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  • Expropiaciones para parque eólico en Mondoñedo, A Pastoriza y Riotorto

    Expropiaciones para parque eólico en Mondoñedo, A Pastoriza y Riotorto

    RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2018, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se anuncia convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto del parque eólico de A Pastoriza (expediente LU-11/123-EOL).



     

    Por Resolución de 13 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Energía y Minas, se hace público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 24 de noviembre de 2016 por el que se autorizan las instalaciones, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública, en concreto, del parque eólico de A Pastoriza, emplazado en los ayuntamientos de A Pastoriza, Mondoñedo y Riotorto, de esta provincia, promovido por la sociedad Norvento, S.L. (hoy Norvento Estelo, S.L.U.).

    Por Resolución de 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Energía y Minas, se hace público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 27 de septiembre de 2018 por el que se declara la utilidad pública, en concreto, así como la prevalencia sobre diversos aprovechamientos forestales de la modificación del parque eólico de A Pastoriza (DOG núm. 209, de 2 de noviembre).Expropiaciones para parque eólico en Mondoñedo, A Pastoriza y Riotorto

    Esta declaración de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados y laurgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, deexpropiación forzosa.

    Por razón de lo expuesto, esta jefatura territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados con los cuales no se ha llegado a un acuerdo y que se relacionan en el anexo, para que comparezcan los próximos 11, 14 y 15 de enero de 2019 en el Ayuntamiento de A Pastoriza, el 16 de enero de 2019 en el de Mondoñedo y el 11, 14, 15 y 16 de enero de 2019 en el de Riotorto, como punto de reunión, para llevar a cabo ellevantamiento de actas previas a la ocupación.

    Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo de la contribución, pudiéndose acompañar de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno, con gastos a su costa.

    Asimismo, se advierte a todos los interesados afectados que podrán formular alegaciones por escrito en esta jefatura territorial (ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo) hasta el momento del levantamiento de las actas previas, a los únicos efectos de rectificar posibles errores en la relación de bienes y derechos afectados (artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa).

    De esta convocatoria se dará traslado a cada interesado mediante la oportuna citación individual, en la que se le señalará día y hora para el levantamiento de actas previas. Esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de laLey 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las adminis-traciones públicas, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación.

    En el expediente expropiatorio Norvento Estelo, S.L.U. asumirá la condición de benefi- ciaria.

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  • Publicadas nuevas expropiaciones en Mondoñedo y Abadín por construcción de parque eólico

    Publicadas nuevas expropiaciones en Mondoñedo y Abadín por construcción de parque eólico

    RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Energíay Minas, por la que se somete a información pública la solicitud de modificaciónde la declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente ocupación, de las instalaciones del proyecto del parque eólico Sasdónigas fase II, sito en los ayuntamientos de Mondoñedo y de Abadín (Lugo) y promovido por Norvento, S.L.



    Primero. Mediante la Resolución de 15 de diciembre de 2011, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Lugo, se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, la declaración de utilidad pública, en concreto, el proyecto sectorial de incidencia supra- municipal y el estudio de impacto ambiental del parque eólico Sasdónigas fase II (Diario Oficial de Galicia de 6.2.2012).

    Segundo. El 29.4.2013, la promotora solicitó a la Dirección General de Industria, Energía y Minas modificaciones del proyecto consistentes, de forma general, en las variaciones de las posiciones de la torre meteorológica y del aerogenerador denominado SD03, debido a los requerimientos establecidos por la Dirección General de Patrimonio Cultural sobre el estudio de impacto ambiental del parque eólico.

    Tercero. Por Resolución de 4 de agosto de 2015, la Dirección General de Energía yMinas aceptó las modificaciones a las que se hace referencia en el antecedente segundo.

    Cuarto. El 24.11.2017, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, la promotora solicitó la tramitación del expediente de acuerdo con el procedimiento establecido por dicha ley.

    Quinto. Con fecha 21.12.2017, el Consello de la Xunta de Galicia declaró de interés especial el proyecto del parque eólico, lo que tiene como efectos la tramitación de forma prioritaria, con carácter de urgencia y la reducción a la mitad de los plazos necesarios en la instrucción del procedimiento.

    Sexto. Con fecha de 12.7.2018 la promotora presentó una adenda del proyecto de ejecución. Parque eólico Sasdónigas fase II. Julio 2018.expropiaciones en Mondoñedo y Abadín por construcción de parque eólico

    Séptimo. El 1.8.2018, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Cambio Climático formuló la declaración de impacto ambiental relativa al parque eólico, que se hizopública por Resolución de 2 de agosto de 2018 de la Dirección General de Energía y Minas.

    Octavo. Con fecha de 27.6.2018 presentan la relación de bienes y derechos afectados, modificada de acuerdo a la adenda del proyecto de ejecución recogida en el antecedente sexto.

    Noveno. Con fecha 3.8.2018, mediante resolución de la Dirección General de Energíay Minas se otorgan las autorizaciones administrativas previa y de construcción del parque eólico Sasdónigas fase II.

    En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléc- trico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía y en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental (modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia), se somete a información pública la solicitud de modificación de la declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente ocupación que eso implica, presentada por Norvento, S.L. referida al proyecto del parque eólico Sasdónigas fase II, en los ayuntamientos de Mondoñedo y de Abadín (Lugo).

    La declaración de utilidad pública llevaría implícita, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, la necesidad de la urgente ocupación a los efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.

    La relación concreta e individualizada de los propietarios, bienes y derechos afectados, figura en el anexo que se inserta en esta resolución.

    Lo que se hace público para conocimiento general de los propietarios de las fincas que figuran en la relación anexa a esta resolución, así como de las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que fueran omitidas, para que puedan examinar el expediente relativo a la solicitud de modificación dela declaración de utilidad pública, en concreto, del parque eólico en la Dirección General de Energía y Minas (Edificio Administrativo San Caetano, bloque 5, 4a planta, 15781 Santiago de Compostela), en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria de Lugo (ronda de la Muralla, no 70, 27071 Lugo) así como en los ayuntamientos de Mondoñedo y de Abadín, y presentar sus alegaciones, en el plazo de quince (15) días a partir del día siguiente al de la última publicación de esta resolución o a partir de la correspondiente notificación individual a los afectados.

    Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 2018

    Ángel Bernardo Tahoces

    Director general de Energía y Minas

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  • Numerosos afectados por una expropiación forzosa en Mondoñedo

    Numerosos afectados por una expropiación forzosa en Mondoñedo

    Para la construcción de una línea eléctrica de evacuación del parque eólicoExpropiación Forzosa en Mondoñedo Airas: expropiación forzosa en Mondoñedo.

    Abierta la información pública de la solicitud de autorización administrativa, de la aprobación del proyecto de ejecución, declaración de utilidad pública, en concreto, y de la declaración de impacto ambiental de la instalación eléctrica LAT evacuación parque eólico Airas, en el ayuntamiento de Mondoñedo.

    La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran afectados por esta expropiación forzosa en Mondoñedo, figuran en el siguiente enlace. (DOG).

    Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el proyecto y el documento estudio de impacto ambiental en esta Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, situada en el Edi cio Administrativo de la Xunta de Galicia, ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo, además el documento estudio de impacto ambiental se podrá examinar también en el ayuntamiento de Mondoñedo y en la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Lugo, y presentar las alegaciones que consideren oportunas a esta expropiación forzosa en Mondoñedo en el plazo de treinta días, a partir del día de la última publicación.

    Como siempre, te recuerdo que en este blog encontrarás gran cantidad información que he ido publicando durante los últimos años sobre la expropiación forzosa de fincas rústicas. Además, si necesitas profundizar en este tema, o conocer los entresijos del procedimiento de expropiación forzosa de fincas rústicas y la elaboración de alegaciones, puedes encontrar más información en el siguiente enlace.

     

     

  • Expropiación Forzosa en Mondoñedo

    Expropiación Forzosa en Mondoñedo

    Convocado el levantamiento de actas previas a la ocupación, con trámite de urgencia, para la expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de construcción de mejora de la carretera LU-124, tramo Lindín (A-8)-A Cruz da Cancela (LU-122), en el término municipal de Mondoñedo.

    Toda la documentación sobre los bienes y derechos afectados la puedes encontrar en el siguiente enlace.

    La consolatoria está fijada para el 19 de Diciembre en el Ayuntamiento de Mondoñedo.

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    Foto: Iago Pillado

  • Expropiación forzosa en Mondoñedo para arreglo carretera LU-124

    Expropiación forzosa en Mondoñedo para arreglo carretera LU-124

    Levantamiento de actas previas a la ocupación -trámite de urgencia-, para la expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras del “Proyecto de construcción de mejora de la carretera LU-124, tramo Lindín (A-8)-A Cruz da Cancela (LU-122) (clave LU/15/101.10)”, en el término municipal de Mondoñedo.

    Se convoca a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan en el lugar, fecha y horas que se citan, para proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en las que se recogerán los datos necesarios para determinar los bienes y derechos afectados y los perjuicios derivados de la rápida ocupación, sin perjuicio de que se trasladen al lugar de las fincas si se considera necesario.

     

    Más información sobre los bienes y derechos afectados por esta expropiación forzosa en Mondoñedo en el siguiente enlace: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2016-57768