la mayor parte de los casos la ocupación temporal de pequeñas porciones de terreno, que deberán ser revisadas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de la explotación agraria. También recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación de la Administración es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.

    Recomiendo a todos los afectados que revisen exhaustivamente las servidumbres que quedarán en su finca al servicio de Gas Natural Transporte SDG, S.L., y que aclaren perfectamente y caso por caso, cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones.

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    Foto: agradecimientos a Lala Lugo en wikipedia.

  • Convocadas Actas Previas a la Ocupación del gasoducto Arévalo Sanchidrián

    El pasado 30 de Mayo anunciamos la publicación de la relación de afectados por expropiación forzosa para el gasoducto Arévalo Sanchidrián, en el Boletín Oficial de Castilla León de 30 de Mayo de 2013. Hoy 1 de Julio de 2013 se ha publicado la convocatoria para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación del gasoducto Arévalo Sanchidrián, en las fincas pertenecientes a la provincia de Ávila. (Boletín Oficial de Castilla y León de 1 de Julio de 2013).

    El levantamiento de las actas previas a la ocupación del gasoducto Arévalo Sanchidrián,  tendrán lugar en las dependencias de los ayuntamientos donde se encuentren ubicadas las fincas afectadas, y las fechas de cada una de ellas son las siguientes:

    • Arévalo, 16 de Julio

      Espinosa de los Caballeros
      Espinosa de los Caballeros
    • Espinosa de los Caballeros, 18 de Julio
    • Orbita y Gutierre Muñoz, 23 de Julio
    • Adanero, 25 y 30 de Julio
    • Sanchidrián, el 30 de Julio

    La empresa beneficiaria es “Transportista Regional del Gas, S.A.”, que es quién debe hacer frente al pago de los justiprecios.

    Como ya mencioné en la anterior entrada sobre el gasoducto Arévalo Sanchidrián, las parcelas rústicas afectadas están dedicadas a todo tipo de aprovechamientos, debido a lo extenso de la zona donde se producen las afecciones, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa por el gasoducto Arévalo Sanchidrián.

    En relación con la preparación de los afectados del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación del gasoducto Arévalo Sanchidrián, he publicado recientemente una entrada del blog que puedes encontrar aquí, donde doy algunas recomendaciones que te pueden ser de mucha utilidad para la correcta realización de este trámite, que es fundamental en el expediente de expropiación forzosa.

    Para asegurarse de la correcta valoración de los justiprecios e indemnizaciones correspondientes a a los terrenos e infraestructuras existentes en las fincas, como ya es habitual en este blog, recomiendo a todos los propietarios afectados por la expropiación forzosa para gasoducto, preparar correctamente la relación de los bienes y derechos con anterioridad al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. En este caso, el tipo de proyecto suele producir afecciones de reducida dimensión, pero que es necesario situar y revisar concienzudamente por si afectan a alguna infraestructura de la explotación agraria. Debo insistir en que, ante cualquier duda en las afecciones sobre nuestro predio, solicitemos durante el procedimiento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, la visita a la finca acompañados del perito representante de la Administración, en el que podamos consensuar los daños que se producirán, a efectos de una correcta valoración.

    Si quieres saber todo lo que ocurre en un expediente de expropiación forzosa, no dudes en comprar mi libro, Guía de Expropiaciones.

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    Actualización: el 3 de Julio de 2013 se ha convocado el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación del gasoducto Arévalo Sanchidrián, en el Término Municipal de  Martín Muñoz de la Dehesa, en la provincia de Segovia, que tendrán lugar el día 29 de Julio.

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    Agradecimientos: Foto por “Rastrojo” en wikipedia

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  • Cientos de afectados por expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca

    En  efecto, se ha publicado la relación de afectados por expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca. En el Boletín Oficial del Estado de 20 de Junio de 2013, ha sido publicada las características del proyecto y la relación de los afectados por expropiación forzosa para la “construcción de las instalaciones del gasoducto de transporte secundario de gas natural denominado “Gasoducto de transporte primario Cas Tresorer – Manacor – Felanitx y de sus instalaciones auxiliares“, en varios municipios de la isla de Mallorca.

    Se trata de un anuncio de Información pública, para que los afectados e interesados puedan consultar el proyecto, las afecciones y ejercer su derecho a realizar alegaciones. Voy a explicar las características del proyecto, y plantear algunas recomendaciones para los afectados de este proyecto o similares.

    El proyecto de construcción afecta a fincas situadas en los siguientes municipios:

    • Palma de Mallorca,

      Santuario de San Salvador en Fenalitx
      Santuario de San Salvador en Fenalitx
    • Algaida,
    • Montuiri,
    • Sant Joan,
    • Vilafranca de Bonany,
    • Manacor,
    • y Fenalitx.

    La empresa beneficiaria es  “Endesa Gas Transportista S.L.”

    De acuerdo con el anuncio publicado, firmado por el Director del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares, las expropiaciones se llevarán a cabo por el trámite del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ya que la Ley 34/1998, de 7 de Octubre, del Sector de Hidrocarburos por la que se aprueba el proyecto de ejecución, declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras.

    Nuevamente encuentro un anuncio bastante completo, en el que se han especificado en el propio anuncio las afecciones concretas que sufrirán los afectados, especialmente en el caso de las servidumbres. De esta manera, aquellos que revisen exhaustivamente las situación en la que quedarán parte de los terrenos de su finca, podrán determinar cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones, de forma que la preparación de la relación de bienes y derechos afectados se pueda realizar con una mayor seguridad. Por otra parte, la publicación de estas afecciones por servidumbre, favorece la seguridad jurídica de los afectados, que sabrán exactamente cuáles son sus obligaciones con respecto a la empresa beneficiaria.

    Las parcelas rústicas afectadas están dedicadas a todo tipo de aprovechamientos, debido a lo extenso de la zona donde se producen las afecciones, según se desprende de la relación de bienes y derechos publicada de afecciones por expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca.

    Recomiendo a todos los afectados que revisen exhaustivamente las servidumbres que quedarán en su finca al servicio de Endesa Gas Transportista, S.L., y que aclaren perfectamente y caso por caso, cómo afectarán estas servidumbres a las infraestructuras existentes en las fincas, así como a las futuras inversiones o mejoras que puedan necesitar las explotaciones.

    Asimismo, se contempla en el proyecto la ocupación temporal de terrenos, en algunos casos bastante extensa, que deberán ser revisadas para comprobar si afectan de alguna forma importante a las instalaciones de la explotación agraria. También recomiendo la realización de un seguimiento de estas ocupaciones, ya que la obligación de la empresa beneficiaria es la dejar los terrenos en el mismo estado en el que los encontraron.

    Según el anuncio publicado, el proyecto publicado NO es definitivo, por lo que se abre un plazo para la realización el trámite de Información pública, en el que se pueden presentar alegaciones a expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca, según el contenido del proyecto.

    La relación individualizada de bienes y derechos, así como los datos y planos del proyecto, se expondrá al público durante treinta días, a partir del día 21 de Junio, para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación u “oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación“.

    En efecto, la Ley de Expropiación Forzosa ampara las alegaciones que se realicen a la ocupación de una finca. Concretamente, en su artículo 19 dice que “cualquier persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada y oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin que se persigue.” En relación a las alegaciones a los proyectos de expropiación escribí hace unos días un artículo que puedes encontrar aquí.

    La exposición pública se llevará a cabo en las dependencias en la Dirección del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno, sita en Palma de Mallorca, o la relación de afectados y los planos parcelarios en los Ayutnamientos donde se encuentran los terrenos afectados: Ayuntamientos de Palma, Montuiri, Villafranca de Bonany, Manacor, y Felanitx. Durante este periodo, todo aquél que se considere afectado podrá realizar alegaciones a expropiación forzosa para gasoducto en Mallorca, de cualquier tipo a dicho proyecto, tanto las que sean para corregir errores, como las que pretendan oponerse o modificar el proyecto.

     

     

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    Agradecimientos: Foto por “Diba”

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