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  • Método de valoración de una finca rústica

    Método de valoración de una finca rústica

    Otra de las cuestiones previas a la valoración de una finca rústica, y que constituye, uno de los que yo denomino “pilares básicos” de nuestro trabajo, es la elección del método de valoración que vamos a utilizar.

    Método de valoración

    Se trata de una cuestión que, junto con la elección de realizar la valoración de una finca rústica según la renta potencial, o la renta real de una finca, constituye la base de nuestro trabajo de valoración, y cuya modificación posterior nos obligará a rehacer los cálculos.

    Entrando en materia, existen varios métodos de valoración de fincas rústicas, como podemos encontrar en cualquier manual técnico.

    Algunos de estos métodos son los siguientes:

    • de capitalización de renta
    • comparación.
    • estadísticos.
    • Métodos de valoración de árboles ornamentales, entre los que destaca la “Norma Granada”.
    • de valoración medioambiental.
    • Métodos de valoración de infraestructuras agrarias.
    • de industrias agrarias.

    Hoy me voy a centrar en dos: el método de comparación y el método de capitalización.

    Abordaré la descripción de cada uno de ellos y las pautas generales para elegir uno y otro como método de valoración de una finca rústica.

    Al comenzar a redactar estas líneas, pensé en incluir también la explicación de la utilización de cada uno de los métodos, con ejemplos reales de su aplicación, y otros aspectos relacionados con la práctica de la valoración.

    Sin embargo, la extensión excesiva me ha hecho optar por dividir el conjunto en tres entradas, por lo que estos últimos conceptos los abordaré en los dos próximos artículos.

    Comenzaré por una breve descripción de cada uno de los métodos:

    1. El de Comparación es el método de valoración de una finca rústica que consiste en utilizar valores de operaciones de compra venta realizados en la misma zona, paraje o municipio, y en fincas con características similares a la que estamos valorando.
    2.  El de Capitalización de Rentas, por su parte, es el método de valoración de una finca rústica que consiste en realizar su valoración a partir de la renta, ya sea potencial o real, que se obtiene por el aprovechamiento al que esté dedicada la finca.

    ¿Qué aspectos tienes que tener en cuenta para elegir un método u otro?

    Esta es una cuestión fundamental y, aunque parezca sorprendente, en muchos casos no depende del técnico el elegir un método de valoración de una finca rústica.

    Y es que en nuestro país, en algunos casos el método de valoración no es una elección libre que puedas realizar desde la perspectiva técnica, sino que vendrá impuesto por las leyes.

    Así, en el caso de valoración para determinar el justiprecio de una expropiación forzosa, la Ley actualmente vigente no contempla la posibilidad de que utilices uno de los métodos de valoración, el denominado “de comparación”.

    Tampoco podrás utilizar este método en los casos de tener que elegir el método de valoración de una finca rústica para determinar la responsabilidad patrimonial de la Administración y en las operaciones que realice la Administración para la ejecución de ordenación territorial y urbanística.

    El que se prohíba la utilización de uno de los métodos de valoración de una finca rústica es una cuestión enormemente controvertida desde mi punto de vista, y voy a intentar explicar el motivo.

    La Constitución Española dice que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sin la correspondiente indemnización, es decir, el pago del justo precio correspondiente.

    La Ley, por otra parte, establece un sistema de negociación entre la Administración y el propietario afectado, para intentar llegar a un acuerdo sobre la indemnización correspondiente.

    Pues bien, el método de comparación, si se utiliza correctamente, tiene la virtud de reflejar, de una manera muy precisa, el valor de una finca rústica, en función de muchos parámetros que no pueden ser recogidos en el método de valoración por capitalización de rentas, en la mayor parte de los casos porque son “intangibles”, y en otros porque refleja unas expectativas que no pertenecen al marco de la explotación agraria de la finca (por ejemplo, expectativas urbanísticas, industriales, comerciales, medio ambientales, etc…).

    Por su parte, el método de capitalización de rentas refleja el valor desde el punto de vista exclusivamente agrario.

    Para ello, partiendo del valor de la renta anual que obtiene el propietario por la gestión agraria de la tierra, obtiene como resultado la cantidad de dinero que sería necesario depositar en valores de renta fija, para obtener una renta anual igual a la renta de la tierra, en función del tipo de interés al que se remuneren estos depósitos.

    O dicho de otro modo, cuánto dinero tenemos que poner a “plazo fijo”, para que los intereses sean iguales a la renta que produce la finca.

    Este método, por lo tanto, valora la finca rústica desde su perspectiva exclusivamente agraria, sin tener en cuenta cualquier otro parámetro que influya en el valor de la tierra.

    Por lo tanto, una primera consecuencia que quiero resaltar, es que los valores obtenidos en cada uno de los métodos serán, en la casi totalidad de los casos, muy diferentes.

    Esto es así porque los parámetros y circunstancias que “miden” cada uno de los métodos con respecto a la influencia en el valor de una finca rústica, son diferentes.

    Esta diferencia entre los resultados en la valoración por cada uno de los métodos, es la que ha hecho que la Administración elimine el método de comparación de las opciones legales  para la obtención del justiprecio de los terrenos rústicos.

    Debemos tener en cuenta que, de acuerdo con mi experiencia, el método de comparación arroja habitualmente valores superiores al de capitalización de rentas (aunque existen casos en los que, por efecto de la coyuntura económica de la crisis, esta situación puede haberse invertido).

    Por lo tanto, como he dicho antes, se trata de un precepto legal que beneficia a la Administración en la mayoría de los casos de expropiación forzosa.

    En cualquier caso, esta es simplemente mi opinión, por lo que legalmente es obligatorio que para un expediente de expropiación forzosa utilices el método de valoración de una finca rústica de capitalización de rentas.

    La Administración es consciente de que esta norma puede provocar que se obtengan justiprecios muy por debajo de la realidad, por lo que ha previsto un mecanismo que suaviza estas consecuencias, de manera que la propia Ley permite la modificación del valor obtenido al alza, de acuerdo con una serie de condicionantes, restringidos, eso si, por la propia ley. Todo esto lo veremos más adelante al tratar el Método de Valoración de una finca rústica por Capitalización de Rentas y el Reglamento de Valoración.

    Por tanto, quiero insistir en que la elección del método de valoración de una finca rústica es una cuestión fundamental.

    Existen innumerables sentencias sobre valoración de fincas rústicas afectadas por expropiación forzosa, en las que se rechaza un Informe de un técnico porque no se ha basado en el método de valoración de finca rústica aceptado por la Ley.

    Tienes que tener en cuenta que la legislación española es muy cambiante en lo que respecta a este asunto, ya que la le Ley anterior a la actual (vigente hasta el año 2007), consagraba exactamente lo contrario: se debía aplicar prioritariamente el método de valoración de una finca rústica por comparación.

    Subsidiariamente, para los casos en los que no existieran valores de comparación válidos, se permitía el recurrir al método de capitalización de rentas.

    La legislación anterior, por tanto, era algo menos rígida que la actual en este asunto, al permitir la elección entre ambos métodos, aunque uno fuera subsidiario de otro.

    Quiero comentar aquí un caso práctico real y muy reciente, en relación con unos expedientes de expropiación forzosa de una finca de la Autovía Córdoba – Málaga, sufridos entre los años 2006 y 2008. A finales del 2012, he recibido las Hojas de Aprecio de la Administración referente a estos expedientes (si, si, las cosas de palacio van “muuuy” despacio, en algunos casos. Las obras finalizaron en 2010).

    A la expropiación de esta finca rústica le ha afectado de lleno el cambio de legislación que he mencionado en el párrafo anterior, de forma que el expediente del año 2006 se debe valorar según una legislación (método de comparación), y el del 2008 por otra (método de capitalización de rentas).

    Pero lo que me ha llamado profundamente la atención, y quiero destacar aquí, es que en la Hoja de Aprecio de la Administración, el perito obtiene valores prácticamente iguales en cada uno de los dos métodos usados en los distintos expedientes, y utiliza esta igualdad para ratificar la precisión de los resultados de su Hoja de Aprecio.

    Como he explicado antes, ¡nada más alejado de la realidad!. La simple lectura de este párrafo me hizo ver que de alguna forma se había aplicado incorrectamente uno de los métodos (en este caso el de comparación), ya que en la práctica y en casos normales, no es posible que los resultados de ambos métodos coincidan.

    Mi opinión para la elección del método en algunos casos de valoración de fincas rústicas es la siguiente:

    • La elección del método de comparación para la valoración de una finca rústica queda fuera del ámbito de la expropiación forzosa en estos momentos, de acuerdo con la Ley del Suelo y Valoraciones actualmente vigente.
    • En el caso de valoración para el comprador de una finca, utilizar el método de capitalización de rentas es imprescindible. A partir de este valor, corresponde al comprador fijar el precio que quiera pagar, en función de otras motivaciones particulares.
    • Si la valoración es para el vendedor de una finca, es imprescindible utilizar ambos métodos, para conocer los valores resultantes en ambos casos, que se pueden establecer como límites relativos para la información del propietario.
    • En valoraciones para cuestiones patrimoniales, yo recomiendo tener en cuenta que, en general, el método de comparación “correctamente aplicado”, refleja con una mayor exactitud el valor que una finca rústica tiene en un determinado momento, lo cual puede alejar problemáticas posteriores a medio y largo plazo.

    Finalmente, no quiero cerrar este “post” sin insistir en este último aspecto: es imprescindible que, cualquiera que sea el método que escojamos, la aplicación sea correcta y precisa en todas sus pautas. A este asunto dedicaré, como he dicho antes, los próximos artículos.

    Mientras, si has llegado leyendo hasta aquí, te agradeceré que dejes un comentario sobre esta entrada un poco más abajo.

    Agradecimientos: “Hombre invisible”, por fotografía “Refleja2”

  • Hoy descuento del 40% en el e-book “Valoración de Finca Rústica. Caso nº 1”

    Hoy 4 de Junio, anuncio un descuento del 40% en el precio de mi nuevo e-book.

    Portada del e-book

    Para saber más puedes pinchar aquí. (Se abre la página web donde explico el contenido y uso del e-book).

    Para comprar puedes pinchar aquí (Se abre la página web del libro en Amazon.es)

    (También está a la venta en todas las delegaciones de Amazon. Selecciona la tuya en función del país desde donde hagas la compra)

  • Publicado nuevo e-book Valoración de Finca Rústica. Caso nº 1

    Pues si. Más de una año después de que saliera al mercado mi primer libro, “Guía de Expropiaciones. Manual Práctico de Expropiación Forzosa”, puedo anunciar que he publicado un nuevo e-book “Valoración de finca rústica. Caso nº 1”.

    Con este e-book te propongo que hagas tu propio informe de valoración de tu finca rústica, siguiendo tú mismo el método que yo utilizo. El ejemplo es de una finca de viñedo, pero el sistema es perfectamente válido para que lo apliques a cualquier tipo de cultivo o plantación.

    Existen muchas y variadas formas para que obtengas la valoración de tu finca rústica. En este caso presento la valoración de una finca mediante el método de capitalización de la renta potencial, explicando de forma detallada la forma de llevarla a cabo.

    El motivo de elegir dicho método para este e-book, que pretende ser el primero de una serie, es que, al estar basado en la renta obtenida por el cultivo más óptimo con el que puede ser aprovechada la finca, es de uso universal, sea cual sea el lugar donde se encuentren situados los terrenos.

    Este manual manual pretende ser tu Hoja de Ruta para determinar el valor de una finca rústica según sus características especificas únicas.

    Una vez que tengas el libro en tu poder, sigue paso a paso el modelo, es muy sencillo y obtendrás el valor de la finca rústica. Pero no sólo el valor. También sabrás los factores fundamentales que determinan este valor, tanto los que lo hacen subir, como los que actúan en su detrimento, y cómo afectan a la configuración del resultado final.

    ¿Tienes dudas? Empieza paso a paso. Puedes comentarme los resultados, ya sea por correo electrónico o a través de nuestra página de facebook.

    La valoración de una finca rústica es siempre una cuestión controvertida. Así, entre el comprador y el vendedor, o el expropiado y la administración, siempre existirán discrepancias, muy amplias en algunos casos, sobre el valor que debe asignarse a una finca rústica. Muchos factores y puntos de vista alejan a uno y a otro.

    En este libro vas a encontrar un modelo sencillo y concreto a seguir para elaborar el Informe Pericial de valoración de una finca rústica. No dudes que te ayudará y aclarará muchos conceptos y algún “truco”.

    Además, se incluye un ejemplo del documento que acompaña a la valoración de la finca rústica en un expediente expropiatorio de un caso español.(Modelo de Hoja de Aprecio)

    Las leyes, documentos y otra información que puedes necesitar está fácilmente disponible a través de los numerosos enlaces (hyperlinks) que encontrarás al leer el texto. Pincha en ellos y accederás directamente a través del navegador web.

    ¿Quieres saber más? Accede a la página web del e-book  “Valoración de Finca Rústica. Caso 1

     Valoración de finca rústica

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  • El valor de las fincas rústicas en España, sin descuento

    Esta entrada del blog sobre la bajada del valor de las fincas rústicas en España, está en relación con el titular aparecido en en el diario Expansión del 25 de Enero de 2013, en el que se ponen de manifiesto el enorme descuento aplicado a cuatro fincas rústicas, en distintos lugares de la geografía de nuestro país.

    Sin embargo, y dejando de lado la posibilidad de que sea un artículo patrocinado por las propias inmobiliarias, creo que es importante realizar alguna precisión sobre este tema.

    La realidad es que el precio de los terrenos rústicos en España no ha bajado ni mucho menos en la proporción que se insinúa en esta publicación. Lo digo por conocimiento de causa, ya que por mi trabajo habitual tengo oportunidad de conocer la realización de algunas operaciones de compra venta, y puedo asegurar que, aunque la crisis ha afectado a los precios, no tanto como podría parecer. En este sentido, mi impresión es que la falta de concreción del futuro de la PAC es un factor que está afectado en mayor grado a la fijación de los precios.

    Pero además de mi opinión personal, podemos recurrir a valores oficiales, que son tan apreciados en un país como el nuestro. Así, en el informe de Precios anuales de la Tierra de 2011 se ponía de manifiesto cómo, a precios constantes, la bajada de precios del suelo rústico tan sólo alcanza un 1,6%. Si analizamos más pormenorizadamente los resultados de esta encuesta, podemos ver cómo, salvando algunos aprovechamientos muy concretos, en general el precio de la tierra se mantiene, e incluso sube en muchos casos. Mi impresión es que cabe esperar una tendencia muy similar en los resultados del 2012.

    Las cuatro fincas que nos presenta Expansión tienen como característica común el que son de gran superficie, que su aprovechamiento principal es el cinegético o de recreo, siendo el puramente agropecuario secundario, y que cuentan con una o varias viviendas “de lujo”, la cuales tienen un importante componente en la formación del precio y, en este caso, del “descuento”.

     

  • El mundo de la valoración rústica

    Querido amigo y navegante, bienvenido a este nuevo blog que acabo de comenzar. Si has llegado hasta aquí, quiere decir, casi en un 99% de probabilidad, que quieres comprar o vender una finca, o que estás afectado por una expropiación forzosa.

    Si es así, te ruego que te liberes de tus prejuicios al respecto, porque vamos a iniciar el azaroso camino de la valoración rústica, que como “todo el mundo sabe”, es cualquier cosa, menos claro y transparente.

    Es probable que, ante la necesidad de vender tu finca rústica, o como consecuencia de una expropiación, te hayas puesto en marcha, a ver “a cuanto se paga la fanega en la zona”. Muy bien, es un dato interesante, y todo lo que puedas recabar de las “malas lenguas” de la comarca pueden darnos alguna pista, aunque no necesariamente que tenga que ver con el valor final de tu finca.

    Te cuento un ejemplo. Hace unos meses, a final del 2011, recibí el encargo de un cliente de valorar una finca rústica, ya que tenía la intención de venderla. Se trataba de una parcela heredada de su padre, por lo que quería saber realmente cuánto podía pedir por ella, ya que la cantidad que le decían los lugareños le parecía muy poco.

    “Obviamente – me decía- con la situación de crisis, no espero que la finca alcance el valor de hace unos años, pero lo que me dicen me parece realmente poco”.

    De manera que, siguiendo el método que iré exponiendo en las páginas de este blog, me di una vuelta por la finca, tomé los datos que necesitaba, y una vez terminado el procedimiento de valoración, obtuve una cantidad que aumentaba en bastante el precio que se comentaba en la zona. Digamos que, si en mi valoración se obtenía un valor unitario de 5.000 euros por fanega de tierra, en la comarca se comentaba que “hace tiempo que no se hacen operaciones por encima de los 2.800 euros por fanega.

    Una considerable diferencia.

    A mediados de este año, unos seis meses después de mi valoración, mi cliente ha vendido su finca por 4.600 euros por fanega.

    Es el precio acordado el da el valor de la finca rústica. Sin embargo, nuestra valoración se acercó bastante a lo finalmente pactado.

    En el caso de expropiaciones, la valoración es mucho más importante, ya que no existe un escenario de libertad entre las partes para llegar a un acuerdo. Es el Estado, con toda su fuerza, el que impone la expropiación. También lo veremos en su momento.

    Ahora, vamos a hacer una primerísima aproximación, que únicamente nos servirá para confirmar algo que seguramente ya sabemos: en el entorno de valores en el que se mueve nuestras tierras.

    Para ello, necesitamos conocer el valor del arrendamiento de tierras en la zona. Cuando digo arrendamiento, es alquiler puro y duro. No me vale la aparcería ni cualquier otro sistema de los que aún perduran en nuestra país. Lo mejor es que conozcamos a algún arrendador o arrendatario, y le preguntemos directamente cuánto cobra-paga por labrar la finca.

    Vamos a tomar un valor de arrendamiento de 250 €/Ha.año (doscientos cincuenta euros por hectárea al año).

    Ahora, nos vamos a los datos del tipo de interés del mercado interbancario de entre dos y seis años. Cogemos el último dato que haya disponible.

    Vaaaale. Esto es fácil: simplemente pinchamos aquí. Se nos abrirá una página web donde obtenemos un cuadro, como en la imagen que pongo a continuación, del que debemos seleccionar un valor. Tomaremos en este caso el de Agosto de 2012, cuyo tipo de interés de entre 2 y 6 años (sexta columna), es de 4,705%.

    Pues ya está. Hacemos una división: 250 / 0,04705 = 5.313,49 €/Ha.

    Por supuesto, esta es una primera aproximación, en la que no hemos tenido en cuenta las características específicas de la finca, su situación, localización geográfica, instalaciones, mejoras, etc…

    Si realmente necesitas hacer la valoración específica de una finca, te recomiendo mi e-book sobre el tema: Valoración de finca rústica. Caso nº 1, en el que te guío paso a paso en todas las tareas para obtener un valor justificado, que puedas defender con motivación.